Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel

ZAMORANO/SOCIEDAD GASTRONÓMICA S Y C LIMITADA

Rol

O-545-2022

Fecha

16 de junio de 2023

Materia

Despido injustificado

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos a probar: 1. Existencia de la relación laboral entre las partes. Fecha de inicio y término, funciones desarrolladas por el actor, jornada convenida y demás estipulaciones contractuales. 2. Remuneración que debe servir de base de cálculo de las indemnizaciones y prestaciones demandadas. 3. Hechos que rodearon el término de los servicios del actor. Pormenores y circunstancias. Cumplimiento de las formalidades legales. 4. Si el actor hizo uso de su feriado legal, en su caso, monto a compensar. CUARTO: Que la parte demandante incorporó la siguiente prueba: I.- Confesional: consistente en la absolución de posiciones del representante legal de la demandada don Cristian Saldivia Roa, quien no compareció a la audiencia de juicio. Dado lo anterior, la contraria solicitó que a su respecto se hiciera efectivo el apercibimiento del artículo 454 N°3) inciso primero del Código del Trabajo, petición que inicialmente no será acogida, por cuanto al encontrarse controvertida la existencia de una relación laboral entre las partes, resulta procedente examinar -en forma previa- si en este caso se incorporaron otros medios probatorios al proceso, respecto de tal hecho a probar. II.- Exhibición documental: consistente en la exhibición de los siguientes documentos por parte de la demandada: 1. Contrato de trabajo firmado entre las partes. 2. Carta de aviso de despido. 3. Comprobante de carta de aviso de despido enviada al domicilio o firmada por el actor. 4. Comprobante de carta de aviso de despido enviada a la Inspección del Trabajo. 5. Liquidaciones de sueldo con respecto a los últimos seis meses previos al término de la relación laboral. 6. Certificado de Cotizaciones PREVIRED de todo el periodo trabajado. 7. Comprobante de pago de remuneraciones con respecto a los últimos seis meses previos al término de la relación laboral. 8. Libro de asistencia con respecto a los últimos seis meses previos al término de la relación laboral. Al no haberse exhibido la documentación

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don Daniel Gutiérrez Orlandi, abogado, cédula de identidad N°13.998.978-3, mandatario judicial, en representación de don Víctor Rodolfo Zamorano Candia, cédula de identidad N°10.863.453-7, domiciliado Pasaje Valparaíso N°244, comuna de Recoleta, interponiendo demanda por despido indebido y cobro de prestaciones laborales en contra de la empresa Sociedad Gastronómica S y C Limitada, RUT N°76.475.621-5, del giro de su denominación, representada legalmente por don Cristian Saldivia Roa, comerciante, cuya cédula de identidad ignora, ambos domiciliados en Gran Avenida N°6021, comuna de San Miguel. Argumenta que el día 01 de julio de 2015 su representado ingresó a trabajar para la demandada, desempeñándose como junior bajo un contrato de trabajo indefinido, con una jornada de 45 horas semanales distribuidas en un sistema de turnos y percibiendo una remuneración que, para los efectos del artículo 172 del Código del Trabajo, ascendía a $1.000.000.- mensuales, suma que era pagada de forma fraccionada. Agrega que con fecha 06 de julio de 2022 su mandante se presentó en la empresa para cumplir sus labores diarias y, luego de haber terminado su jornada, acudió a la oficina administrativa para preguntar por algunos pagos pendientes por concepto de propinas y comisiones extras, ocasión en que su empleador le manifestó que después le pagaría y que, si no le gustaba, se fuera de la empresa, siendo informado de manera verbal que estaba despedido, sin que se la haya señalado alguna causal ni tampoco entregado una carta de despido. Refiere que, debido a lo anterior, su representado acudió inmediatamente a la Dirección del Trabajo y dejó constancia de lo sucedido, quedando registrado su reclamo administrativo bajo el N°1302/2022/145, sin que a la fecha de interposición de su demanda se haya realizado el comparendo de conciliación decretado por dicho órgano fiscalizador. Conforme lo expuesto y previas fundamentaciones jurídicas, solicita que se declare indebido el despido de su representado y, en definitiva, se condene a la demandada al pago de las indemnizaciones y prestaciones que detalla en la parte petitoria de su libelo, más reajustes, intereses y las costas de la causa. SEGUNDO: Que, habiéndosele conferido traslado respecto de la demanda interpuesta en su contra, la parte demandada no contestó dicho libelo, por lo que se tuvo por evacuado el trámite en su rebeldía. TERCERO: Que en la audiencia preparatoria, ante la rebeldía de la demandada y al tenerse por frustrado el llamado a conciliación, el tribunal fijó los siguientes hechos a probar: 1. Existencia de la relación laboral entre las partes. Fecha de inicio y término, funciones desarrolladas por el actor, jornada convenida y demás estipulaciones contractuales. 2. Remuneración que debe servir de base de cálculo de las indemnizaciones y prestaciones demandadas. 3. Hechos que rodearon el término de los servicios del actor. Pormenores y circunstancias. Cumplimiento de

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 7°, 8°, 9°, 162, 168, 172, 425 a 432, 446 a 462 y demás pertinentes del Código del Trabajo; y el artículo 144 del Código de Procedimiento Civil, se resuelve: I.- Que se rechaza íntegramente la demanda interpuesta por don Daniel Gutiérrez Orlandi, abogado, en representación de don Víctor Rodolfo Zamorano Candia, en contra de Sociedad Gastronómica S y C Limitada, representada legalmente por don Cristian Saldivia Roa, todos ya individualizados. II.- Que cada parte pagará sus costas. Regístrese y notifíquese a la parte demandante por correo electrónico y a la demandada mediante extracto publicado en el Diario Oficial. RIT O-545-2022.- RUC 22-4-0415937-6.- Pronunciada por doña Carolina Carreño Lara, Jueza Interina del Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel. En San Miguel, a dieciséis de junio de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución precedente.

Texto Completo (Preview)

Procedimiento : Aplicación general. Materia : Despido injustificado y otros. Demandante : Víctor Rodolfo Zamorano Candia. Demandada : Sociedad Gastronómica S y C Limitada. RIT : O-545-2022.- RUC : 22-4-0415937-6.- San Miguel, dieciséis de junio de dos mil veintitrés. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don Daniel Gutiérrez Orlandi, abogado, cédula de identidad N°13.998.978-3,

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