Juzgado de Letras de Casablanca

SILVA/YÁÑEZ

Rol

T-36-2022

Fecha

9 de junio de 2023

Materia

Costas, Daño moral, Despido indirecto, Despido injustificado, Indemnización convenciona, Indemnización por años de servicios, Prestaciones, Recargos, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y OÍDOS: Que comparece ante este tribunal doña MARIA REBECA SILVA SANDOVAL, cédula nacional de identidad número 15.419.473-8, soltera, chilena, profesora, domiciliada en Calle La Princesa N° 370, comuna de El Quisco y deduce denuncia por vulneración de derechos fundamentales, con indemnización por daño moral y en subsidio por despido injustificado, improcedente e indebido, en contra de DEPARTAMENTO DE EDUCACION MUNICIPAL DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE ALGARROBO, rol único tributario número 69.061.600-9 representada legalmente por don José Luis Yáñez Maldonado, cédula nacional de identidad número 11.971.021-9, , ambos domiciliado en Avenida Peñablanca N° 250, comuna de Algarrobo, Región de Valparaíso, conforme a las razones de hecho y de derecho que expone. Que celebradas las audiencias de rigor, se fija como fecha para la notificación de la sentencia definitiva el día 9 de junio de 2023.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Denuncia de tutela de derechos fundamentales con ocasión del despido y demanda subsidiaria de despido injustificado. La denunciante señala que con fecha 4 de noviembre del año 2019, inició su relación laboral con la denunciada, ingresando en calidad de reemplazo en la Escuela Básica el Yeco de la Comuna de Algarrobo. Agrega que, a partir de marzo 2020 asumió funciones en dicho establecimiento como docente en calidad de contrata, con un contrato de 43 horas, para realizar clases como profesora de educación básica y coordinadora pedagógica del segundo ciclo básico, que comprende los niveles de 5° básico a 8° básico. Indica que a partir de esa fecha, ya existían diversos conflictos en el establecimiento educacional, donde eran maltratados verbalmente por la Directora. Sostiene que en el año 2022, algunos profesores realizaron denuncias por acoso y agobio por parte de la directora, doña Carolina Alejandra Castro del Villar. Agrega que trabajó todo el año tratando de sobrellevar los episodios de ira de doña Carolina y diversos conflictos y discusiones entre ella y diversos funcionarios. Refiere que en el mes de marzo del año 2021, se renovó su calidad de contrata y comenzó a trabajar como Jefa de la Unidad Técnico Pedagógica en la Escuela El Yeco, con 44 horas de contrato, participando en el equipo directivo en conjunto a la Directora, Inspectora general y encargada de convivencia escolar. Alega que en el transcurso de la relación laboral, desde el año 2019 al año 2022, se presentaron claros hechos que constituyeron una vulneración de sus derechos fundamentales, de su integridad psíquica como también a su dignidad y dimensión ética de su desempeño como trabajadora. Añade que, esto se agudizó desde el año 2021, cuando asumió el cargo de Jefe de Unidad Técnico Pedagógica del Establecimiento educacional, donde se presentaron los siguientes hechos: 1. Expone que la Directora doña Carolina Castro del Villar, le solicita una especie de “vigilancia” y “persecución” hacia tres compañeras de trabajo, pues ella le indicó que necesitaba “desvincularlos a como dé lugar” y como una especie de represalia, debido a que ellas la habían denunciado por malos tratos el año anterior, “Debes supervisarle todo su desempeño, hasta el más mínimo detalle”, incluyendo lo que hacían y decían en sus momentos de descanso en sala de profesores. Añade que se sintió intimidada y en una situación muy incómoda, pues no estaba dentro de sus labores perseguir a tres trabajadoras y compañeras de trabajo. 2. Arguye que la Directora la obligó sistemáticamente a realizar trabajos de inspectora de patio, atender la fotocopiadora y labores de control sanitario, distintos a la naturaleza de su contrato. Agrega que no podía oponerse y al hacerlo recibía inmediatamente mal trato verbal. 3. Relata que se vio enfrentada en diversas ocasiones a un trato grosero de parte de la Directora, intimidada como trabajadora y mujer. Añade que la obligaba a defender su trato grosero

Fallo

se declara la absolución de doña Carolina Castro del Villar en el sumario administrativo instruido mediante Decreto N° 2322 de fecha 24 de noviembre de 2020. De lo anterior da cuenta el Decreto mencionado, lo que es concordante con los dichos del testigo don Pablo Carvajal Krause y de don José Luis Yáñez Maldonado quien declaró al mismo tenor en la prueba confesional. 12. Que la denunciante con fecha 5 de agosto de 2022, ingresó al Instituto de Seguridad del Trabajo (IST) refiriendo haber sufrido enfermedad profesional y fue citada a control los días: 9 de agosto de 2022, 17 de agosto de 2022, 29 de agosto de 2022, 20 de septiembre de 2022, 27 de septiembre de 2022, 4 y 5 de octubre de 2022. Así consta en los correos electrónicos incorporados que contienen los documentos referidos. 13. Con fecha 18 de agosto de 2022 se dicta Ordinario N° 274/2022 don Emilio Aguilera García Director Administrativo de Educación Municipal de la Ilustre Municipalidad de Algarrobo, dirigido a la denunciante doña María Rebeca Silva Sandoval, comunicando que a partir del 5 de septiembre de 2022, deja de pertenecer al Equipo Directivo de la Escuela Básica El Yeco, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 C del Estatuto Docente. En este sentido se estableció en el instrumento referido. 14. Que en virtud del Decreto Alcaldicio N° 3122 de fecha 26 de agosto de 2022 y conforme a lo establecido en el artículo 34 C del Estatuto Docente, se dispone el término de los servicios de la denunciante, a co

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Casablanca, nueve de junio de dos mil veintitrés VISTOS Y OÍDOS: Que comparece ante este tribunal doña MARIA REBECA SILVA SANDOVAL, cédula nacional de identidad número 15.419.473-8, soltera, chilena, profesora, domiciliada en Calle La Princesa N° 370, comuna de El Quisco y deduce denuncia por vulneración de derechos fundamentales, con indemnización por daño moral y en subsidio por despido injustif

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