1º Juzgado Civil de Talcahuano

MUÑOZ/

Rol

V-63-2022

Fecha

2 de noviembre de 2022

Materia

NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: En folio 1, compareci do a ó ñ JAVIERA ANTONIA MU OZ CASTILLOÑ , estudiante, domiciliada en calle Guayac n N° 276, comuna de Talcahuano,á solicitando autorizaci n para rectificar su partida de nacimiento, en el sentido deó suprimir de ella su primer nombre, en base a las siguientes consideraciones de hecho y derecho. Relata que fue inscrita por sus padres Claudio Javier Mu oz Narv ez ñ á y Karen Alejandra Castillo Eyde, con el nombre de JAVIERA ANTONIA MU OZÑ CASTILLO, sin experimentar conflictos con su primer nombre; sino que fue en la etapa de su preadolescencia pues identific una identidad a la que no quer aó í corresponder, con la cual no se sent a conforme, lo que claramente fue una etapaí dif cil, abrumadora y desalentadora para ella. A ade que luego de un intensivoí ñ trabajo de amor propio y de haberse replanteado su identidad, sus gustos o su personalidad, pues se hab a aceptado tal cual era, en adelante, todo se dio bien yí se present al mundo en esta nueva etapa de su vida con el nombreó “ANTONIA”, queriendo significar con ello que lo que hab a vivido tiempo atr s,í á qued en el pasado y comenzaba ahora un nuevo estilo de vida. ó Agrega que tanto en su entorno familiar, de amistad y universitario, la reconocen ya por el nombre “ANTONIA”, pues as se presenta entre sus pares;í de igual forma en sus redes sociales y en documentos extraoficiales, de modo que ya no se identifica o presenta con el primer nombre de su partida de nacimiento, result ndole extra o tener aun en documentos oficiales su primer nombre;á ñ circunstancia por la que decidi hacer oficial la rectificaci n de su partida deó ó nacimiento, deduciendo la acci n de autos. ó Cita y transcribe en su apoyo el art culo 1 letra a) de la Ley 17.344,í afirmando adem s que de acuerdo con el Diccionario de la Real Academiaá Espa ola, el menoscabo es el efecto de menoscabar, que importa deteriorar oñ Código: CHTNXCPBGCB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en htt

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en folio 1 comparece do a ñ JAVIERA ANTONIA MU OZ CASTILLOÑ , quien solicita que se autorice la eliminaci n de su primeró nombre, fundada en el art culo 1 letra a). de la ley N° 17.344, por cuanto no seí identifica con l y el menoscabo y aflicci n que le provoca cuando es as llamada,é ó í todo, conforme a las razones expuestas en la primera parte de esta sentencia, las que se dan por reproducidas. SEGUNDO: Que, el art culo 1° inciso 2° de la Ley N° 17.344, disponeí que: “… cualquiera persona podr á solicitar, por una sola vez, que se la autorice para cambiar sus nombres o apellidos, o ambos a la vez, en los casos siguientes: a) Cuando unos u otros sean ridículos, risibles o la menoscaben moral o materialmente; b) Cuando el solicitante haya sido conocido durante más de cinco años, por motivos plausibles, con nombres o apellidos, o ambos, diferentes de los propios, y c) En los casos de filiación no matrimonial o en que no se encuentre determinada la filiación, para agregar un apellido cuando la persona hubiera sido inscrita con uno solo o para cambiar uno de los que se hubieren impuesto al nacido, cuando fueren iguales”. TERCERO: Que, en el caso de autos, estamos en presencia, precisamente, de la situaci n que previene el art culo 1°, inciso segundo, letra a). de la Leyó í N° 17.344, toda vez que la peticionaria indica que, por razones ocurridas durante su infancia, llevar el nombre de JAVIERA o, ser nombrada as por la comunidad oí en diversos tr mites, le provoca un menoscabo o detrimento moral, al vincular coná una poca en su vida que no quiere identificarse ni se siente representada; estandoé en ello contestes las testigos referidas en lo expositivo de la sentencia, existiendo en estos antecedentes, en consecuencia, los motivos plausibles que exige la ley, Código: CHTNXCPBGCB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl habi ndose por lo dem s efectuado las publicaciones en el Diario Oficial yé á evacuado el informe del Servicio de Registro Civil. CUARTO: Que, por las razones precedentemente se aladas, no existiendoñ oposici n, y habiendo procedido el tribunal con conocimiento de causa, previaó informaci n sumaria de testigos, se estima por esta judicatura que correspondeó hacer lugar a la petici n formulada, en la forma que se dir en lo resolutivo.ó á QUINTO: Que, consta, adem s, que la solicitante no registra rdenes deá ó arresto o aprehensi n pendientes, as como tampoco rdenes de arraigo ni encargosó í ó judiciales en su contra.

Fallo

Por tanto, previas citas legales, pide en definitiva se autorice el cambio de su primer apellido en los t rminos expuestos en esta presentaci n, quedando ené ó definitiva como ANTONIA MU OZ CASTILLOÑ . En el tercer otros de su libelo, acompa a su Certificado de nacimiento,í ñ emitido por el Registro Civil e Identificaci n, el que figura inscrito bajo el N°ó 1.488, registro S, de la circunscripci n Presidente R os, a o 2002. ó í ñ En folio 9, rola publicaci n de la solicitud de autos en el Diario Oficial deó 15 de junio de 2022, Secci n III, N°43.279; p gina 1 y su correspondienteó á Certificaci n, en folio 11. Luego, en folio 16, se certifica que no hubo oposici n aó ó la solicitud de autos. En folio 12, rola informaci n sumaria de testigos, declarando al efecto do a ó ñ Florencia Aravena Henr quez, c dula nacional de identidad N° 20.968.220-6 yí é do a Mar a Jos Stainger Gonz lez, c dula nacional de identidad N° 21.157.595-6,ñ í é á é quienes legalmente juramentadas exponen de forma conteste: Que conocen a la solicitante desde el mes de marzo de este a o, en raz n de ser compa eras en lañ ó ñ universidad, en donde es conocida, tratada y as se presenta ante todos, con elí nombre de Antonia, ya que no se identifica con su primer nombre y que se entristece mucho cuando, al realizar tr mites, es llamada con su primer nombre.á En folio 21, rola informe N° 3925 proveniente del Servicio de Registro Civil e Identificaci n, de fecha 11 de agosto de 2022.ó Se ala dicho documento, qu

Texto Completo (Preview)

NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Talcahuano CAUSA ROL : V-63-2022 CARATULADO : MU OZ/Ñ Talcahuano, dos de Noviembre de dos mil veintid só VISTO: En folio 1, compareci do a ó ñ JAVIERA ANTONIA MU OZ CASTILLOÑ , estudiante, domiciliada en calle Guayac n N° 276, comuna de Talcahuano,á solicitando autorizaci n para rectificar su partida de nacimiento, en el sentido deó sup

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica