BANCO DE CHILE/VALDÉS
Rol
C-2362-2022
Fecha
7 de noviembre de 2022
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Que a folio 01 con fecha 03 de junio de 2022, comparece la abogada doña Denisse Alejandra Barraza Díaz, en representación de Socofin S.A., persona jurídica del giro cobranza a terceros, representada por su gerente general don Mario Sandoval Hidalgo y ésta a su vez en representación de Banco de Chile, sociedad anónima del giro de su denominación, representada por don Eduardo Ebensperger Orrego, todos domiciliados para estos efectos en calle Barros Arana N° 448 piso 2° comuna de Concepcion e interponen demanda ejecutiva en contra de doña Christel Angellina Valdés Norambuena, ignora profesión u oficio, domiciliada en calle Grecia N° 1501, departamento N° 13, comuna de Hualpen y en definitiva solicita que se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $11.999.382, por concepto de capital, más intereses, hasta el completo e íntegro pago de lo adeudado, con costas. Funda su demanda ejecutiva en que su representado es dueño y legítimo tenedor del pagaré suscrito por la ejecutada, en su calidad de deudora principal, del pagaré suscrito por un capital original por la suma de $13.665.963, al cual se le debía aplicar una tasa mensual de 0.5%. Agrega que se estipuló que el capital y los intereses se pagarían en 75 cuotas; 74 cuotas, mensuales, iguales y sucesivas de $220.032, cada una de ellas, venciendo la primera de ellas el 29 de enero del 2021 y a partir de ésta, las cuotas siguientes vencerán sucesivamente con la misma periodicidad antes indicada y una última cuota por el monto de $220.023. Precisa que se estipuló que cada una de las cuotas indicadas incluiría el pago de capital e intereses. Relata que se pactó que, el simple retardo y/o mora en el pago íntegro y oportuno de todo o parte de una de las cuotas, facultaría al Banco de Chile para exigir el pago total de la deuda o del saldo a que se encontrara reducida, considerándose en tal evento la obligación como de plazo vencido, pudiendo protestar y/o presentar a cobro este pagaré. A
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1°.- Que comparece la abogada doña Denisse Alejandra Barraza Díaz, en representación de Socofin S.A., persona jurídica del giro cobranza a terceros, representada por su gerente general don Mario Sandoval Hidalgo y esta a su vez en representación de Banco de Chile, sociedad anónima del giro de su denominación, representada por don Eduardo Ebensperger Orrego, e interpone demanda ejecutiva en contra de doña Christel Angellina Valdés Norambuena y en definitiva solicita que se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $11.999.382, por concepto de capital, más intereses, hasta el completo e íntegro pago de lo adeudado, con costas, por los argumentos expuestos en la sección anterior de este fallo, los cuales se dan por íntegramente reproducidos. 2°.- Que comparece el abogado don Jorge Manuel Lena Salgado, en representación de la ejecutada y opone a la demanda ejecutiva las excepciones de los números 2 y 7 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, es decir, la falta de capacidad del demandante o de personería o representación legal del que comparezca en su nombre y la falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que dicho título tenga fuerza ejecutiva, sea absolutamente, sea con relación al demandado, solicitando en definitiva el rechazo de la demanda ejecutiva en todas sus partes, con costas,
Fallo
se declaran admisibles las excepciones opuestas y se recibe la causa a prueba por el término legal. A folio 27, con fecha 21 de octubre de 2022 se citó a las partes a oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: 1°.- Que comparece la abogada doña Denisse Alejandra Barraza Díaz, en representación de Socofin S.A., persona jurídica del giro cobranza a terceros, representada por su gerente general don Mario Sandoval Hidalgo y esta a su vez en representación de Banco de Chile, sociedad anónima del giro de su denominación, representada por don Eduardo Ebensperger Orrego, e interpone demanda ejecutiva en contra de doña Christel Angellina Valdés Norambuena y en definitiva solicita que se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $11.999.382, por concepto de capital, más intereses, hasta el completo e íntegro pago de lo adeudado, con costas, por los argumentos expuestos en la sección anterior de este fallo, los cuales se dan por íntegramente reproducidos. 2°.- Que comparece el abogado don Jorge Manuel Lena Salgado, en representación de la ejecutada y opone a la demanda ejecutiva las excepciones de los números 2 y 7 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, es decir, la falta de capacidad del demandante o de personería o representación legal del que comparezca en su nombre y la falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que dicho título tenga fuerza ejecutiva, sea absolutamente, sea con relación al dem
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RIT« » Foja: 1 FOJA: 27 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Concepci nº ó CAUSA ROL : C-2362-2022 CARATULADO : BANCO DE CHILE/VALD SÉ Concepci nó , siete de Noviembre de dos mil veintid s.ó VISTO: Que a folio 01 con fecha 03 de junio de 2022, comparece la abogada doña Denisse Alejandra Barraza Díaz, en representación de Socofin S.A., persona jurídica del giro cobranz
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