DÍAZ CON JAIME ARNOLDO HURTADO LÓPEZ Y OTROS
Rol
O-602-2019
Fecha
19 de junio de 2023
Materia
Costas, Despido indirecto, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que ante este Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, se llevó a efecto audiencia de juicio oral en los autos R.I.T. O-602-2019, RUC N° 19-4-0200527-3 por despido indirecto, nulidad del despido y cobro de prestaciones, solicitado en procedimiento de aplicación general. La demanda fue entablada por don MANUEL DIAZ CORRALES, trabajador, domiciliado en calle Padre Orellana Nº 1441, comuna de Santiago, quien lo hizo asistido por el abogado don Eric Peñaloza Cornejo. Por su parte, el demandado don JAIME HURTADO LOPEZ, empresario, dedicado a la prestación de servicios de transporte de pasajeros, domiciliado en calle San Francisco Nº 6045, comuna de San Miguel, compareció asistido por el abogado don Francisco Moya Naulín. La demandada TRANSPORTES DELFOS LIMITADA, empresa del giro de su denominación, representada por don Juan De La Fuente Viñuela, ambos domiciliados en calle Alfredo Barros Errázuriz Nº 1900, oficina 701, de la comuna de Providencia, compareció asistida por el abogado don José Naín Campos. OIDOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que don MANUEL DIAZ CORRALES interpuso demanda – en procedimiento de aplicación general- en contra de JAIME HURTADO LOPEZ y en forma solidaria o subsidiaria en contra de TRANSPORTES DELFOS LIMITADA, con el objeto que
Fallo
se declarare que sus servicios terminaron de conformidad a lo establecido en el artículo 171 del Código del Trabajo por lo que resultaba procedente condenar a las demandadas al pago de las siguientes indemnizaciones y prestaciones, todas las cuales se reclaman debidamente reajustadas, con intereses y las costas de la causa; a saber: 1.- $ 812.500 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo; 2- $ 812.500 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo; 3.- $ 406.250 por concepto de recargo legal correspondiente al 50%; 4.- $ 506.250 por concepto de remuneraciones correspondientes a los días laborados en el mes de abril de 2019; 5.- $ 6.900.000 por concepto de remuneraciones variables correspondientes a todo el periodo en que estuvo vigente la relación laboral; 6.- $568.750 por concepto de feriado legal correspondiente al periodo 2018-2019 (21 días). 7.- Cotizaciones de seguridad social adeudadas durante la vigencia de la relación laboral y aquellas diferencias producidas por el pago indebido de aquellas cotizaciones realizadas. Funda su demanda indicando que con fecha 1 de abril de 2018 fue contratado para prestar servicios de conductor de vehículos de transporte de pasajeros suscribiendo en esa data contrato de trabajo para don Jaime Hurtado López. Refiere que su empleador lo asignó para cumplir sus labores exclusivamente para la demandada Transportes Delfos Limitada, empresa que le encargó la prestación de servicios de transporte de pasajeros haci
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PROCEDIMIENTO: Aplicación General. MATERIA: Despido indirecto, nulidad del despido y cobro de prestaciones. DEMANDANTE: Manuel Jesús Díaz Corrales. DEMANDADO: Jaime Hurtado López y Transportes Delfos Limitada. RUC: 19-4-0200527-3 RIT: O-602-2019 _________________________________________/ San Miguel, diecinueve de junio de dos mil veintitrés. VISTOS: Que ante este Juzgado de Letras del Trabajo
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