2º Juzgado Civil de Viña del Mar

CONSTRUCTORA SIGRO ELLISDON I SPA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VIÑA DEL MAR

Rol

C-1592-2022

Fecha

7 de noviembre de 2022

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Con fecha 31 de mayo de 2022, comparece don Fernando Delorenzo Achondo, ingeniero civil, en representaci n de ó Sigro Ellisdon I SPA, ambos domiciliados para estos efectos en calle Magdalena N° 140, piso 3, Comuna de Las Condes, quien viene en interponer demanda de prescripci n extintiva enó juicio de mayor cuant a, í en contra de la Ilustre Municipalidad de Vi a delñ Mar, Corporaci n de Derecho P blico, representada legalmente para estos efectosó ú por su Alcaldesa, do a ñ Macarena Ripamonti Serrano, ambas domiciliadas para estos efectos en calle Arlegui 615, comuna de Vi a del Mar, por las cuotas deñ patente municipal cuyos vencimientos se produjeron entre el primer semestre de 2013 y el segundo semestre de 2018, ambos inclusive. Con fecha 8 de julio de 2022, la demandada contest la demanda.ó Con fecha 25 de agosto de 2022, se tuvo por evacuada la r plica ené rebeld a de la demandante.í Con fecha 5 de septiembre de 2022, se tuvo por evacuada la d plica enú rebeld a de la demandada. í Con fecha 3 de octubre de 2022, se llev a efecto la audiencia deó conciliaci n.ó Con fecha 31 de mayo y 2 de junio, ambas de 2022, la parte demandante acompa documento.ñó Con fecha 8 de julio de 2022, la demandada acompa documentos.ñó Se cit a las partes a o r sentencia.ó í

Fundamentos

CONSIDERANDO: Código: CREDXCYGXED Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1592-2022 Foja: 1 PRIMERO: Que, con fecha 31 de mayo de 2022, comparece don Fernando Delorenzo Achondo, ingeniero civil, en representaci n de ó Sigro Ellisdon I SPA, ambos domiciliados para estos efectos en calle Magdalena N° 140, piso 3, Comuna de Las Condes, quien viene en interponer demanda de prescripci n extintivaó en juicio de mayor cuant a, í en contra de la Ilustre Municipalidad de Vi añ del Mar, Corporaci n de Derecho P blico, representada legalmente para estosó ú efectos por su Alcaldesa, do a ñ Macarena Ripamonti Serrano, ambas domiciliadas para estos efectos en calle Arlegui 615, comuna de Vi a del Mar, por las cuotasñ de patente municipal cuyos vencimientos se produjeron entre el primer semestre de 2013 y el segundo semestre de 2018, ambos inclusive. Expone que, seg n consta en el detalle de deuda enviada por la Directoraú Departamento de Patentes de la Ilustre Municipalidad de Vi a del Mar con fechañ 19 de mayo de 2022, la sociedad Sigro Ellisdon I SPA, adeudar a por concepto deí patente municipal la suma de $330.398.792.-, con reajustes y multas incluidos. Sin embargo, las cuotas cuyos vencimientos se produjeron entre el primer semestre de 2013 y el segundo semestre de 2018, ambos inclusive, se encuentran prescritas por haber transcurrido m s de 3 a os desde que ellas se hicieron exigibles, sin que seá ñ haya producido la interrupci n de la prescripci n, sea civil o natural.ó ó Indica que, uno de los fundamentos de la prescripci n extintiva, junto con laó estabilizaci n de las relaciones jur dicas, se encuentra en que, pasado cierto tiempoó í prudencial, si el acreedor no exige el cobro, es porque ha sido pagado o la obligaci n en todo caso se ha extinguido por alguno de los medios que la leyó establece. Y si as no ha sido, el acreedor ha sido muy negligente en la protecci ní ó de sus derechos, conducta a la que el derecho no puede dar asilo en desmedro de consideraciones de orden social y econ mico. Que, conforme se ala el C digo Civiló ñ ó en su art culo 2.514, la prescripci n que extingue las acciones judiciales s loí ó ó requiere cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones. Asimismo, dicho art culo establece en su inciso segundo que ese tiempo seí cuenta desde que la obligaci n se haya hecho exigible. Trat ndose de la acci n deó á ó cobro de una patente comercial, el art culo 2.521 del C digo Civil establece queí ó este lapso de tiempo es de 3 a os contados desde su vencimiento, al se alarñ ñ “prescriben en tres a os las acciones a favor o en contra del Fisco y de lasñ Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos”. Código: CREDXCYGXED Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1592-2022 Foja: 1 Sostiene que, las cuotas cuyos vencimientos se produjeron entre los d as 1 deí agosto de 2011

Fallo

fallo sin más trámites. SEXTO: Que, con fecha 31 de mayo y 5 de junio de 2022, la demandante acompa los siguientes documentos: 1.- Copia de correo electr nico con detalle deñó ó patente municipal adeudada, enviado por la Directora Departamento de Patentes de la Ilustre Municipalidad de Vi a del Mar con fecha 19 de mayo de 2022; y 2.-ñ Código: CREDXCYGXED Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1592-2022 Foja: 1 Copia autorizada de Escritura P blica de mandato judicial de fecha 21 deú noviembre de 2012. S PTIMO: É Que, con fecha 8 de julio de 2022, la demandada acompa elñó documento consistente en escritura p blica de mandato judicial digitalizado conú firma electr nica de fecha 08 de julio de 2021, otorgada ante el Notario de Vi aó ñ del Mar don Francisco Fuenzalida Rodr guez.í OCTAVO: Que el art culo 2514 del C digo Civil, establece que laí ó prescripci n que extingue las acciones y derechos ajenos exige solamente ciertoó lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones. Se cuenta este tiempo desde que la obligaci n se haya hecho exigible. Que por su parte, eló art culo 2515 inciso primero del citado cuerpo legal establece que este tiempo es ení general de tres a os para las acciones ejecutivas y de cinco para las ordinarias.ñ Que, a su vez, el inciso primero del art culo 2521 precept a que prescriben en tresí ú a os las acciones a favor o en contra del Fisco y de las Municipalidadesñ prov

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C-1592-2022 Foja: 1 FOJA: 23 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Vi a del Marº ñ CAUSA ROL : C-1592-2022 CARATULADO : CONSTRUCTORA SIGRO ELLISDON I SPA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VI A DEL MARÑ Vi a del Marñ , siete de Noviembre de dos mil veintid só VISTO: Con fecha 31 de mayo de 2022, comparece don Fernando Delorenzo Achondo, ingeniero civil, en representaci n de ó Si

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