2º Juzgado de Letras de Los Angeles

PARQUE EÓLICO CAMPO LINDO SPA/

Rol

V-241-2020

Fecha

28 de octubre de 2022

Materia

MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: En folio 1, con fecha 07 de octubre de 2020, a las 12.55 horas, se presenta don Álvaro Iriarte Baron, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad número 16.359.871-k, domiciliado en Avenida Holanda Nº 87, departamento 201, comuna de Providencia, de la ciudad de Santiago, en representación de PARQUE EÓLICO CAMPO LINDO SPA, sociedad del giro eléctrico, RUT N° 76.363.072-2, con domicilio en Rosario Norte 532, piso 19, Las Condes, Santiago, y expone: Que, mediante sentencia de fecha 15 de noviembre de 2018, dictada por el 1° Juzgado de Letras de Los Ángeles, en la causa Rol V-138-2018, se constituyó la concesión de exploración denominada "CAMPO LINDO 1B”, a nombre de PARQUE EÓLICO CAMPO LINDO SPA. Dicha sentencia se inscribió a fojas 114 N° 70, del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Los Ángeles, correspondiente al año 2019. Señala que en mérito de ello, y de acuerdo con lo dispuesto en el N° 5 del artículo 44 del Código de Minería, viene en solicitar se tenga presente que esta manifestación se hace en uso del derecho que otorga la mencionada concesión de exploración “CAMPO LINDO 1B”, de propiedad de su representada, citando el artículo 114 del Código de Minería. Expone que conforme a lo dispuesto por el inciso 2° del artículo 41 del citado cuerpo codificador, esta manifestación debe tenerse por presentada el 31 de mayo de 2018, por corresponder a la fecha en que se presentó el pedimento denominado “CAMPO LINDO 1B”, que dio origen a la concesión de exploración en que se funda esta manifestación. Refiere que en el ejercicio del derecho preferente establecido en las disposiciones citadas, viene en manifestar los terrenos comprendidos por la citada Código: SHCVXCVXTGX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl concesión de exploración “CAMPO LINDO 1B”, con el objeto de constituir una concesión de explotación de sustancias concesibles, de una superficie total de 200 hectáreas

Fallo

En mérito de lo expuesto y normas legales que cita, pide tener por presentada manifestación minera en uso del derecho preferente que otorga la concesión de exploración vigente denominada "CAMPO LINDO 1B", ordenando su inscripción y publicación en conformidad a la ley, y, otorgándole la copia autorizada al efecto, para que en definitiva se le otorgue la concesión de explotación solicitada. En el primer otrosí hace presente que para todos los efectos legales, la manifestación debe tenerse por presentada el día 31 de mayo de 2018. En folio 3, por resolución del 13 de octubre de 2020, se ordenó la inscripción y publicación de la manifestación. En folio 8, con fecha 15 de mayo de 2021, acompañó formulario 10, de pago de tasa de manifestación, folio 0007 6.627.310 y formulario 40, de pago de patente pertenencias folio 0007 6.655.284, ambos emitidos por la Tesorería Código: SHCVXCVXTGX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl General de la República, con timbre de caja de Banco de Chile de fecha 06 de noviembre de 2020 y 14 de mayo de 2021, respectivamente. Asimismo en folio 8, rola copia autorizada de la inscripción de la manifestación de fecha 28 de octubre de 2020, fojas 507 N°224 del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Los Ángeles correspondiente al año 2020; además rola Publicación en Boletín Oficial de Minería del día Lunes 09 de noviembre de 2020, ejemplar 42.800, en que aparece efectuada la

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de Los Angeles CAUSA ROL : V-241-2020 CARATULADO : PARQUE E LICO CAMPO LINDO SPA/Ó Los Angeles, veintiocho de Octubre de dos mil veintid só VISTO: En folio 1, con fecha 07 de octubre de 2020, a las 12.55 horas, se presenta don Álvaro Iriarte Baron, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad número 16.359.871-k, domiciliado

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