2º Juzgado Civil de Chillán

YÁÑEZ/MÁRQUEZ

Rol

C-634-2018

Fecha

11 de noviembre de 2022

Materia

OTROS ORDINARIOS

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: A folio 1, comparece don Fabi n Huepe Artigas, abogado, en representaci n deá ó do a Hernalda Elena Cofr Moreno, do a Hernalda Elena Y ez Cofr y don Lionelñ é ñ áñ é Arturo Ya ez Cofre, todos pertenecientes a la sucesi n de don Lionel Y ez Merino,ñ ó áñ domiciliados en calle Claudio Arrau N 509, Chill n y para estos efectos en calle Bulnes° á N 772, Chill n e interpone demanda de inoponibilidad procesal respecto de juicio y° á sentencia judicial de reivindicaci n dictados en causa rol 3807-2015, seguida ante eló Primer Juzgado Civil de Chill n, en contra de don Luis Aurelio M rquez Lagos,á á agricultor, domiciliado en calle Coquimbo N 825, Vallenar. Sostiene que, sus° representados son due os del proyecto ñ de parcelaci n denominado Parcela n mero 31ó ú del proyecto Estrella del Alba , ubicado en la Provincia de uble, departamento de“ ” Ñ Chill n, comuna de Coihueco, que tiene una extensi n de 22,9 hect reas y que deslinda:á ó á Norte, parte reserva, con camino de por medio, parcela n mero veintinueve y treinta,ú bien com n especial n mero cuatro, parte varios peque os propietarios; Sur, bien com nú ú ñ ú especial n mero cuatro, parte varios peque os propietarios, parcela n mero treinta y dos;ú ñ ú Oriente, parte parcela n mero veintinueve y treinta, bien com n especial n mero cuatro,ú ú ú parte varios peque os propietarios, parcela n mero treinta y dos; Poniente, bien especialñ ú com n n mero cuatro, parte parcela n mero treinta y dos, parte parcela con camino porú ú ú medio. Se comprende todo lo edificado y plantado, derechos, usos, costumbres y servidumbre, todos los derechos de agua que le corresponden para su regad o.í Adquirieron el dominio del inmueble por sucesi n por causa de muerte, al fallecimientoó de don Lionel Arturo Y ez Merino, quien era c nyuge de la demandante do aáñ ó ñ Hernalda Cofr Moreno y padre de los otros dos actores Hernalda y Lionel Arturoé Y ez Cofr , pero cuya posesi n efectiva e inscripci n especial de herencia se encuentraáñ é

Fundamentos

motivos del acto administrativo, y en consecuencia, el acto administrativo de regularizaci n de la propiedad ra z, es parcialmente nulo de Derechoó í P blico ú en aquella parte que regulariza un terreno que estaba siendo pose do desdeí siempre por su representado, y ello claramente implica que hay nulidad de Derecho P blico, respecto de una parte del acto administrativo de regularizaci n del terreno.ú ó Si bien basta con el error de hecho que funda la ilegalidad en los motivos del acto administrativo, tambi n puede se alarse que hay nulidad de Derecho P blico poré ñ ú vicio de competencia del rgano para dictarla.ó En relaci n al ó fin del acto, es claro que El D.L. 2695 de 1979 tiene por objeto regularizar la peque a propiedad ra z en relaci n a personas que, de acuerdo al art culoñ í ó í 2 , hayan estado en ° posesi n del inmuebleó , por s o por otra persona en su nombre, ení forma continua y exclusiva, sin violencia ni clandestinidad, durante cinco a os, a loñ menos, cuesti n que nunca concurri en relaci n al terreno de su mandante, ó ó ó de tal suerte que se ha infringido el fin del D.L. ya que personas que nunca poseyeron, pretenden regularizar una porci n del inmueble que siempre ha estado en posesi n deó ó otra persona. Se ala que, en autos se alega la ñ nulidad de Derecho P blico sobre una parte delú acto administrativo, esto es, de una parte de la Resoluci n N 2575 de fecha 10 deó ° noviembre de 1986, emanada del Ministerio de Bienes Nacionales, inscrita a fojas 1511 vuelta, n mero 2781 del a o 1986 ú ñ en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Chill n, en aquella parte que regulariza ilegalmente una í á porci n deló inmueble objeto de tal regularizaci n, en aquel segmento de terreno que estó á comprendida dentro del denominado Lote b6 de propiedad del demandado, y que coincide con una porci n de terreno correspondiente al proyecto de parcelaci nó ó denominado Parcela n mero 31 del proyecto Estrella del Alba , al existir error en losú “ ” hechos considerados para regularizar el inmueble (una posesi n de los solicitantes queó Código: BZVDXCLMHRF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 nunca existi en esa parte del terreno) en la porci n comprendida dentro del terreno deó ó sus representados, y

Fallo

se declara que la demandada deberÑ É á restituir al actor, dentro de tercero d a desde que esta sentencia se encuentreí ejecutoriada, el inmueble rural denominado lote B seis de la divisi n de la propiedadó ubicada en Culenar, comuna de Coihueco, que conforme al plano agregado al final del Registro de Propiedad del a o 1998, bajo el N 515, tiene una superficie de uno comañ ° ocho mil trescientos setenta y cinco hect reas, libre de todo ocupante, bajoá apercibimiento de procederse a su lanzamiento con fuerza p blica .ú ” Indica que, este juicio y su sentencia le es inoponible a la sucesi n de don Luisó Y ez Cofr por no haber sido emplazada en juicio. áñ é En efecto, la acci n reivindicatoriaó la ejerce quien dice ser due o no poseedor en contra del poseedor no due o, y en esteñ ñ caso quien detenta y detentaba a la poca de la demanda la posesi n inscrita y materialé ó del terreno a reivindicar no era Hernalda Y ez, áñ sino que la sucesi n de don Lioneló Y ez, áñ esto es, todos sus representados conjuntamente, es decir, debieron ser demandados conjuntamente, do a Hernalda Elena Cofr Moreno, do a Hernalda Elenañ é ñ Y ez Cofr y don Lionel Arturo Y ez Cofr , todos pertenecientes a la sucesi n de donáñ é áñ é ó Lionel Y ez Merino.áñ Se ala que, en definitiva el sujeto pasivo de la acci n de reivindicaci n no erañ ó ó una persona en particular, sino que una comunidad, esto es, una sucesi n compuesta deó tres personas (c nyuge sobreviviente y 2 hijos) y si aquella como tal, no ha si

Texto Completo (Preview)

RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Chill nº á CAUSA ROL : C-634-2018 CARATULADO : Y EZ/M RQUEZÁÑ Á Chillán, once de Noviembre de dos mil veintid s.ó Vistos: A folio 1, comparece don Fabi n Huepe Artigas, abogado, en representaci n deá ó do a Hernalda Elena Cofr Moreno, do a Hernalda Elena Y ez Cofr y don Lionelñ é ñ áñ é Arturo Ya ez Cofre, todos pertenecie

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica