DÍAZ/TANNER SERVICIOS FINANCIEROS S.A
Rol
C-948-2022
Fecha
28 de octubre de 2022
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Comparece don CARLOS FABIÁN DÍAZ MACHUCA, trabajador dependiente, domiciliado para estos efectos en calle Huérfanos 1373, oficina 1311, comuna de Santiago, quien deduce demanda en juicio ordinario de prescripción de acciones de cobro de pagaré en contra de TANNER SERVICIOS FINANCIEROS S.A., persona jurídica del giro de su denominación, representada por don Antonio Turner Fabres, ambos domiciliados en calle Huérfanos 863, piso 3, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana. Funda su acción en el pagaré N°171642, de fecha 3 de agosto de 2016, por un monto de $4.675.283.- el cual se hizo exigible y se dejó de pagar el día 5 de marzo de 2018 según se acreditará con informe de Boletín Comercial Equifax N°171642, cuyo librador es el demandado, quien no ha iniciado acción judicial alguna en su contra para el cobro de las cuotas morosas del pagaré, dentro del plazo que establece la Ley N° 18.092 sobre Letras de Cambio y Pagarés, por lo que se encuentra prescrito. Luego cita lo dispuesto en los artículos 98 y siguientes de la Ley N° 18.092; y artículos 2492 y 2514 del Código Civil, que estima se aplica a los hechos. En la conclusión y previas citas legales, solicita tener por interpuesta demanda en juicio ordinario de prescripción, en contra del demandado, ya individualizado, acogerla a tramitación y, en definitiva, declarar que las acciones legales para el cobro de las cuotas morosas del pagaré, se encuentran prescritas por no haber ejercido las acciones y derechos dentro del plazo que le confiere la Ley, con costas. Con fecha 12 de julio de 2022 se verificó la notificación de la demanda. Con fecha 28 de julio de 2022, el demandado contestó la demanda, allanándose expresamente respecto de todos los argumentos de hecho expuestos en la demanda. Con fecha 23 de septiembre de 2022 se evacuó el trámite de la réplica. Se citó a las partes para oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Código: JPFKXCXELXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 PRIMERO: Que don Carlos Fabián Díaz Machuca, dedujo demanda sobre prescripción extintiva de las acciones de cobro del pagaré en contra de Tanner Servicios Financieros S.A. y sobre la base de los fundamentos expuestos en la parte expositiva de la presente sentencia, solicitó se declare que las acciones legales para el cobro de las cuotas morosas del pagaré, se encuentran prescritas por no haber ejercido las acciones y derechos dentro del plazo que le confiere la Ley, con costas. SEGUNDO: Que la demandada se allanó a los fundamentos de hecho expuestos en la demanda. TERCERO: Que con el objeto de acreditar su pretensión, el demandante acompañó en forma legal la DOCUMENTAL consistente en: a) copia de Pagaré N°171642, de fecha 3 de agosto de 2016, por un monto de $4.675.283.-; e b) Informe Comercial EQUIFAX. CUARTO: Que atendido el referido allanamiento, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 313 del Código de Procedimiento Civil, y concurriendo en la especie los requisitos que hacen procedente la prescripción extintiva, se acogerá la demanda, según se dirá en lo resolutivo.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 160, 170, 254, 341, 342 y siguientes del Código de Procedimiento Civil; 2492, 2493 y 2514 del Código Civil; y 98 y 107 de la Ley 18.092, se declara: I. Que se acoge la demanda y, en consecuencia, se declaran prescritas las acciones de la demandada contra el demandante, para el cobro de las cuotas morosas del pagaré N°171642, de fecha 3 de agosto de 2016. II. Que no se condena en costas a la demandada atendido el allanamiento. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. PRONUNCIADA POR DON RICARDO HUMBERTO CORTES CORTES, JUEZ TITULAR. AUTORIZA DOÑA LORETO GREZ BECKER, SECRETARIA SUBROGANTE. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintiocho de Octubre de dos mil veintidós Código: JPFKXCXELXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-10-28T17:11:15-0300
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RIT« » Foja: 1 FOJA: 16 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 26º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-948-2022 CARATULADO : DÍAZ/TANNER SERVICIOS FINANCIEROS S.A Santiago, veintiocho de Octubre de dos mil veintidós VISTOS: Comparece don CARLOS FABIÁN DÍAZ MACHUCA, trabajador dependiente, domiciliado para estos efectos en calle Huérfanos 1373, oficina 1311, comuna de Santiago, quien d
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