ALMONACID/CONTRERAS
Rol
C-363-2020
Fecha
2 de noviembre de 2022
Materia
MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: A folio comparece don Cristhian Scholz C rdenas, abogado, en representaci n deá ó don Jos Guillermo Almonacid Ne n, pensionado, casado, domiciliado en Gabrielé ú Gonz lez Videla S/N, Poblaci n Gustavo Torres, comuna y ciudad de Calbuco, eá ó interpone demanda en juicio ordinario civil de acci n reivindicatoria en contra de Juanó Enrique Contreras Maldonado, independiente, casado, domiciliado en Isla Quihua S/N, comuna de Calbuco. Explica que en virtud de escritura p blica de compraventa con fecha 23 de eneroú de 2002, y posterior escritura rectificatoria de fecha 19 de junio de 2009, ambas otorgada en la notar a de esta ciudad, don Juan Enrique Contreras Maldonado, do aí ñ Rosa del Carmen Maldonado lvarez, do a Mar a Edith Contreras Maldonado y do aÁ ñ í ñ Ana Luisa Contreras Maldonado le vendieron un inmueble r stico denominado lote 7-D,ú de una superficie de 0,5 hect rea ubicado en la isla Quihua, comuna de Calbuco, coná los siguientes deslindes especiales: Noreste: Parte del Lote 7-A en cien metros separado por cerco; Sureste: Camino vecinal en cincuenta metros que lo separa del Mar Chileno; Suroeste: Lote 7-B en cien metros, separado por cerco; y Noroeste: Lote 7-A en cincuenta metros, seg n plano, minuta de deslindes y certificado del Servicio Agr cola yú í Ganadero, archivados en el Agregado de Protocolo de la Notaria de Calbuco, bajo el n mero 8-2002. ú Expone que el inmueble en cuesti n rola inscrito a Fs. 399 N 399 del Registro deó ° Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Calbuco correspondiente al a o 2009, yí ñ su rol de aval o corresponde al n mero 242-58 de la misma comuna.ú ú Afirma que, en el mes de enero de 2020, y con intenciones de ofrecer en venta el referido inmueble contrat los servicios del Topografo Luis Meza Oliva, a fin de queó ́ corrobore la superficie y ubicaci n del inmueble adquirido, puesto que en el planoó mandado a elaborar por los vendedores en la poca que le transfirieron el bien ra z, seé í percat de que el emplazam
Fundamentos
considerando: PRIMERO: De la demanda. Que en estos antecedentes compareci el abogadoó don Cristhian Scholz C rdenas en representaci n de don Jos Guillermo Almonacidá ó é Ne n, demandando en juicio ordinario de acci n reivindicatoria a don Juan Enriqueú ó Contreras Maldonado, solicitado le sea reivindicado el retazo de 912,22 metros cuadrados del inmueble que se encuentra inscrito a fojas 399 N 399 del Registro de° Propiedades del Conservador de Bienes Ra ces de Calbuco, del 2009.í Funda su demanda se alando que adquiri el inmueble r stico denominado Loteñ ó ú 7-D de una superficie de 0,5 hect reas ubicado en Isla Quihua, comuna de Calbuco aá trav s de escritura p blica de compraventa de fecha 23 de enero de 2002 y posterioré ú Código: QRKQXCRTQFB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl escritura rectificatoria de fecha 19 de junio de 2009, por don Juan Enrique Contreras Maldonado, do a Rosa del Carmen Maldonado lvarez, do a Mar a Edith Contrerasñ Á ñ í Maldonado y do a Ana Luisa Contreras Maldonado, cuyos deslinden son Noreste: Parteñ del Lote 7-A en cien metros separado por cerco; Sureste: Camino vecinal en cincuenta metros que lo separa del Mar Chileno; Suroeste: Lote 7-B en cien metros, separado por cerco; y Noroeste: Lote 7-A en cincuenta metros. Como fundamento jur dico, se remitení a los art culos 889, 890 y 907 del C digo Civil. Por todo lo anterior, procede que seí ó ordene la reivindicaci n del retazo singularizado que tiene sobre dicho inmueble.