FARÍAS/
Rol
V-70-2020
Fecha
17 de noviembre de 2022
Materia
PERPETUA MEMORIA, INFORMACIÓN
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1.- Que con fecha 3 de febrero de 2020, doña MARGARITA DEL ROSARIO FARIAS MOYANO, labores de casa, cédula de identidad N° 6.942.402-3, domiciliada en pasaje Regidor Ricardo Leyton N° 1529, Comuna de Illapel, quien comparece y expone: Que por este acto viene en solicitar se admita la Información para Perpetua Memoria, para así acreditar que su padre, don Arturo del Carmen Farías Molina, cédula de identidad N° 1.255.001-0, figura en la nómina de comuneros de la Comunidad de Aguas del Canal Buzeta, Cuenca del Río Choapa, como titular de 0,031 acciones, sitio 72, Las Cañas y que por error se consignó con un nombre distinto al denominar a los comuneros ante el Conservador de Bienes Raíces de Illapel. Que al iniciar los trámites de Posesión Efectiva, no se pudo incluir un derecho que figura a nombre de don Arturo Farias Farías, inscrito a fojas 448, N° 169 del Registro de Propiedad del año 1989 del Conservador de Bienes Raíces de Illapel, siendo titular de 0,031 acciones, sitio 72 Las Cañas, que corresponde a la nómina de comuneros del Canal Buzeta, inscripción que fue agregada al Registro de Propiedad de la Comuna de Illapel, ya que señala erróneamente como comunero a don Arturo Farías Farías, debiendo decir, Arturo Farías Molina. Que el nombre de su padre es, Arturo del Carmen Farías Molina, cédula de identidad 1.255.001-0, que consta en certificado de defunción 500275966360 del Registro Civil, inscripción 37, año 1988, Circunscripción Illapel. Que en razón de lo anterior, a fin de acreditar los hechos, solicita se admita información para Perpetua Memoria de los siguientes testigos: Clara del Carmen López Rojas y José Nury Peña Peña. Los testigos depondrán sobre los siguientes hechos: 1.- De como es efectivo y les consta que don Arturo del Carmen Farías Molina, es titular del derecho que corresponde en la nómina de comuneros del Canal Buzeta, inscrito a fojas 448, N° 169 del Registro de Propiedad del año 1989 del Conservador de Bienes Raíc
Fundamentos
considerando anterior. 5.- Que por resolución de fecha 12 de agosto de 2022, se designó Defensor Público en el carácter de Ad-hoc, al abogado don Sebastián Sepúlveda Loyola, a objeto que evacúe el informe respectivo. 6.- Que con fecha 7 de octubre de 2022, don Sebastián Sepúlveda Loyola, Defensor Público Ad-hoc, designado en autos, evacúa el informe respectivo, señalando que los testigos, doña Sonia Guillermina Camus Henríquez, cédula de identidad N° 8.168.111-2996-6 y don Juan Osvaldo Frez Collao, cédula de identidad N° 8.975.704-5, han sido contestes de los hechos y circunstancias esenciales, dando razón de sus dichos y legalmente examinados, han sido testigos abonados, siendo de opinión que es procedente en derecho dar lugar a la información para perpetua memoria, solicitada por doña Margarita del Rosario Farías Moyano, dejando constancia en su informe que estas informaciones tienen sólo el valor de una presunción judicial. Y visto además lo dispuesto en los artículos 384 N° 2, 817 y 909 y siguientes del Código de Procedimiento Civil,
Fallo
SE RESUELVE: Apruébese – en cuanto a lo que en derecho corresponda, sin perjuicio de los derechos que terceros pudieran hacer valer - la información para Perpetua Memoria, de fecha 15 de julio de 2022, de los testigos, Sonia Guillermina Camus Henríquez y Juan Osvaldo Frez Collao, quienes declararon al tenor de lo expuesto en la solicitud de fecha 3 de febrero de 2020, por doña Margarita del Rosario Farías Moyano, cédula de identidad N° 6.942.402-3, en el sentido de indicar: que don Arturo del Carmen Farías Molina, es el titular del derecho que corresponde en la nómina de comuneros del Canal Buzeta, inscrito a fojas 448, N° 169 del Registro de Propiedad del año 1989 del Conservador de Bienes Raíces de Illapel; que don Arturo Farías Farías, no fue persona conocida ni menos titular del derecho antes citado y que al formarse la Código: EXVFXCPKXSH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Comunidad del Canal Buzeta, se asignó un derecho a nombre de Arturo Farías Farías, debiendo serlo a nombre de Arturo del Carmen Farías Molina. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. DEL ROL N° V- 70 - 2020. Dictó don VLADIMIR HERNANDO JOFRE HIDALGO, Juez del Juzgado de Letras de Illapel. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. En Illapel, a diecisiete de Noviembre de dos mil veintidós. Vjh/bca. Código: EXVFXCPKXSH Este documento tiene firma electrónica y
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Illapel CAUSA ROL : V-70-2020 CARATULADO : FARÍAS/ Illapel, diecisiete de Noviembre de dos mil veintidós. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1.- Que con fecha 3 de febrero de 2020, doña MARGARITA DEL ROSARIO FARIAS MOYANO, labores de casa, cédula de identidad N° 6.942.402-3, domiciliada en pasaje Regidor Ricardo Leyton N° 1529, Comuna de Illa
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