COMPAÑÍA CIELO AZUL LIMITADA/
Rol
V-62-2021
Fecha
26 de octubre de 2022
Materia
MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que don Fernando Andrés Velasco Bahamóndez, Chileno, divorciado, abogado, en representación de COMPAÑÍA MINERA CIELO AZUL LIMITADA, sociedad chilena del giro de su denominación, Rol único Tributario N° 77.966.060-5, ambos domiciliados en calle Cerro El Plomo N° 5420, Oficina 1504, Las Condes, Santiago, presentó manifestación minera con fecha 03 de febrero de 2021 por la Oficina Judicial Virtual de este tribunal. Indica que haciendo uso del derecho que le confiere a su representada la concesión de exploración “MORADO 4”, con sentencia inscrita a fojas 213 N° 104 en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Mejillones del año 2019, viene en manifestar un yacimiento de sustancias concesibles, ubicadas en la comuna de Mejillones, provincia de Antofagasta, Región de Antofagasta. Punto de interés coordenadas U.T.M. Norte: 7.424.500,00 metros, Este: 375.100,00 metros. Las pertenencias son 300 que se denominan “MORADO 4 1 AL 300”. La cara superficial de cada una de ellas tiene 1 hectárea, que cubre en total 300 hectáreas, que forma un rectángulo orientación Norte-Sur que mide 3.000 metros y orientación Este-Oeste que mide 1.000 metros, referidas al Elipsoide Internacional de Referencia 1924, Datum Provisorio Sudamericano La Canoa 1956, Zona 19; reducida a folio 10, mensurando 293 pertenencias con una superficie de 293 hectáreas siendo “MORADO 4 1 AL 293”. Agrega se tenga como fecha de ingreso, el día de presentación del pedimento que dio origen a la concesión, vale decir el 29 de agosto de 2017; solicita se tenga por presentada la manifestación, y se ordene su inscripción y publicación. SEGUNDO: Que las publicaciones de la manifestación y de la solicitud de mensura se practicaron el 22 de febrero de 2021 y el 04 de octubre de 2021, en el ejemplar N° 42.887 y Nº 43.069 en el Boletín Oficial de Minería, según consta en copias agregadas digitalmente con fechas 08 de septiembre de 2021 y 15 de marzo de 2022 respectivamente
Fundamentos
considerando que, del análisis de los antecedentes que obran en autos y el mérito del informe técnico del Servicio Nacional de Geología y Minería, la presente causa se ajusta plenamente a la Ley, sin que existan vicios procesales, ni otras causales que ameriten la denegación de la concesión de explotación o la declaración de caducidad, por lo que es procedente acceder a lo solicitado. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 34 y siguientes, 59, 60, 71 y siguientes, 83, 84, 85, 86, 87, 88, 89, 90 y 95 del Código de Minería, 42, 43, y 44 de su reglamento;
Fallo
SE DECLARA: I. Que SE APRUEBA, el plano y el acta de mensura de las pertenencias de concesión de explotación denominada “MORADO 4 1 AL 293”, agregado digitalmente con fecha 28 de abril de 2022 a folio 10 y con fecha 4 de agosto de 2022 a folio 14. Código: GRLXXBEDPXZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II. Que SE DECLARA CONSTITUIDA, a favor de la solicitante COMPAÑÍA MINERA CIELO AZUL LIMITADA, representada por Fernando Andrés Velasco Bahamóndez, la concesión de explotación denominada “MORADO 4 1 AL 293”, de 290 hectáreas de superficie. Extráctese la presente sentencia en los términos del artículo 90 del Código de Minería y publíquese en el Boletín Oficial de Minería dentro del plazo de 120 días contados desde la fecha de la presente resolución. Inscríbase la presente sentencia y el acta de la mensura, asimismo archívese una copia del plano aprobado en el Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Mejillones. Entréguese por el interesado el original del acta y el plano aprobado al Servicio Nacional de Geología y Minería. Regístrese y archívese en su oportunidad. Dictada por doña Verónica Ramírez Mufdi, Juez Suplente del Juzgado de Letras y Garantía de Mejillones. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Mejillones, veintiséis de octubre de dos mil veintidós. Código: GRLXXBEDPXZ Este documento tiene firma electrónica y su original pue
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Garant a Mejillonesí CAUSA ROL : V-62-2021 CARATULADO : COMPA A CIELO AZUL LIMITADA/ÑÍ Mejillones, veintiséis de octubre de dos mil veintidós. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que don Fernando Andrés Velasco Bahamóndez, Chileno, divorciado, abogado, en representación de COMPAÑÍA MINERA CIELO AZUL LIMITADA, sociedad chilena del giro
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