ACUÑA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA CISTERNA
Rol
C-2388-2022
Fecha
14 de noviembre de 2022
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Comparece do añ Haydee del Carmen Acu a Palmañ , pensionada, domiciliada en Uruguay N 1148, comuna de La Cisterna, quien interpone demanda de prescripci n° ó extintiva de derechos de aseo en contra de la Ilustre Municipalidad de La Cisterna, persona jur dica de Derecho P blico, representada legalmente por don í ú Joel Olmos Espinoza, ingeniero civil industrial, en su calidad de Alcalde Municipal, ambos domiciliados en Pedro Aguirre Cerda N 0161, comuna de La Cisterna.° Se ala que seg n consta en documento emitido por la demandada, a mayo delñ ú 2022, mantiene una deuda por derechos de aseo del inmueble de su propiedad ubicado en Uruguay N 1148, comuna de La Cisterna, que asciende a la suma de $461.425, por° el periodo comprendido entre el 30 de abril de 2015 y el 31 de mayo de 2017, las que se encuentran prescritas. Previa citas legales, solicita se tenga por interpuesta la demanda y se declare prescrita la acci n de cobro de los derechos de aseo municipales respecto de laó propiedad antedicha, por el periodo entre el 30 de abril de 2015 y el 31 de mayo de 2017, por la suma de $461.425, con costas en caso de oposici n. ó A folio 7, se notific a la parte demandada en conformidad al art culo 44 deló í C digo de Procedimiento Civil.ó A folio 13, se celebr la audiencia de contestaci n y conciliaci n con la asistenciaó ó ó de la apoderada de la parte demandante y de la apoderada de la parte demandada, la parte demandante ratific la demanda, la parte demandada se allan totalmente,ó ó respecto de las deudas anteriores y hasta el vencimiento del 31 de mayo de 2017 inclusive. A folio 15, habi ndose allanado la parte demandada y no existiendo hechosé sustanciales, pertinentes y controvertidos, se omiti la recepci n de la causa a prueba yó ó se cit a las partes a o r sentencia. ó í Código: CWXRXCXZLEG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2388-2022 Foja: 1
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece do a Haydee del Carmen Acu a Palma quienñ ñ dedujo demanda de prescripci n extintiva ordinaria de la acci n de cobro de losó ó derechos de aseo municipal en contra de la Ilustre Municipalidad de La Cisterna, por el periodo que va desde el 30 de abril de 2015 hasta el 31 de mayo de 2017, ambos inclusive, con costas. Funda su demanda por las razones de hecho y de derecho que se expresan en lo expositivo de esta sentencia. SEGUNDO: Que la demandada se allan a la demanda en los t rminosó é expresados. TERCERO: Que conforme a lo expuesto por ambas partes, la acci n de cobroó de la deuda por conceptos de derechos de aseo en contra de la Municipalidad de La Cisterna solicitada corresponde a los periodos que van desde el 30 de abril de 2015 hasta el 31 de mayo de 2017, ambas fechas inclusive, respecto del inmueble ubicado en Uruguay N 1148, comuna de La Cisterna, la cual se encuentra prescrita por haber° transcurrido con creces el lapso de cinco a os para la extinci n de la acci n queñ ó ó establece el art culo 2515 del C digo Civil, por lo que se acoger la demanda de autos.í ó á CUARTO: Que de igual modo,
Fallo
se declara la extinci n del derecho de cobro deó los reajustes, intereses, multas y cualquier recargo que accedan a los derechos de aseo correspondientes al per odo antes referido.í Y vistos, adem s lo dispuesto por los art culos 144, 160, 170, 342 y siguientes delá í C digo de Procedimiento Civil, art culos 2492, 2493, 2497 y 2515 del C digo Civil, Leyó í ó sobre Rentas Municipales, se declara: I.- Que, se acoge la demanda, en consecuencia, se declara que se encuentran prescritas las acciones para el cobro de los derechos de aseo que se hicieron exigibles desde el 30 de abril de 2015 hasta el 31 de mayo de 2017, ambas fechas inclusive, m sá reajustes, intereses, multas y cualquier recargo, respecto del inmueble ubicado en Uruguay N 1148, comuna de La Cisterna.° II.- Que cada parte pagar sus costas.á Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í ROL C-2388-2022 DICTADA POR DO A SUSANA CHAC N ARANCIBIA, JUEZAÑ Ó TITULAR. Código: CWXRXCXZLEG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2388-2022 Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en San Miguel, catorce de Noviembre de dos mil veintid só Código: CWXRXCXZLEG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-11-14T10:37:43-0300
Texto Completo (Preview)
C-2388-2022 Foja: 1 FOJA: 13 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de San Miguelº CAUSA ROL : C-2388-2022 CARATULADO : ACU A/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LAÑ CISTERNA San Miguel, catorce de Noviembre de dos mil veintid só VISTOS: Comparece do añ Haydee del Carmen Acu a Palmañ , pensionada, domiciliada en Uruguay N 1148, comuna de La Cisterna, quien interpone demanda de prescr
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica