MOYA/
Rol
V-395-2021
Fecha
4 de noviembre de 2022
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1°) Que a folio 1, con fecha 12 de noviembre de 2021, se presentó don Miguel Ángel Moya Ponce, chileno, comerciante, casado, C.I. 10.231.029-2, domiciliado en Pasaje Juan Francisco Pinto s/n, San Francisco de Mostazal, Sexta Región, solicitando se constituya una concesión minera de exploración de sustancias concesibles, en terrenos abiertos e incultos, sobre una superficie de 200 hectáreas aproximadamente, cuyo Punto Medio se encuentra ubicado en la Comuna de Mostazal, Provincia de Cachapoal, Sexta Región y cuyas coordenadas U.T.M. son las siguientes: 6.240.000,00 metros Norte y 333.500,00 metros Este, referidos al Elipsoide Internacional 1924, Datum Sudamericano La Canoa 1956, Zona 19 y corresponden a la intersección de las diagonales de un rectángulo trazado imaginariamente en el plano horizontal, cuyos lados orientados Norte-Sur U.T.M miden 2.000 metros y Este-Oeste U.T.M. miden 1.000 metros. El pedimento minero que dará origen a la concesión minera de exploración se denominará “PEUMO 1”. 2°) Que, según documento acompañado a folio 5, dicho pedimento minero fue inscrito a fs. 752 N° 533 del año 2021, del Conservador de Minas, Registro de Descubrimientos, de Rancagua. 3°) Que, según documento acompañado a folio 5, consta copia íntegra de dicha inscripción, la que fue publicada en el Boletín Oficial de Minería de Santiago N° 43.132, con fecha 20 de diciembre de 2021. 4°) Que, según consta a folio 5, se acompañó Formulario de Pago de Tasa de Concesión Exploración con fecha de pago 26 de enero de 2022, y formulario de Pago de Patente Proporcional de Concesión de Exploración, con fecha de pago 31 de enero de 2022. 5°) Que, a folio 5, se solicitó sentencia constitutiva, y previamente se ordenó informe del Servicio respectivo. 6°) Que en cumplimiento de lo ordenado por el tribunal, con fecha 09 de mayo de 2022, el Servicio Nacional de Geología y Minería informa a folio N°7, Ord. N° 0454/2022, que los aspectos técnicos se encuentran conforme a las disposiciones legales vigentes y que la forma, dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión se ajustan a la ley y está comprendida dentro del terreno pedido. 7°) Que, se ha cumplido con todos los trámites y actuaciones establecidos por la ley. 8°) Que, conforme a lo dispuesto en el inciso cuarto y quinto del artículo 57 del Código de Minería y atendido a que no hubo observaciones al plano por parte del Servicio Nacional de Geología y Minería, sólo corresponde declarar constituida la concesión. Y, conforme a lo establecido en los artículos 35 a 38, 40, 43, 46 a 52, 55 a 58 y 86 a 90 del Código de Minería,
Fallo
se resuelve: I.- Que, se declara constituida la concesión de exploración denominada “PEUMO 1”, a favor de MOYA PONCE MIGUEL, ya individualizado. II.- Que, las coordenadas U.T.M., con precisión de centímetros de los vértices del perímetro de la concesión, son las siguientes: Vértice Norte (metros) Este (metros) Código: XMVKXCDYJPC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Punto Medio 6.240.000,00 333.500,00 Vértice 1 6.241.000,00 333.000,00 Vértice 2 6.241.000,00 334.000,00 Vértice 3 6.239.000,00 334.000,00 Vértice 4 6.239.000,00 333.000,00 III.- Apruébese el plano de la concesión de exploración “PEUMO 1”. IV.- Publíquese el extracto de esta sentencia en la forma dispuesta en el artículo 90 del Código de Minería. V.- Inscríbase esta sentencia y archívese el plano correspondiente. VI.- Remítase en su oportunidad al Servicio Nacional de Geología y Minería, copia de esta sentencia y original del plano correspondiente. Regístrese, notifíquese, y obténganse copias al tenor de lo dispuesto en el inciso final del artículo 4° de la Ley N° 20.886. Rol V-395-2021 Dictada por doña Margarita Navarrete Zurita, Juez Subrogante del Segundo Juzgado Civil de Rancagua. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Rancagua, cuatro de Noviembre de dos mil veintid só Código: XMVKXCDYJPC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Rancaguaº CAUSA ROL : V-395-2021 CARATULADO : MOYA/ Rancagua, cuatro de Noviembre de dos mil veintid só VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°) Que a folio 1, con fecha 12 de noviembre de 2021, se presentó don Miguel Ángel Moya Ponce, chileno, comerciante, casado, C.I. 10.231.029-2, domiciliado en Pasaje Juan Francisco Pinto s/n, San Francisco de Mos
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