2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

HITES S.A../INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE SANTIAGO

Rol

I-197-2023

Fecha

12 de junio de 2023

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos por los cuales la empresa fue sancionada, se verificaron en la ciudad de Santiago, afectando a otros trabajadores, en tanto la causa a la que alude la reclamante se verificaron en Ovalle y afectó a otros dependientes. En lo demás, indica que no son efectivos los argumentos dados por la actora, dado lo cual solicita el rechazo de la reclamación, con costas. Los demás

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 24 de abril de 2023, comparecen doña Francis Reyes Castro y don Ramón Domínguez Hidalgo, abogados, en representación de HITES S.A., RUT 81.675.600-6, anteriormente conocida como Comercializadora S.A., todos domiciliados en Avenida Vitacura 2736, oficina 1601, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, interponiendo reclamación judicial conforme al artículo 503 del Código del Trabajo, en contra de INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE SANTIAGO, representada por su jefe, don Guillermo Reyes Arredondo, con domicilio en Moneda 723, comuna de Santiago, por haber dictado la Resolución de Multa N° 1920/23/19, de 29 de marzo de 2023, notificada a su parte el 4 de abril último, por las razones que pasa a exponer. Señalan que la empresa fue sancionada por las siguientes razones: “No dar cumplimiento al convenio colectivo vigente a la fecha, referente a las obligaciones contenidas en la cláusula N° 5.15, “Beneficio compras del personal Hites”, respecto de los trabajadores Dominique Salinas Castillo, Gissela González Barría, Viviana Carvajal Carpio, Catalina González Urbina, Catherine Moya Miranda, Gastón Orellana Andrades, Alicia Llanca González, José Arriagada Ramírez y Yuri San Martín Garrido, al establecer en forma unilateral, condiciones y modificaciones adicionales, las cuales no fueron pactadas en instrumento colectivo y que se informa a los trabajadores mediante comunicado en diario mural y correo electrónico”. Continúan indicando que la resolución indica que existe infracción al artículo 326 inciso 2° del Código del Trabajo, en relación con el 506 del mismo código. La multa asciende a 60 UTM. Sostienen que la empresa forma parte del Grupo de Empresas Hites, que han sido consideradas como único empleador en

Fallo

fallo del 8 de junio de 2012, causa Rit O-2017-2012, de este 2° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Así, indican que se ha sancionado a la misma empresa, en su tienda de la ciudad de Ovalle, por los mismos hechos, con la resolución de multa N° 8081/22/26, cursada por la Inspección del Trabajo de Limaré, judicializada en autos I-2-2023, del 3° Juzgado de Ovalle. Por ende, debe dejarse sin efecto la multa en este Tribunal, pues, de no ser así, se estaría infringiendo el principio non bis in ídem. Agregan que, la cláusula del convenio colectivo que supuestamente se encuentra infringida, establece un descuento en el precio por la compra de productos por parte de personal de Hites, tanto para los que pagan con la tarjeta Hites como para los que pagan al contado. En ambos casos, se requiere acreditar la identidad del trabajador, para que el descuento no sea usado por terceros. Para ello, la empresa ha dispuesto cajas específicas a fin de tener un mejor control sobre las operaciones. Por ello, indican, no existe ninguna infracción a la cláusula, incurriendo la fiscalizadora en un error de hecho. Añaden que la reclamada ha excedido sus facultades, asumiendo las jurisdiccionales al calificar e interpretar el contrato colectivo, por ello, infringiendo la garantía fundamental del artículo 19 N° 3 inciso 4° de la Constitución Política, así como el artículo 7 del mismo cuerpo legal. Además, señalan que la resolución de multa carece de fundamentación suficiente, cayendo en arbitr

Texto Completo (Preview)

Santiago, doce de junio de dos mil veintitrés. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 24 de abril de 2023, comparecen doña Francis Reyes Castro y don Ramón Domínguez Hidalgo, abogados, en representación de HITES S.A., RUT 81.675.600-6, anteriormente conocida como Comercializadora S.A., todos domiciliados en Avenida Vitacura 2736, oficina 1601, comuna de Las Condes, Región Metropolit

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