2º Juzgado de Letras de Los Angeles

INSTITUTO PROFESIONAL DE LOS ANGELES/MUNICIPALIDAD LOS ANGELES

Rol

C-1565-2022

Fecha

10 de noviembre de 2022

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Que, en folio 1, con fecha 13 de julio de 2022 se presenta doña Tamara Castillo Valenzuela, abogada, domiciliada en calle Los Carreras Nº 512, en representación del Instituto Profesional de Los Ángeles Limitada, del giro de educación, representado legalmente por doña Juanita Odett Carrasco Fray, profesora, ambos domiciliados en calle Los Carreras Nº 512, Comuna de Los Ángeles y expone: Que deduce demanda de prescripción civil contemplada en el artículo 2521 del Código Civil, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LOS ÁNGELES, representada por su Alcalde don Esteban Krause Salazar, ambos con domicilio en Calle Caupolicán 399, Los Ángeles. Funda su demanda en que su representada es propietaria del vehículo STATION- WAGON, marca Dogde, modelo Durango Citadel, color gris plata, año 2012, Patente DSHS-42-2. Señala que según documento que en un otrosí acompaña, se adeudan por concepto de permisos de circulación los periodos comprendidos entre el año 2018 y año 2022, los que no se pagaron a consecuencia de la priorización económica que debió dar el Instituto, luego de conocer el dictamen de la contraloría General de la República, que impedía que la referida Institución educacional impartiera las carreras de pedagogía, siendo estas las únicas que se dictaban por la referida institución educacional. Refiere que parte de la deuda antes mencionada se encuentra prescrita, tal y como lo señala el artículo 2.521 inciso primero del Código Civil, ya que han Código: XXHYXCXXMCF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl transcurrido más de 3 años desde que las obligaciones señaladas por su acreedor, es decir, la Ilustre Municipalidad de Los Ángeles, se han vuelto exigibles. Indica que la inactividad del demandado en torno a obtener el cumplimiento forzoso de la obligación, permite aplicar la figura de la prescripción extintiva; ello, porque se dan los presupuesto para que opere la misma. Aduce que los derechos

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1°.- Que, de lo consignado en lo expositivo precedente, se desprende que el actor solicita se declare la prescripción extintiva de las acciones para perseguir las deudas por concepto de permiso de circulación correspondientes a los años 2018 y 2019, del vehículo Patente DSHS-42-2., debido a que la demandada no ha ejercido en el plazo legal las acciones tendientes a obtener su pago. 2°.- Que, la Municipalidad demandada, siendo notificada del libelo a través de su representante legal, según consta de folio 8, al contestar la demanda no controvirtió los hechos expuestos por el demandante y se allanó a la demanda por los periodos correspondientes a los años 2018 y 2019 3°.- Que la institución jurídica de la prescripción extintiva parte del supuesto que exista válidamente una obligación, la cual, ante la negligencia de su acreedor para recurrir a los tribunales competentes en tiempo oportuno, y reuniéndose los requisitos legales pertinentes, da por extinguida, de modo que los requisitos para la procedencia de la acción intentada son: la existencia de una obligación y la inactividad del acreedor durante un determinado lapso. 4°.- Que en lo que respecta a las acciones de cobro que el actor solicita sean declaradas prescritas, son las que emanan de los permisos de circulación del vehículo Patente DSHS-42-2., correspondientes a los años 2018 y 2019 los que se encontrarían impagos Con la finalidad de acreditar la existencia de las referidas deudas, el demandante acompañó en folio 1, en forma legal y sin objeción de la contraria, certificado emitido con fecha 14 de junio de 2022 por la Municipalidad de Los Ángeles, Dirección del Tránsito, en el que se consigna que el vehículo placa patente DSHS-42-2, registrado a nombre de Instituto Profesional de Los Ángeles Ltda., mantiene una deuda pendiente por concepto de permiso de circulación Código: XXHYXCXXMCF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl desde el año 2.018 al año 2022, ambos inclusive, por un monto total de $2.188.013; correspondiendo por los periodos 2018 y 2019, las sumas de $742.209 y $556.947.- respectivamente. Tal instrumento permite dar por establecido que el vehículo placa patente DSHS-42-2, presenta deudas por concepto de permiso de circulación por los períodos mencionados. 5°- Que, asimismo, el actor acompañó Certificado de Inscripción y Anotaciones Vigentes en el Registro de Vehículos Motorizados del vehículo tipo station wagon año 2012, marca Dodge modelo Durango citadel 4x4 5.7, gris plata, inscripción DSHS-42-2, a nombre de INSTITUTO PROFESIONAL DE LOS ANGELES LIMITADA , por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 44 del Decreto Ley N° 1 que fija el texto refundido y sistematizado de la Ley 18.290, se presume de dominio del demandante dicho móvil, y, por ende, legitimado activo de la acción incoada. 6°.- Que, el Decreto Ley 3.063 de 1.979 sobre Rentas Municipales, dispone en su artículo 12, que

Fallo

En mérito de lo expuesto, y normas legales que cita, solicita tener por interpuesta demanda de prescripción de acción civil a que se refiere el artículo 2.521 inciso primero del Código Civil, admitirla a tramitación y en definitiva declarar que se acoge la demanda de prescripción entablada y se declare prescrita las acciones de cobro de la deuda por concepto de permisos de circulación correspondiente a los periodos 2018 por un monto de $ 742.209 y 2019 por el monto de $ 556.947, que ascienden a la suma total de $ 1.299.156, con costas para el caso de oposición. En folio 8 con fecha 5 de septiembre de 2022, se notificó personalmente al representante legal de la demandada. En folio 9 de fecha 9 de septiembre de 2022 el apoderado de la Ilustre Municipalidad de Los Ángeles, se allanó a la demanda interpuesta en contra de su representada por los periodos comprendidos en los años 2018 y 2019. Código: XXHYXCXXMCF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl En folio 16, con fecha 7 de noviembre de 2022, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 313 del Código de Procedimiento Civil, se citó a las partes a oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: 1°.- Que, de lo consignado en lo expositivo precedente, se desprende que el actor solicita se declare la prescripción extintiva de las acciones para perseguir las deudas por concepto de permiso de circulación correspondientes a los años 2018 y 2019, del vehículo Paten

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Los Angelesº CAUSA ROL : C-1565-2022 CARATULADO : INSTITUTO PROFESIONAL DE LOS ANGELES/MUNICIPALIDAD LOS ANGELES Los Angeles, diez de Noviembre de dos mil veintid só VISTO: Que, en folio 1, con fecha 13 de julio de 2022 se presenta doña Tamara Castillo Valenzuela, abogada, domiciliada en calle Los Carreras Nº 512, en representación d

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