BANCO DE CHILE/GAZON
Rol
C-5309-2022
Fecha
27 de octubre de 2022
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A foja 1, comparecen Raul Santiago Lopez de Maturana Cabrera, Felipe Andres Flores Vega, Macarena Patrician Flores Jara y Gaspar Osvaldo Cortes Moya, todos abogados, mandatarios judiciales de Socofin S.A., persona jurídica del giro cobranza a terceros, representada por su gerente Mario Sandoval Hidalgo, ingeniero comercial, representante convencional de BANCO DE CHILE, sociedad anónima bancaria, del giro de su denominación, representada por su gerente general Eduardo Ebensperger Orrego, ingeniero comercial, todos con domicilio en calle Bandera Nº 577, segundo piso, comuna de Santiago, entablando demanda en juicio ejecutivo, en contra de CLAUDIA ALEJANDRA GAZÓN GAJARDO, ignoran profesión u oficio, con domicilio en Pasaje Chimcu N° 80, comuna de Maipú, por el cobro de la suma de $3.466.591.-, más los intereses que correspondan hasta hacerse entero y cumplido pago de la suma demandada, con costas. Fundan la demanda en que su representado es dueño y legítimo tenedor del pagaré a la vista que se acompañan en LLX C-5309-2022 Foja: 1 autos, suscrito con fecha 13 de mayo de 2022, por la suma de $3.466.591, por Sociedad Operadora de Tarjetas de Crédito Nexus S.A., representada por Marcelo Linker Urria, factor de comercio, y éste último en representación de la ejecutada, según consta en el Contrato de Apertura de Crédito, de Afiliación al Sistema y Uso de Tarjeta de Crédito, que forma parte del Contrato Unificado de Personas. Agregan que, de acuerdo a lo pactado en el pagaré, la cantidad adeudada devengaría desde su suscripción y hasta la fecha del pago efectivo, el máximo interés que permite la ley estipular para operaciones de crédito de dinero no reajustables. Sostienen que, presentado a cobro, el documento no fue pagado, adeudándose en consecuencia la cantidad de $3.466.591.-, suma a la que hay que agregar y calcular los intereses pactados, los penales y las costas de la causa. Finalmente, indican que el deudor liberó al Banco de la obligación de protesto, y q
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, como se indicó, Raul Santiago Lopez de Maturana Cabrera, Felipe Andres Flores Vega, Macarena Patrician Flores Jara y Gaspar Osvaldo Cortes Moya, mandatarios judiciales de Socofin S.A., representante convencional de BANCO DE CHILE, demandó ejecutivamente a LLX C-5309-2022 Foja: 1 CLAUDIA ALEJANDRA GAZÓN GAJARDO, en su calidad de deudor, por el cobro de la suma de $3.466.591.-, más intereses pactados que correspondan hasta el pago efectivo de la deuda, y solicitó se siga adelante con la ejecución hasta hacerse entero y cumplido pago de las sumas demandadas, con costas. Funda su pretensión en los argumentos consignados en la expositiva y que en esta parte del
Fallo
se declararon admisibles las excepciones opuestas, y la recepción a prueba de las mismas, fijando los correspondientes hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos. A folio 21, se citó a las partes para oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, como se indicó, Raul Santiago Lopez de Maturana Cabrera, Felipe Andres Flores Vega, Macarena Patrician Flores Jara y Gaspar Osvaldo Cortes Moya, mandatarios judiciales de Socofin S.A., representante convencional de BANCO DE CHILE, demandó ejecutivamente a LLX C-5309-2022 Foja: 1 CLAUDIA ALEJANDRA GAZÓN GAJARDO, en su calidad de deudor, por el cobro de la suma de $3.466.591.-, más intereses pactados que correspondan hasta el pago efectivo de la deuda, y solicitó se siga adelante con la ejecución hasta hacerse entero y cumplido pago de las sumas demandadas, con costas. Funda su pretensión en los argumentos consignados en la expositiva y que en esta parte del fallo se tienen por reproducidos, a fin de evitar reiteraciones. SEGUNDO: Que, la ejecutada opuso a la demanda ejecutiva de autos las excepciones contempladas en el artículo 464 N°s 7 y 11 del Código de Procedimiento Civil, por los motivos ya expresados en lo expositivo, solicitando que se deseche la demanda de autos en su totalidad, con costas. TERCERO: Que, en orden a acreditar sus dichos, la parte ejecutante acompañó al proceso los documentos en que funda la presente ejecución, los cuales se encuentran en parte custodia de Secretaría de la Tribunal,
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C-5309-2022 Foja: 1 FOJA: 17 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-5309-2022 CARATULADO : BANCO DE CHILE/GAZON Santiago, veintisiete de Octubre de dos mil veintid só VISTOS: A foja 1, comparecen Raul Santiago Lopez de Maturana Cabrera, Felipe Andres Flores Vega, Macarena Patrician Flores Jara y Gaspar Osvaldo Cortes Moya, todos abogados, mandata
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