BANCO SANTANDER CHILE / VALDEBENITO
Rol
C-2688-2016
Fecha
27 de octubre de 2022
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Con fecha, 14 de septiembre de 2016, en folio 1, se presenta don Luis Felipe Díaz Versalovic, abogado, domiciliado en Mendoza 490, ciudad de Los Ángeles, mandatario judicial, en representación convencional de Banco Santander Chile S.A., sociedad anónima bancaria del giro de su denominación, representada por su Gerente General, Don Claudio Melandri Hinojosa, factor de comercio, domiciliados en Bandera N° 140, piso 17, Santiago, y expone: Que, viene en interponer demanda ejecutiva en contra de don Jaime Marcelo Valdebenito Cardena, ignora profesión u oficio, domiciliado en El Sauce sitio 3 B, Los Ángeles. Señala que don Jaime Marcelo Valdebenito Cardena adeuda a su representada el importe correspondiente a 1 pagaré, Crédito en cuotas, en moneda nacional no reajustable, en cuotas fijas, N° 650024229321, suscrito a la orden del Banco Santander-Chile, el día 22 de mayo de 2015, por la suma de $24.769.398, por concepto de capital, pagadero conjuntamente con los intereses correspondientes, en 120 cuotas mensuales, sucesivas e iguales de $334.056 cada una, a excepción de la última y final que se pactó en la suma de $334.022, venciendo la primera de ellas el 10 de noviembre de 2015 y la última el 10 de octubre de 2025. Refiere que se estipuló que el capital adeudado devengaría intereses desde la fecha de suscripción del instrumento hasta su vencimiento, a una tasa del 0,79% mensual, lo que se entendería sin perjuicio del interés penal en caso de mora, simple retardo o prórroga, ascendente al interés máximo convencional, vigente a la fecha de suscripción del presente pagaré, o a la época de la mora o Código: HJGVXBTKXQZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl retardo, cualquiera de los dos que fuera el más alto, desde el momento del retardo y hasta el pago efectivo. Añade que se estipuló que el Banco podría hacer exigible el pago total de la suma de la deuda o del saldo a que esta se hallara reducida,
Fundamentos
considerando la presente obligación como de plazo vencido, en caso de mora o simple retardo en el pago de una cualquiera de las cuotas en que se dividió la obligación, sea de capital y/o intereses, sean consecutivas o no, sin perjuicio de los demás derechos del acreedor. Finalmente, refiere que el demandado, don Jaime Marcelo Valdebenito Cardena, ha dejado de pagar a su representado a partir de la cuota N° 7, que venció el día 10 de mayo de 2016, razón por la cual y de acuerdo a lo estipulado, Banco Santander-Chile viene en hacer exigible el total de lo adeudado, esto es, la suma de $23.530.928, más los intereses correspondientes hasta la fecha del pago efectivo, con costas, agregando que se estableció que el acreedor queda liberado de protestar el pagaré.
Fallo
En mérito de lo expuesto y normas legales que cita, pide tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de don Jaime Marcelo Valdebenito Cardena, ya individualizado, ordenando despachar mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $23.530.928, más los intereses correspondientes, ordenando se siga adelante con la ejecución hasta hacer a su representados entero y cumplido pago de lo adeudado, con costas. Con fecha 20 de febrero de 2019, en folio 6, comparece don Ricardo Valenzuela Irribarra en representación de Fondo de Inversión Privada Cartera 14, cesionaria del crédito de autos. En el segundo otrosí de la presentación de fecha 16 de junio de 2022, en folio 23, el ejecutado opuso a la ejecución la excepción del número 17 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil. El ejecutante no evacuó el traslado conferido. Código: HJGVXBTKXQZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Con fecha 30 de agosto de 2022, en folio 42, se declaró admisible la excepción opuesta por la apoderada del ejecutado, y se recibió la causa a prueba. Con fecha 19 de octubre de 2022, en folio 52, se citó a las partes a oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: 1°.- Que, conforme lo consignado en lo expositivo precedente, la ejecutante acciona ejecutivamente en contra del ejecutado persiguiendo el pago de la suma de $23.530.928, más intereses pactados y costas, correspondiente a una acreencia a su favor de q
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Los Angelesº CAUSA ROL : C-2688-2016 CARATULADO : banco santander chile / VALDEBENITO Los Angeles, veintisiete de Octubre de dos mil veintid só VISTO: Con fecha, 14 de septiembre de 2016, en folio 1, se presenta don Luis Felipe Díaz Versalovic, abogado, domiciliado en Mendoza 490, ciudad de Los Ángeles, mandatario judicial, en repres
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