ESPINOZA/
Rol
V-151-2022
Fecha
27 de octubre de 2022
Materia
BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Que, en lo principal de folio 1, con fecha 02 de agosto de 2022, se presenta don Iván Esteban Avello Escobar, abogado, domiciliado en calle José Manso de Velasco N° 221, piso 10, oficina 1002, de la comuna de Los Ángeles, en representación convencional de don Juan Espinoza Candia, empresario, domiciliado en calle Tegualda N° 185, Condominio Las Vertientes, Pasaje Río Coto, casa N° 23, de la comuna de Chillán, y expone: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces, en la representación que inviste, viene en deducir reclamo ante la negativa del Señor Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles, de practicar la subinscripción al margen de la inscripción de dominio de fojas 3.687, número 2.007, del Registro de Propiedad a su cargo del año 2.017 (sic), requerida por su representado por medio de presentación de fecha 05 de agosto de 2.021, solicitando que con el mérito de los antecedentes y previo informe, se haga lugar a ella, en base a los argumentos de hecho y de derecho que señala. Que, don Juan Espinoza Candia es único y exclusivo dueño de un retazo de terreno que formó parte de la Parcela número 73 (sic), de la Colonia Santa Fe, ubicada en esta comuna, de una superficie de 23,30 hectáreas, y que tiene los siguientes deslindes especiales: Norte: con camino público; Sur: con camino público; Oriente: con la parte transferida a don Iván Pérez Cortés, y; Poniente: con camino público. Indica que se excluye de este inmueble, por lo que no pertenece a su dominio, un retazo de terreno transferido con anterioridad, de una superficie de Código: GYDXXBXXRYZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 13,8 hectáreas, inscrito a fojas 1.674, número 1.436, del Registro de Propiedad del año 1.997, a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles. Refiere que la inscripción de dominio del inmueble a nombre de don Juan Espinoza Candia rola a
Fundamentos
motivos de esta discrepancia entre la realidad física y jurídica del inmueble de dominio de su representado, son básicamente dos: (i) En la fecha en que se realizó la subdivisión del predio de mayor extensión del cual proviene esta propiedad, los instrumentos de medición empleados no tenían la misma precisión que los actuales, lo que genera diferencias relevantes en las superficies levantadas topográficamente, y; (ii) En el plano de subdivisión sólo se hizo referencia a los distintos propietarios con los cuales deslinda el inmueble, pero no a la longitud de cada vértice, lo cual imposibilita corroborar la exactitud del área de superficie que consigna en el mismo. Señala que, a fin de dar solución al problema, y unificar la realidad física y jurídica del inmueble, con fecha 05 de agosto de 2.021, don Juan Espinoza Candia, ingresó una presentación al Señor Conservador de Bienes Raíces, en la cual resumía la situación constatada en su inmueble, solicitando que con el mérito de los antecedentes acompañados, tuviera a bien subinscribir al margen de la inscripción de dominio de fojas 3.687, número 2.007, del Registro de Propiedad a su cargo del año 2.017 (sic), la superficie real del inmueble correspondiente a 8,09 hectáreas. Indica que el Señor Conservador de Bienes Raíces, con fecha 31 de agosto de 2.021, practicó la siguiente certificación en la solicitud de subinscripción requerida: “CERTIFICO: que la solicitud que en copia precede, formulada por don Juan Espiniza Candia, tendiente a modificar la cabida del resto del inmueble inscrito a fojas 3.687, número 2.017 del Registro de Propiedad del año 2007, se Código: GYDXXBXXRYZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl anotó en el libro Repertorio a mi cargo bajo en Nº 7.202.- Atendido lo dispuesto en los artículos 13, 52 y 53 del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces, se rehúsa dicha solicitud por ser legalmente inadmisible, toda vez que no le corresponde a este Conservador, calificar las circunstancias extra registrales (levantamiento topográfico y nuevo plano) enderezadas a establecer la exacta superficie y deslindes de los predios materia de las inscripciones.- Los Ángeles, treinta y uno (31) de agosto de dos mil veintiuno (2021)”. Explica que las normas citadas por el Señor Conservador de Bienes Raíces para no hacer lugar a la solicitud de su representado, no son aplicables porque la referencia al artículo 13 del Reglamento, establece requisitos de forma en virtud de los cuales el Conservador de Bienes Raíces puede rehusar las inscripciones que se le requieran, comúnmente relativos al otorgamiento de una escritura pública, lo que no aplica en la especie, porque el mismo Señor Conservador de Bienes Raíces en innumerables oportunidades accede a solicitudes de usuarios realizadas por medio de minutas escritas, como lo es, por ejemplo, la rectificación del rol de avalúo fiscal de un inmueble. Añade que la remisión a los a
Fallo
En mérito de lo expuesto y disposiciones legales que cita, solicita se sirva acoger la presente solicitud a tramitación, y previos los trámites legales, disponer que el Señor Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles, proceda a practicar subinscripción al margen de la inscripción de dominio de fojas 3.687, número 2.007, del Registro de Propiedad a su cargo del año 2.017 (sic), en la cual se haga expresa mención que la superficie del inmueble de dominio de su representado tiene una superficie real a 8,09 hectáreas.. En folio 1, se acompañó copia autorizada de contrato de compraventa otorgado por escritura pública de fecha 11 de abril de 2.007, ante el Notario Público Titular de Los Ángeles, don Axel Rolando Montero Burgueño, repertorio número 395-07; copia de inscripción con certificación de dominio vigente de fojas 3.687, número 2.017, del Registro de Propiedad del año 2.007 del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles; Solicitud de subincripción y negativa del Señor Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles; Copia autorizada de inscripción de fojas 4.439 vuelta, número 5.739 del Registro de Propiedad del año 1.990 del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles; copia autorizada de inscripción de fojas 1.674, número 1.436 del Registro de Propiedad del año 1.997 del Conservador de Bienes Raíces de Los Ángeles; certificado de avalúo fiscal del inmueble Rol 1555-219 de la comuna de Los Ángeles emitido por el Servicio de Impuestos Internos; Memoria explicativa de deslind
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Los Angelesº CAUSA ROL : V-151-2022 CARATULADO : ESPINOZA/ Los Angeles, veintisiete de Octubre de dos mil veintid só VISTO: Que, en lo principal de folio 1, con fecha 02 de agosto de 2022, se presenta don Iván Esteban Avello Escobar, abogado, domiciliado en calle José Manso de Velasco N° 221, piso 10, oficina 1002, de la comuna de Lo
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