COMPAÑÍA MINERA DOÑA INÉS DE COLLAHUASI SCM/FISCO DE CHILE - CONSEJO DEFENSA DEL ESTADO
Rol
C-2787-2021
Fecha
2 de noviembre de 2022
Materia
SERVIDUMBRE MINERA
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1, comparece don MARIO ALFONSO GONZÁLEZ DÍAZ, abogado, en representación de COMPAÑÍA MINERA DOÑA INÉS DE COLLAHUASI SCM, Rol Único Tributario Nº89.468.900-5, ambos domiciliados en Avenida Baquedano Nº902, comuna de Iquique, quien interpone demanda en juicio sumarísimo de constitución de servidumbre legales mineras, en contra del Fisco de Chile, representado por el Abogado Procurador Fiscal de la I Región de Tarapacá, don Marcelo Fainé Cabezón, ambos domiciliados en calle Sotomayor N°528, piso 5, de la comuna de Iquique; a fin de que se constituyan las servidumbres legales mineras de ocupación, eléctrica y tránsito, en favor de la Planta de Beneficios y de las pertenencias mineras Ceilán 1 al 180. Señala que Compañía Minera Doña Inés De Collahuasi Scm, es dueña de las pertenencias mineras ubicada en la comuna de Pica, Provincia del Tamarugal, I Región Tarapacá, denominadas Ceilán 1 al 180, cuya sentencia constitutiva y acta de mensura se encuentran inscritas a fojas 642 Nº125, del Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Pozo Almonte, correspondiente al año 1994, agrega que la inscripción de dominio a nombre de Collahuasi rola a fojas 806 Nº 149, del mismo Registro, Conservador y año. Indica que las referidas pertenencias forman parte del denominado “Proyecto Minero Collahuasi”, el cual contempla la explotación de los yacimientos denominados Ujina y Rosario, desde el cual se obtiene concentrado de cobre. Agrega que los yacimientos minerales del Proyecto Minero Collahuasi, y la mayor parte de sus Código: JPNQXCFWXFB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl instalaciones productivas, se emplazan en el altiplano chileno, comuna de Pica, Provincia del Tamarugal, a aproximadamente 220 kilómetros al sureste de la ciudad de Iquique, en terrenos de propiedad de Collahuasi. Agrega que, entre las instalaciones del Proyecto Minero, se encuentra una Planta de Beneficios Minerales Sulfurados,
Fundamentos
CONSIDERANDO: Código: JPNQXCFWXFB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PRIMERO: A folio 1, comparece don MARIO ALFONSO GONZÁLEZ DÍAZ, abogado, en representación de COMPAÑÍA MINERA DOÑA INÉS DE COLLAHUASI SCM, quien, por los motivos señalados en la parte expositiva, interpone demanda de concesión de servidumbres mineras que indica, en contra del FISCO DE CHILE representado por el Abogado Procurador Fiscal de Iquique, don MARCELO FAINE CABEZÓN, solicitando se declaren constituidas las servidumbres legales de ocupación, construcción, operación, tendido eléctrico y tránsito, para ser ocupadas en labores de explotación minera, sistemas de comunicación, mineroductos, acueductos, canales, cañerías, estaciones de bombeo, oficinas, caminos, postación, tendido de líneas eléctricas, subestaciones eléctricas, estaciones de drenaje, construcciones y demás obras complementarias e instalaciones necesarias para llevar a cabo la operación del Proyecto Minero Collahuasi. SEGUNDO: A folio 17, se llevó a efecto el comparendo de contestación, conciliación y prueba, compareciendo la abogada doña Javiera Palza Cordero, por la demandada, contestando por medio de minuta escrita la demanda, solicitando su rechazo por no cumplir con los requisitos de la constitución de servidumbres mineras, en subsidio que se rechace la demanda mientras no se cumpla con los presupuestos indicados en la parte expositiva de este
Fallo
Por tanto, previas citas y argumentos legales, solicita que se declaren constituidas a su favor, las servidumbres legales mineras de ocupación, construcción, operación, tendido eléctrico y tránsito, para las labores de explotación minera, sistemas de comunicación, mineroductos, acueductos, canales, cañerías, estaciones de bombeo, oficinas, caminos, postación, tendido de líneas eléctricas, subestaciones eléctricas, estaciones de drenaje, construcciones y demás obras complementarias e instalaciones necesarias para llevar a cabo la operación del Proyecto Minero Collahuasi; además, se constituya servidumbre minera de tránsito por todo el predio sirviente solicitado en servidumbre o en subsidio, en aquella determinada por el tribunal. Además solicita, se determine que la indemnización que el demandante deberá pagar al dueño del predio sirviente, se realice en pagos anuales, los primeros 5 días de cada año, sin perjuicio del primer pago proporcional. Pide también, que las servidumbres se concedan y cesen cuando termine el aprovechamiento de las concesiones mineras y establecimientos de beneficio invocados como bienes dominantes, estimando una duración de 50 años como plazo mínimo; y finalmente se ordenen las inscripciones en el Registro de Hipotecas y Gravámenes del Conservador de Bienes Raíces de Iquique y la subinscripción de la servidumbre al margen de las inscripciones en que rolan los predios sirvientes. Todo lo anterior, con costas. Código: JPNQXCFWXFB Este documento tien
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FOJA: 103 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Iquiqueº CAUSA ROL : C-2787-2021 CARATULADO : COMPA A MINERA DO A IN S DE COLLAHUASIÑÍ Ñ É SCM/FISCO DE CHILE - CONSEJO DEFENSA DEL ESTADO Iquique, dos de Noviembre de dos mil veintidós VISTO: A folio 1, comparece don MARIO ALFONSO GONZÁLEZ DÍAZ, abogado, en representación de COMPAÑÍA MINERA DOÑA INÉS DE COLLAHUASI SC
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