PACHECO/BRICEÑO
Rol
C-7696-2022
Fecha
27 de octubre de 2022
Materia
ARRENDAMIENTO,COBRO RENTA BS.RAICES URBANOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 01 de agosto de 2022, por presentaci n realizada aó trav s de la oficina judicial virtual, comparece don Julio Alejandro Guzm né á Jordan, abogado, en representaci n convencional de ó Carolina Andrea Pacheco M ndezé , m dico cirujano, c dula nacional de identidad Né é ° 14.171.556-9, ambos con domicilio en calle Hu rfanos N 835, oficina 801,é ° comuna de Santiago, quien interpone demanda en procedimiento sumario especial de la Ley N 18.101, de t rmino inmediato de contrato de° é arrendamiento por no pago de rentas, en contra de don Elvis Daniel Brice o Materano, ñ ignora profesi n u oficio, c dula nacional de identidadó é para extranjeros N 26.296.384-5, domiciliado en calle Tarapac N 876,° á ° departamento 1209, comuna de Santiago. Funda su demanda en que con fecha 25 de abril de 2019, por intermedio de la corredora de propiedades do a Claudia Hurtado L pez, suñ ó representada celebr con el demandado un contrato de arrendamientoó respecto del inmueble de su propiedad, ubicado en Tarapac N 876,á ° departamento 1209, comuna de Santiago. Se ala que el mencionado contrato se pact por doce meses, añ ó contar del 08 de abril de 2019, pact ndose renovaci n autom tica porá ó á per odos sucesivos de doce meses cada uno, salvo que las partes le pusieraní t rmino mediante aviso escrito enviado al domicilio de su contraparte coné una anticipaci n no inferior a dos meses al vencimiento del per odoó í correspondiente. Menciona que en la cl usula 2 del contrato se acord que la rentaá ° ó mensual de arrendamiento ser a la suma de $300.000.-, la que ser a pagadaí í por mes anticipado, dentro de los cinco primeros d as de cada mes.í Refiere que en la cl usula 5 del contrato se estableci que, en casoá ° ó de no pago oportuno de la renta de arrendamiento, la suma adeudada devengar a t tulo de multa una cantidad equivalente al 1% de la rentaá í pactada, incluido su reajuste pactado, por cada d a de atraso en el pago.í Expresa que en la cl usula 6 del contrato se es
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en autos comparece do a Carolina Andreañ Pacheco M ndez, debidamente representada, quien deduce demanda deé terminaci n de contrato de arrendamiento por no pago de rentas, cobro deó rentas adeudadas, multas, servicios b sicos y restituci n de inmueble ená ó contra de don Elvis Daniel Brice o Materano, en virtud de los fundamentosñ de hecho y de derecho ya rese ados en la parte expositiva de esta sentencia.ñ SEGUNDO: Que se tuvo por contestada la demanda, en rebeld aí del demandado Sr. Brice o.ñ TERCERO: Que, a partir de los art culos 1915 y siguientes delí C digo Civil, se desprende que el contrato de arrendamiento es un contratoó bilateral en virtud del cual, una de las partes cede el goce de una cosa a otra, y el arrendatario se obliga a pagar un precio o renta determinada, y a restituirla al t rmino del contrato.é CUARTO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en los art culos 1924,í 1938 y 1942 de C digo Civil, las principales obligaciones para eló arrendador dicen relaci n con entregar al arrendatario la cosa arrendada yó mantenerla en el estado se servir para el fin a que ha sido arrendada; mientras que, por su parte, el arrendatario es obligado a usar la cosa seg nú los t rminos o esp ritu del contrato y a pagar el precio o renta convenida. Aé í su turno, seg n lo prev el art culo 1977 del c digo ya citado, la mora enú é í ó un periodo entero en el pago de una renta, da derecho al arrendador para hacer cesar de inmediato el contrato, practicadas las reconvenciones de rigor. QUINTO: Que, la controversia suscitada en estos autos radica en dirimir acerca de la efectividad de haberse celebrado un contrato de arrendamiento entre las partes de esta causa, sus cl usulas, condiciones yá estipulaciones, y la existencia de rentas efectivamente adeudadas por la parte demandada como asimismo la efectividad de adeudar gastos de servicios b sicos y gastos comunes, seg n refiere el actor en su libelo, y deá ú conformidad a los puntos de prueba fijados por el Tribunal. SEXTO: Que, atendida la naturaleza de la acci n deducida, esó carga de la parte demandante acreditar la efectividad de las obligaciones contra das por el demandado, y es de cargo de este ltimo acreditar que lasí ú ha cumplido. S PTIMO: É Que a fin de acreditar lo correspondiente, la parte demandante acompa la siguiente prueba instrumental, no objetada yñó pertinente para la resoluci n del asunto controvertido, consistente en: 1)ó Copia de contrato de arrendamiento suscrito con fecha 25 de abril de 2019, firmado ante notario p blico de Santiago don Juan Ricardo San Mart nú í Código: SLZKXBCXJWZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-7696-2022 Foja: 1 Urrejola; 2) copia de Registro de Propiedad con vigencia del inmueble consistente en el departamento N B-1209, del edificio con acceso principal° por calle Tarapac N 876, comuna de Santiago, inscrito a nombre deá ° Carolina Pacheco M ndez a fojas 77621 n mero
Fallo
fallo cause ejecutoria, bajo elí apercibimiento de que si as no lo hiciera se proceder a su lanzamiento, yí á el de todos sus ocupantes y enseres, con el auxilio de la fuerza p blica; queú se condene al demandado a pagar, a mi representada las siguientes sumas de dinero: $700.000.- (setecientos mil pesos) por concepto de rentas de arrendamiento de los meses de mayo, junio y julio de 2022, m s losá Código: SLZKXBCXJWZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-7696-2022 Foja: 1 intereses devengados a t tulo de multa, 1% calculado sobre la renta pactada,í incluido su reajuste pactado, por cada d a de atraso en el pago, conforme seí estableci en la cl usula 5 del contrato; $435.624.- (cuatrocientos treinta yó á ° cinco mil seiscientos veinticuatro pesos) por concepto de gastos comunes impagos con vencimiento al d a 15 de agosto de 2022; $347.144.-í (trescientos cuarenta y siete mil cientos cuarenta y cuatro pesos) por concepto de cuenta de electricidad y agua potables impagas al mes de julio de 2022; las rentas de arrendamiento, gastos comunes y consumos de servicios b sicos que se devenguen hasta la restituci n efectiva del inmueble,á ó m s el pago de los intereses, reajustes y multas que se devenguen hasta laá restituci n efectiva del inmueble; en subsidio, que se condene al demandadoó al pago de los montos que el tribunal fije en la sentencia; y se condene en costas al demandado. Luego, en el primer otros de su pre
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C-7696-2022 Foja: 1 FOJA: 14 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 17 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-7696-2022 CARATULADO : PACHECO/BRICE OÑ Santiago, veintisiete de Octubre de dos mil veintid só VISTOS: Con fecha 01 de agosto de 2022, por presentaci n realizada aó trav s de la oficina judicial virtual, comparece don Julio Alejandro Guzm né á Jordan, abogado, en representaci n
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