Juzgado de Letras de Angol

INVERSIONES BOSQUEMAR LIMITADA/

Rol

V-8-2022

Fecha

4 de noviembre de 2022

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

FOJA: 15.- quince.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Angol CAUSA ROL : V-8-2022 CARATULADO : INVERSIONES BOSQUEMAR LIMITADA/ ANGOL, cuatro de noviembre de dos mil veintidós. PRIMERO: A folio 1, con fecha 20 de enero de 2022, a las 21:08 horas, compareció doña AÍDA LORETO RETAMAL ZÚÑIGA, nacionalidad chilena, casada, abogado, cédula de identidad No.10.607.702-9, en representación según mandato de INVERSIONES BOSQUEMAR LIMITADA, Rut. No. 77.686.470-6, empresa constituida en Chile, representada por JUAN PABLO YOUNG CHACÓN, chileno, ingeniero civil industrial, cédula de identidad No. 9.863.312-k, domiciliados para estos efectos en calle O’Higgins No. 940, Oficina 901, Concepción, cuya representación se adjunta en escritura pública expone: Que viene en solicitar, se constituya concesión de exploración sobre terreno abierto e inculto, denominada “RITA 17” y se ubica en la comuna de Renaico, Provincia de Malleco, Región de La Araucanía, y sus coordenadas UTM son: Norte 5.815.000,00 metros al Este 715.500,00 metros. La superficie de la cara superior es de 300 hectáreas, encerrada en un cuadrángulo de 3.000 metros de Norte a Sur U.T.M. por 1.000 metros de Este a Oeste U.T.M. SEGUNDO: Que estando dentro de plazo legal, vienen en solicitar se dicte la sentencia constitutiva de la concesión de exploración “RITA 17”, que comprende una superficie total de 300 hectáreas. La concesión solicitada comprende un cuadrángulo de 3.000 metros con rumbo U.T.M. de Norte-Sur, por 1.000 metros con rumbo U.T.M. Este-Oeste. TERCERO: Que a folio 3, con fecha 21 de enero de 2022, se ordenó inscribir y publicar el pedimento asignándole el Rol V–8-2022. CUARTO: Que, a folio 4 y 6, con fechas 14 y 20 de abril de 2022, respectivamente, mediante escritos el solicitante acompaña los documentos y en el último, acompaña materialmente los planos los que son guardados en la custodia del Tribunal No. 210-2022 relacionados con el pedimento señalado en el

Fundamentos

considerando primero. a) En donde consta que con fecha 31 de enero de 2022, a fojas 14, No. 5, se inscribió en el Conservador de Minas de Angol, Repertorio Código: XCPFXCXWPJC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 7, en el Registro de Descubrimientos correspondiente al año 2022, el pedimento señalado en el considerando primero. b) Que con fecha 10 de febrero de 2022, edición 43.175, CVE 2084000, se efectuó la publicación que prevé la ley en el Boletín Oficial de Minería de Santiago. c) Que consta el pago de la tasa de pedimento, a beneficio fiscal, por la suma de $82.317.-(ochenta y dos mil trescientos diecisiete pesos), pagada en la Tesoreria General de la República por internet, según número de certificado, y además, consta el pago de la primera patente por la suma de $ 301.264.- (trescientos un mil doscientos sesenta y cuatro), pagada en la Tesoreria General de la República, según certificado. QUINTO: Que, con el informe del Servicio Nacional de Geología y Minería, Zona Sur, a folio 8, de fecha 03 de junio de 2022, mediante Oficio No.001660, de fecha 30 de mayo del mismo año, se establece que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano de la referida concesión, se encuentran conforme con las disposiciones legales vigentes, añadiéndose que la forma, las dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión solicitada se ajustan a la ley, quedando comprendida dentro del terreno pedido y la revisión de estos antecedentes se realizó a través de la página www.pjud.cl. SEXTO: Que las coordenadas U.T.M. referidas al Elipsoide Internacional de 1924, Datum Provisorio Sudamericano La Canoa de 1956, Huso 18, del Punto Medio (P.M) y de los cuatro vértices que delimitan la concesión de la exploración solicitada son las siguientes: P.M. NORTE: 5.815.000,00 metros y ESTE: 715.500,00 metros V1 NORTE: 5.816.500.00 metros y ESTE: 715.000,00 metros V2 NORTE: 5.816.500.00 metros y ESTE: 716.000,00 metros V3 NORTE: 5.813.500.00 metros y ESTE: 716.000,00 metros V4 NORTE: 5.813.500.00 metros y ESTE: 715.000,00 metros. El punto medio se encuentra a una distancia U.T.M. 1.581,14 metros, que equivale a un azimut U.T.M. de 179,5167 grados centesimales, medidos desde el vértice V1 (Norte-Este). SÉPTIMO: Que, conforme a lo expuesto en las motivaciones que anteceden, lo obrado en estos autos, permiten acceder a la solicitud de Código: XCPFXCXWPJC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl http://www.pjud.cl/ concesión de exploración formulada en los mismos, en los términos que se dirá en lo resolutivo.

Fallo

En mérito de lo expuesto, y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 34 y siguientes, 55, 56, 57, 87, 91 y 239 del Código de Minería, y artículos 42, 90, 93 y 105 del Reglamento del Código de Minería, se resuelve: I.- QUE SE APRUEBA el plano de la concesión de exploración solicitada en estos autos por INVERSIONES BOSQUEMAR LIMITADA. II.- Que se declara que queda CONSTITUIDA la concesión de exploración denominada “RITA 17”, ubicada en la comuna de Renaico, Provincia de Malleco, Región de la Araucanía, con una superficie de 300 hectáreas, a favor de INVERSIONES BOSQUEMAR LIMITADA. Publíquese esta sentencia en extracto de conformidad a lo dispuesto por el artículo 90 del Código de Minería. Inscríbase la sentencia y archívese el plano correspondiente en el Conservador de Minas de Angol. En su oportunidad dese copia. En Angol, a cuatro de noviembre de dos mil veintidós; anoté por el estado diario la sentencia que antecede, en conformidad al artículo 162 del Código de Procedimiento Civil. Mozj Código: XCPFXCXWPJC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Código: XCPFXCXWPJC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-11-04T12:18:54-0300

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FOJA: 15.- quince.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Angol CAUSA ROL : V-8-2022 CARATULADO : INVERSIONES BOSQUEMAR LIMITADA/ ANGOL, cuatro de noviembre de dos mil veintidós. PRIMERO: A folio 1, con fecha 20 de enero de 2022, a las 21:08 horas, compareció doña AÍDA LORETO RETAMAL ZÚÑIGA, nacionalidad chilena, casada, abogado, cédula de identidad No.10.607.702-9, en re

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