ITAU CORPBANCA S.A./ASTORGA
Rol
C-2935-2022
Fecha
8 de noviembre de 2022
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 18.7.2022, comparece Jorge Patricio Gonzalez Anguita, abogado, en representación de ITAÚ CORPBANCA (antes CORPBANCA), sociedad anónima bancaria, RUT 97.023.000-9, representada legalmente por Gabriel Amado de Moura, domiciliados en calle Miraflores N°130, piso 27, de la comuna y ciudad de Santiago; quien interpuso una demanda ejecutiva en contra de HUGO FRANCISCO ASTORGA CISTERNAS, de quien se ignora profesión u oficio, cédula nacional de identidad número 19.041.783-2, con domicilio en Las Petunias N°844, sector La Florida, de la comuna y ciudad de La Serena. Aduce que la demandante es dueña de dos pagarés suscritos en representación del ejecutado uno por la suma de 45,0975 UF, con vencimiento al 11.7.2022; y otro por la suma de 405,8779 UF, con vencimiento al 11.7.2022. En conjunto suman 450,9754 UF, equivalentes en moneda nacional a la fecha de vencimiento a la suma de $14.599.521. Señala que llegado el día de sus vencimientos el demandado no cumplió su obligación. Expresa que la obligación consta en un título ejecutivo, es líquida, actualmente exigible y su acción no está prescrita. Pide se ordene despachar mandamiento de ejecución y embargo por la suma de 450,9754 UF (equivalente al 11.7.2022 a la suma de $14.599.521), más intereses y costas. En el folio 28, consta notificación de fecha 5.9.2022 de la demanda y su proveído al demandado, de manera Código: LXCQXCXNKRD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2935-2022 Foja: 1 personal subsidiaria. En folio 29, se agregó requerimiento de pago de fecha 6.9.2022, el demandado no efectuó pago. Con fecha 15.9.2022 (folio 23), comparece el ejecutado y opuso a la ejecución la excepción del número 1 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, según los argumentos allí esgrimidos. En el folio 34, con fecha 26.9.2022, comparece la ejecutante evacuando el traslado conferido, haciendo presente que se allana a la excepción de incompet
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO. La parte ejecutada alegó que este tribunal es incompetente para conocer de la causa, porque en el pagaré objeto de la demanda consta la prórroga expresa de la competencia respecto de los juzgados con asiento en la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que el acreedor podría optar por el tribunal correspondiente a la residencia del deudor. La ejecutante aceptó llanamente el planteamiento referido y la excepción opuesta. SEGUNDO. Aparece en ambos instrumentos agregados en folio 3, en la última hoja de los pagarés (primer párrafo), que efectivamente el deudor fijó domicilio y declaró someterse a la competencia de los tribunales ordinarios de justicia de Santiago y que su domicilio está en La Serena, por lo que efectivamente este Juzgado de Letras de Colina resulta incompetente para conocer del litigio y debe así ser declarado.
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 160, 170, 254, 313, 434, 464, 466, 470, 471 del Código de Procedimiento Civil; artículo 12, 1445, 1698, 1712 y 1713 del Código Civil; Ley 18.010 y Ley 18.092: I. ACOJO la excepción de incompetencia del tribunal del artículo 464 Nº1 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por el ejecutado HUGO FRANCISCO ASTORGA CISTERNAS, con fecha 15.9.2022; y en consecuencia, se declara que este Código: LXCQXCXNKRD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2935-2022 Foja: 1 Tribunal es incompetente en razón del territorio para conocer de la presente ejecución. II. CONDENO en costas a la ejecutante. Anótese, regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rol C-2935-2022. PRONUNCIADA POR CRISTIAN RODRIGO MARCHANT LILLO, JUEZ DEL JUZGADO DE LETRAS DE COLINA. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Colina, ocho de Noviembre de dos mil veintid só Código: LXCQXCXNKRD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-11-08T11:08:45-0300
Texto Completo (Preview)
C-2935-2022 Foja: 1 FOJA: 22 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Colina CAUSA ROL : C-2935-2022 CARATULADO : ITAU CORPBANCA S.A./ASTORGA Colina, ocho de Noviembre de dos mil veintid s.ó VISTOS: Con fecha 18.7.2022, comparece Jorge Patricio Gonzalez Anguita, abogado, en representación de ITAÚ CORPBANCA (antes CORPBANCA), sociedad anónima bancaria, RUT 97.023.000-9,
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