22º Juzgado Civil de Santiago

MONCADA/

Rol

V-159-2022

Fecha

9 de noviembre de 2022

Materia

DONAR O INSINUACIÓN, AUTORIZACIÓN PARA

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: A folio 1, comparece don Roberto Grant Gajardo, abogado, en representaci n convencional de don ó GUSTAVO ADOLFO MONCADA CORT SÉ , cirujano dentista, ambos domiciliados para estos efectos en calle San Sebasti n N 2980, departamento 51, Las Condes, quien viene ená ° insinuar la donaci n que pasa a expresarse.ó Funda su solicitud en que su representado es due o del inmuebleñ consistente en el sitio n mero 230, resultante de la subdivisi n del Lote oú ó pa o B Dos, emplazado en el Complejo Tur stico Puntilla de Villarrica,ñ í comuna de Villarrica, inscrito a fojas 451 n mero 428 del Registro deú Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Villarrica del a o 2015, yí ñ que es su intenci n donar la nuda propiedad del referido inmuebleó reserv ndose el usufructo vitalicio para s , todo lo anterior a t tulo gratuito yá í í en partes iguales para cada uno de sus hijos don An bal Andr s Moncadaí é Ram rez y don Gustavo Adolfo Moncada Ram rez.í í Indica, que su patrimonio est compuesto por bienes suficientes paraá asegurar su debida subsistencia a lo largo de su vida. Asimismo, se ala queñ los donatarios antes indicados no se encuentran bajo tutela o curadur a, nií bajo potestad de padre o marido. A folio 6, rola informaci n sumaria de testigos.ó A folio 12, se tuvo por pagado el impuesto que grava la solicitud y se dict autos para fallo.ó

Fundamentos

CONSIDERANDO: Foja: 1 PRIMERO: Que, don GUSTAVO ADOLFO MONCADA CORT SÉ solicita se autorice la donaci n de la nuda propiedad dó el inmueble consistente en el sitio n mero 230, resultante de la subdivisi n delú ó Lote o pa o B Dos, emplazado en el Complejo Tur stico Puntilla deñ í Villarrica, comuna de Villarrica, inscrito a fojas 451 n mero 428 delú Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Villarrica delí a o 2015, a sus dos hijos don An bal Andr s Moncada Ram rez y donñ í é í Gustavo Adolfo Moncada Ram rez, en partes iguales. í SEGUNDO: Que, conforme lo prescribe el art culo 1401 del C digoí ó Civil, la donaci n entre vivos que no se insinuare, s lo tendr efecto hasta eló ó á valor de dos centavos y ser nula en el exceso. A su turno, los requisitosá legales prescritos para el tr mite de la insinuaci n se encuentran contenidosá ó en el art culo 889 del C digo de Procedimiento Civil. í ó TERCERO: Que, del m rito de los antecedentes que obran en autosé se ha logrado acreditar la concurrencia de los presupuestos legales de procedencia de la insinuaci n, toda vez que se contienen en la solicitud deó marras la identificaci n completa del donante y los donatarios; la especieó que se pretende donar; la causa--, la cual en el caso concreto es la mera liberalidad--, y las fuerzas econ micas del solicitante, acreditada medianteó los instrumentos acompa ados a folio 1. Asimismo, se ha acreditado que suñ patrimonio no se ver a mermado o afectado con posterioridad a laí donaci n. ó CUARTO: Que, a su turno, el Servicio de Impuestos Internos ha hecho presente que se encontrar a pagado el impuesto que grava el presenteí acto. QUINTO: Que, atendido lo anterior, se har lugar a la solicitud.á

Fallo

POR ESTAS CONSIDERACIONES, y visto, adem s, lo dispuestoá en los art culos 1386, 1401 y 1408 del C digo Civil, y art culo 889 yí ó í siguientes del C digo de Procedimiento Civil se declara:ó - Que, se hace lugar a la solicitud de autos, autoriz ndose ená consecuencia a don GUSTAVO ADOLFO MONCADA CORT SÉ , a donar la especie contenida en el considerando primero, en la forma y personas que all se indican.í Reg strese y notif quese.í í Foja: 1 Dictada por do a Lorena Cajas Villarroel, Juez Subrogante.ñ Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, nueve de Noviembre de dos mil veintid só Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 11 de septiembre de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2022-11-09T14:23:46-0300

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Foja: 1 FOJA: 13 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 22 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-159-2022 CARATULADO : MONCADA/ Santiago, nueve de Noviembre de dos mil veintid s.ó VISTO: A folio 1, comparece don Roberto Grant Gajardo, abogado, en representaci n convencional de don ó GUSTAVO ADOLFO MONCADA CORT SÉ , cirujano dentista, ambos domiciliados para estos efectos en calle San S

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