1º Juzgado de Letras de Santa Cruz

CORREA/

Rol

V-90-2022

Fecha

14 de noviembre de 2022

Materia

BIENES RAÍCES, AUTORIZACIÓN ENAJENAR

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, con fecha 19 de julio del a o 2022, comparece do añ ñ MARGARITA DEL CARMEN CORREA DIAZ, C dula Nacional de Identidadé N°14.500.277-K, dependiente, domiciliada en sector Cunaquito s/n, Comuna de Santa Cruz, solicitando se le autorice a enajenar un bien ra z de propiedad de suí hermana do a ñ FRANCISCA DE LAS MERCEDES CORREA DIAZ C dulaé Nacional de Identidad N°10.564.515-5, declarada interdicta, de 59 a os de edad yñ de su mismo domicilio, y en virtud de su calidad de curadora de sus bienes, viene solicitar se autorice la enajenaci n del bien ra z denominado ó í LOTE B UNO GUION DOS que forma parte del resto del Lote B de la subdivisi n de dosó retazos de terreno ubicados en el sector de Cunaco, actual comuna de Santa Cruz que deslinda en especial: Al Norte en treinta metros con lote B uno guion tres; Al Sur: en veintiocho metros con Lote B uno guion uno; Al Oriente: en cuarenta y ocho coma cincuenta metros con pasaje interior; Al Poniente: en cuarenta y ocho coma cincuenta metros con internado ni as; de una superficie aproximada deñ mil cuatrocientos ocho metros cuadrados, cuyo t tulo se encuentra inscrito a fojasí 1806 n mero 808 del registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces deú í Santa Cruz del a o 2007.-ñ Detalla tambi n que su hermana do a é ñ Francisca de las Mercedes Correa D az,í por sentencia firme y ejecutoriada en autos sobre interdicci n por causa deó demencia y nombramiento de curador en causa Rol V-45-2012, de fecha 22 de mayo del a o 2012, ha sido declarada interdicta por causa de demencia y se hañ nombrado como su curadora de bienes a la solicitante de estos autos, la cual se encuentra inscrita en el Conservador de bienes ra ces de la ciudad de Santa Cruz aí fojas 909 n mero 712 del registro de Prohibiciones del a o 2012.- ú ñ Agrega que presenta esta solicitud debido a que existe la oportunidad cierta de vender esta propiedad a un excelente precio, la cual tiene un aval o fiscal deú Código: XXPMXC

Fundamentos

considerando adem s que laá á propiedad objeto del presente acto est ubicada en el sector Cunaquito de laá Comuna de Santa Cruz y es de destino sitio eriazo, que la suma ofrecida para su venta es de gran conveniencia por cuanto garantizar a los cuidados de su hermanaí por el resto de su vida, y que junto con su hermana y representada viven en el sector Cunaquito de la Comuna de Santa Cruz, en casa propia desde hace m s deá 20 a os y dichos dineros permitir an refaccionar a n m s nuestra casa y darleñ í ú á mayores comodidades a su hermana, motivos que considera suficientes para presentar la solicitud de autorizaci n para enajenar el bien ra z previamenteó í singularizado y por el monto indicado.- SEGUNDO: Que, con fecha 26 de julio del a o 2022, el Tribunal tuvo porñ presentada la solicitud, decretando diligencias en uso de las facultades conferidas por el art culo 820 del C digo de Procedimiento Civil, ordenando la confecci n deí ó ó informe pericial, designando al perito don RENE EDUARDO RAMIREZ CALCAGNI, quien acept el cargo con fecha 27 de julio del a o 2022, cuyaó ñ finalidad es determinar el valor comercial de la propiedad de la persona con discapacidad, examinando al menos 10 compraventas de terrenos con similar ubicaci n en el ltimo a o con el objeto de evaluar el precio por metro cuadrado,ó ú ñ y cualquier otro dato relevante que permita ilustrar al Tribunal para dar curso progresivo a los autos. Tambi n se estim pertinente contar con informe deé ó Defensor P blico, una vez realizada la tasaci n.-ú ó TERCERO: Que, con fecha 18 de agosto del a o 2022, el perito designadoñ en autos, don RENE EDUARDO RAMIREZ CALCAGNI evacu el informeó pericial acompa ndolo a los autos, el cual se encuentra agregado a folio 09 delñá expediente virtual, analizando y comparando valores del mercado, informando que en raz n de los valores referenciales obtenidos en transacciones efectuadas en eló ltimo tiempo en la provincia de Colchagua, y de acuerdo a la caracter sticaú í agr cola y habitacional de la propiedad, con acceso a calle p blica y Ruta I 90í ú – San Fernando a Pichilemu, a su inmejorable ubicaci n y cercan a respecto a centrosó í residenciales urbanos, que se emplaza en una zona de alta demanda de suelos para uso habitacional, con elevados valores de transacci n y mercado obtenido poró Código: XXPMXCKQJXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl propiedades de similares caracter sticas, el valor comercial de la propiedadí denominada LOTE B UNO 2 asciende a la suma total de $30.400.000.- (Treinta– millones cuatrocientos mil pesos).- CUARTO: Que, con fecha 02 de octubre del a o 2022, el defensor p blicoñ ú ad-hoc designado en autos, don RODRIGO MOLINA NAVARRO, acompa añó los autos el informe requerido, agreg ndose a folio 14 del expediente virtual, en elá cual posterior a su an lisis de las pruebas y antecedentes allegados al proceso, y aá ra z del informe pericial concluye que estima que se

Fallo

SE RESUELVE: I.- HA LUGAR a la solicitud de fecha 19 de julio del a o 2022, enñ consecuencia, SE AUTORIZA a do a ñ MARGARITA DEL CARMEN CORREA DIAZ, C dula Nacional de Identidad N°14.500.277-K, a enajenar los derechos deé su hermana do a ñ FRANCISCA DE LAS MERCEDES CORREA DIAZ, C dulaé Nacional de Identidad N°10.564.515-5, en calidad de curadora general de sus bienes, respecto del LOTE B UNO- DOS que forma parte del resto del Lote B de la subdivisi n de dos retazos de terreno ubicados en el sector de Cunaco, actualó comuna de Santa Cruz que deslinda en especial: Al Norte en treinta metros con lote B uno guion tres; Al Sur: en veintiocho metros con Lote B uno guion uno; Al Oriente: en cuarenta y ocho coma cincuenta metros con pasaje interior; Al Poniente: en cuarenta y ocho coma cincuenta metros con internado ni as; de unañ superficie aproximada de mil cuatrocientos ocho metros cuadrados, cuyo t tulo seí encuentra inscrito a fojas 1806 n mero 808 del registro de Propiedad delú Conservador de Bienes Ra ces de Santa Cruz del a o 2007, Rol de Aval o 1153í ñ ú – 297, comuna de Santa Cruz.- II.- Que, la referida autorizaci n se otorga para que la curadora de laó interdicta venda en una suma no inferior a $30.400.000.- (Treinta millones cuatrocientos mil pesos).- Código: XXPMXCKQJXG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl III.- Que, la solicitante deber aperturar una cuenta de ahorro a nombre deá la interdicta, para el me

Texto Completo (Preview)

FOJA: 20.-veinte.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de Santa Cruz CAUSA ROL : V-90-2022 CARATULADO : CORREA/ Santa Cruz, catorce de Noviembre de dos mil veintid s.ó VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, con fecha 19 de julio del a o 2022, comparece do añ ñ MARGARITA DEL CARMEN CORREA DIAZ, C dula Nacional de Identidadé N°14.500.277-K, dependiente, domiciliada en se

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