ó SEGUNDO: De la contestaci nó . Que enfrentando esa pretensi n laó demandada contest la demanda solicitando su total rechazo. Expone que es efectivo queó en conjunto a su madre y hermanas le vendieron al actor un inmueble r sticoú denominado Lote 7-D, de una superficie de 0,5 hect reas, ubicado en Isla Quihua,á comuna de Calbuco, quien es el actual propietario de dicho lote, pero que la entrega de hizo de buena fe, y que desconoce que la porci n que faltar a le correspond a a l en suó í í é lote. TERCERO: De la conciliaci n e interlocutoria de prueba.ó Que, fracasado el llamado a conciliaci n, se fijaron los puntos de prueba consistentes en: 1) Titular deó dominio sobre el inmueble materia de la demanda. Modo y fecha de su adquisici n; 2)ó Efectividad de ser el demandado actual poseedor de dicho retazo de terreno. Hechos que constituyen su posesi n, t tulo que la justifica y plazo de la misma; 3) Singularizaci n deló í ó inmueble cuya posesi n el actor afirma haber perdido. Deslindes, cabida y dem só á antecedentes. CUARTO: Prueba del demandante. Que a fin de comprobar los hechos que fundamentan su acci n, el actor aport los siguientes medios de prueba:ó ó a) Documental: Acompa ada en la solicitud de medida prejudicial: ñ 1. Copia de la escritura p blica de compraventa de fecha 23 de enero de 2002, otorgada en la notariaú ́ de Calbuco, ante el notario titular, don Alejandro Soto Vera, repertorio N 16 del° Protocolo de Instrumentos P
Fallo
fallo favorable a las pretensiones del actor. En el casoó de sublite, debe el actor precisar la situaci n del retazo y los linderos de ese predio, poró lo que de la sola lectura del libelo se se ala que ( ) la presente reivindicaci n se tratañ “ … ó precisamente de un retazo de 912,22 metros cuadrados que, atendida la modificaci nó unilateral del plano realizada por la contraria durante un acto particional, se emplaza hacia el deslinde sur y no hacia el norte como pudo pensarse. ( ) el inmueble de su… propiedad deber a tener cien metros de largo por cincuenta metros de ancho, empero,í hacia el sur le faltan los 912,22 metros cuadrados para completar dicha superficie . Por” lo que entiende se encuentra cumplido este primer presupuesto de la acci n, toda vezó que la cosa reivindicada se trata de un retazo de un bien ra z de 912,22 metrosí cuadrados del inmueble r stico denominado Lote 7-D, de una superficie de 0,5 hect reasú á ubicado en Isla Quihua, comuna de Calbuco, y deslinda al Noreste: Parte del Lote 7-A en cien metros separado por cerco; Sureste: Camino vecinal en cincuenta metros que lo separa del Mar Chileno; Suroeste: Lote 7-B en cien metros, separado por cerco; y Noroeste: Lote 7-A en cincuenta metros, inscrito a fojas 399 N 399 del registro de° Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Calbuco correspondiente al a o 2009. í ñ NOVENO: El actor es due o del inmueble reivindicadoñ . Que, respecto del segundo presupuesto de la pretensi n, el actor sostiene que es du
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Calbuco CAUSA ROL : C-363-2020 CARATULADO : ALMONACID/CONTRERAS Calbuco, dos de noviembre de dos mil veintid s.ó Vistos: A folio comparece don Cristhian Scholz C rdenas, abogado, en representaci n deá ó don Jos Guillermo Almonacid Ne n, pensionado, casado, domiciliado en Gabrielé ú Gonz lez Videla S/N, Poblaci n Gustavo Torres, comuna
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