1º Juzgado Civil de Rancagua

GUZMÁN/

Rol

V-200-2022

Fecha

7 de noviembre de 2022

Materia

OTROS VOLUNTARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: PRIMERO: Que en folio 1 comparece don Haroldo Legu Barrales, abogado,á domiciliado para estos efectos en calle Rubio 285, Oficina 606, Rancagua en representaci n convencional de don GERM N SEGUNDO GUZM N ARENAS,ó Á Á pensionado, c dula de identidad n mero 7.996.279-1 y de do a BARBARA GUZMANé ú ñ ILLANES, profesi n Ingeniero en Prevenci n de Riesgos, c dula nacional de identidadó ó é n mero 17.503.088-3, y de don FERNANDO NICHOLAS GUZMAN ILLANES,ú profesi n Ingeniero Mec nico y Sistemas Automotrices, c dula nacional de identidadó á é n mero 17.522.243-K, todos domiciliados para estos efectos en calle Rubio 285, Oficinaú 606, Edificio Andr s Bello, Rancagua, a SS., solicita el nombramiento de un admiradoré de la comunidad hereditaria que forman sus representados, y parar ello expone que:. I.- Con fecha 17 de octubre de 2014, se produjo el fallecimiento de do a ñ EMMA DEL CARMEN ARENAS NAVARRO, c dula de identidad n mero é ú 3.959.661-K, ocurrida con fecha 17-10-2014, Y con fecha 13 de septiembre de 2019, se produjo el fallecimiento de don GERM N SEGUNDO GUZMANÁ , c dula de identidad n mero 3.958.167-1,é ú ambas personas fallecidas estaban unidas con v nculo de matrimonio. í Por lo que se ha formado una comunidad de hecho entre los comparecientes peticionarios y/o solicitantes, esto es, (1) don GERM N SEGUNDO GUZM NÁ Á ARENAS como hijo del matrimonio, y do a ñ BARBARA GUZMAN ILLANES, y don FERNANDO NICHOLAS GUZMAN ILLANES, como herederos en representaci n deó su padre don (2) FERNANDO IV N GUZM N ARENASÁ Á , c dula de identidadé n mero 8.998.784-9, fallecido el d a 23 de noviembre del 2020 en la ciudad deú í Rancagua, tambi n hijo del matrimonio. é Se deben agregar a esta comunidad do a ñ MARITZA ELEONOR GUZM NÁ ARENAS, c dula de identidad n mero 9.190.637-6, domiciliada en Pasaje Rio Backeré ú 895, Santa Maria, Machali; do a ñ M NICA BEATRIZ GUZM N ARENASÓ Á , c dula deé identidad n mero 8.998.597-8, domiciliada en calle Reska 321 Villa Pedro Lira,ú Machali.

Fallo

POR TANTO., con el m rito de lo expuesto, documentos que se acompa an ené ñ un otros y lo previsto en los art culos 653 y 654 y siguientes del C digo deí í ó Procedimiento Civil. SEGUNDO: Que en folio 16 se contest la demanda por do a ó ñ MARIA LORETO VIDAL SOLIS, abogada, por los demandados, solicitando el rechazo en todas sus partes, toda vez que ya existe un administrador de dicha sucesi n designado enó el segundo Juzgado Civil de Rancagua, exponiendo: Que, efectivamente se ha formado una comunidad hereditaria al fallecimiento de do a Emma del Carmen Arenas Navarro y de don German Segundo Guzm n,ñ á comunidad formada por sus herederos sus hijos, German, Eduardo, M nica, Maritza yó Fernando todos Guzm n Arenas, ste ltimo fallecido y representado por sus herederos,á é ú su c nyuge sobreviviente y sus hijos B rbara y Fernando ambos Guzm n Illanes. ó á á Que, en causa V-352-2019 del 2do Juzgado Civil de Rancagua, se design deó com n acuerdo, como administrador de la sucesi n quedada al fallecimiento de donú ó German Segundo Guzm n, a don Eduardo Guzm n Arenas, a quien se le dieron lasá á facultades de administrador, sin estipulaci n de fecha o de duraci n de su mandato, yó ó con cargo de rendir su primera cuenta con fecha 10 de enero del a o 2020, se al ndoseñ ñ á adem s, que ser n los comuneros quienes fijar n las condiciones de continuaci n de laá á á ó administraci n, y que en la reuni n que se realiz en la fecha indicada por el tribunal, seó ó ó tomaron diversos acuerdos,

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Rancaguaº CAUSA ROL : V-200-2022 CARATULADO : GUZM N/Á Rancagua, siete de Noviembre de dos mil veintid só VISTOS: PRIMERO: Que en folio 1 comparece don Haroldo Legu Barrales, abogado,á domiciliado para estos efectos en calle Rubio 285, Oficina 606, Rancagua en representaci n convencional de don GERM N SEGUNDO GUZM N ARENAS,ó Á Á pensiona

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