Juzgado de Letras y Gar.de Tolten

GONZÁLEZ/

Rol

V-1-2022

Fecha

8 de noviembre de 2022

Materia

BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en lo principal de folio 1 compareció doña LUZVENIA ALICIA GONZÁLEZ CONCHA, chilena, soltera, cédula nacional de identidad número 16.578.063-9, domiciliada para estos efectos en Puralaco Alto, comuna de Toltén, representada por la abogada doña Patricia Soledad Igor Fuentes, quien viene en interponer reclamo por la negativa del Conservador de Bienes Raíces de Toltén a inscribir la posesión efectiva quedada al fallecimiento de su padre y la inscripción Especial de Herencia, según resolución exenta número 2505 del año 2007 otorgada por el Director Regional de la Araucanía, según duplicado de certificado de Posesión Efectiva emitida por Servicio de Registro Civil e Identificación, que en un otrosí acompaña. Afirma que la razón de dicha negativa se debe a que el nombre del causante no es coincidente con el titular del dominio, el que se encuentra reinscrito a fojas 403 N°396 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Toltén del año 2015, esto es DIAPOLINO GONZALEZ TORRES. Explica que el nombre de su padre o causante es DIAPOLINO DEL CARMEN GONZÁLEZ TORREZ y en la inscripción de su propiedad se le individualizó como DIAPOLINO GONZÁLEZ TORRES, lo cual es un error, ya que se omitió su segundo nombre y se le modificó la última letra de su apellido. Argumenta que el error se produce cuando don Nelson Reinaldo Burgos Chifelle, en su calidad de Jefe de la Oficina de Tierras y Bienes Nacionales de Temuco, reduce a escritura pública el decreto del Ministerio de Tierras y Colonización N°1671 el cual le concede a don Diapolino González Torrez, cédula nacional de identidad número 2.589, del gabinete de Pitrufquén domiciliado en Cayulfe Alto, comuna de Toltén, a título gratuito el dominio sobre el predio ubicado en el lugar denominado Puralaco, comuna de Toltén Departamento de Pitrufquén, Provincia de Cautín, de una superficie de 53 hectáreas 20 áreas, individualizado en el plano número 92.916 y que deslinda: Norte, Luis Antonio Curihuinca Silva y Alberto Caniullán Antifil, separados por cerco; Este, y Sur, Meliton Orrego y Aladín Zuñiga, separado por estero “Lumahue”; y Oeste, Luis Antonio Curihuinca Silva, separado por cerco y faja. Este título dio origen a la inscripción de fojas 284 números 347 del Registro de Propiedad del año 1974 del Conservador de Bienes Raíces de Pitrufquén. Luego de realizar una cronología del bien raíz explica que el error radicó en que, al emitir el decreto de Concesión Gratuita del Ministerio de Tierras y Bienes Nacionales, se omitió el segundo nombre y la última letra del apellido no estaba escrita en forma clara, por lo que al reducir a escritura pública se inscribió de la misma manera. Asevera que con los documentos acompañados a la solicitud no quedara duda que la propiedad es del causante. Finalmente luego de enunciar las normas legales solicita tener por interpuesto Reclamo por la Negativa a Inscribir el instrumento ya individualizado que da cuenta de la Posesión Código: VLVZXC

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo dispuesto en los artículos 13, 18 y siguientes del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces y artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se declara: Que SE HACE LUGAR a lo solicitado en lo principal de Folio 1 y, en consecuencia, el Señor Conservador de Bienes Raíces de Toltén deberá practicar la inscripción de la posesión efectiva del causante DIAPOLINO DEL CARMEN GONZÁLEZ TORREZ y la especial de herencia respecto del inmueble inscrito a fojas 403 número 396 del Registro de Propiedad del año 2015 del Conservador de Bienes Raíces a su cargo. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rol N° V-1-2022 Dictada doña CARLA HERINCE ALARCÓN MORA, Juez Titular del Juzgado de Letras y Garantía de Toltén Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Tolten, ocho de Noviembre de dos mil veintidós Código: VLVZXCXLXZD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-11-08T20:34:24-0300

Texto Completo (Preview)

FOJA: 17 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar.de Toltén CAUSA ROL : V-1-2022 CARATULADO : GONZÁLEZ/ Toltén, ocho de Noviembre de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en lo principal de folio 1 compareció doña LUZVENIA ALICIA GONZÁLEZ CONCHA, chilena, soltera, cédula nacional de identidad número 16.578.063-9, domiciliada para estos efectos en Pu

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