MOLINA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CASTRO
Rol
C-1131-2022
Fecha
24 de octubre de 2022
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que ante este tribunal, con fecha 1 de julio de 2022 compareci do a ó ñ Edita de Lourdes Molina Cum n, í c dula de identidad n mero 6.950.103-6, pensionada,é ú domiciliada en calle F lix Garay N 838, comuna de Castro, quien interpuso demandaé ° de prescripci n extintiva de derechos municipales, en contra de la ó Ilustre Municipalidad de Castro, RUT N 69.230.400-4, representada legalmente por su° Alcalde don Juan Eduardo Vera Sanhueza, ambos domiciliados en calle Blanco Encalada N 273, comuna de Castro, seg n los antecedentes de hecho y
Fundamentos
fundamentos de derechos° ú que expone. Fundament su acci n, en que es ó ó pensionada y actualmente se dedica a las labores de hogar, arrastrando una deuda por concepto de permisos municipales por un monto total de $1.221.100, e indic que no tiene el dinero necesario para solventarla,ó raz n por la cual recurri , a fin que se declare la prescripci n de las acciones de cobroó ó ó de dichos permisos desde el a o 1999 hasta el a o 2002 inclusive. ñ ñ Se al que ñ ó de conformidad a la informaci n entregada por la I. Municipalidadó de Castro, sobre certificado de deuda Municipal de patentes, donde se indica claramente el monto de la deuda de cada a o, est n prescritas todas las acciones para su cobro, puesñ á jam s dicha instituci n ejerci acciones judiciales en su contra. á ó ó Previas referencias normativas, de acuerdo al art culo 2521 de C digo Civil ení ó relaci n con el art culo 2492 del mismo c digo, dijo que las acciones a favor o en contraó í ó del Fisco y de las Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos prescriben en el plazo de tres a osñ , por lo que las acciones de cobro de la demandada por los conceptos se alados se encuentran prescritas. ñ El 18 de julio de 2022, a folio 5, se notific la demanda conforme lo previstoó en el art culo 44 del C digo de Procedimiento Civil a Juan Eduardo Vera Sanhueza, ení ó su calidad de representante legal de la demandada. Código: GFMXXBJXTWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1131-2022 El 26 de julio de 2022, a folio 6, el abogado Juan Manuel Castro Aburto, en representaci n de la I. Municipalidad de Castro, se allan totalmente a la prescripci nó ó ó de la actora. El 5 de octubre de 2022, a folio 12, se cit a las partes a o r sentencia.ó í CONSIDERANDO: PRIMERO: Que de acuerdo a lo expuesto durante el per odo de discusi n, laí ó demandante solicita se declare la prescripci n de las acciones de cobro de permisosó municipales desde el a o 1999 hasta el a o 2002 inclusive, al no haberse exigido suñ ñ cobro dentro del plazo que correspond a.í SEGUNDO: Que la parte demandada se allan totalmente.ó TERCERO: Que para acreditar los fundamentos de su acci n, la parteó demandante rindi la siguiente prueba.ó I.- Prueba Instrumental: Que no ha sido objetada, consistente en: A folio 1, con fecha 1 de julio de 2022: 1. Certificado de estado de deuda sobre derechos municipales de feria y m. municipal Chilo , sobre la direcci n comercial de la propiedad ubicada en F lix Garayé ó é F.838, comuna de Castro, emitido por Direcci n de Administraci n y Finanzas de laó ó Municipalidad de Castro. 2. Certificado de beneficio de asistencia judicial. CUARTO: Que el inciso primero del art culo 2521 del C digo Civil, dispone:í ó “Prescriben en tres a os las acciones a favor o en contra del Fisco y de lasñ Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos. ” QUINTO: Que, la expresi n impuestos del art culo 2521 del C digo Civil, seó í ó encuent
Fallo
SE DECLARA: I.- Que SE ACOGE la demanda sobre prescripci n de derechos municipalesó impagos, , interpuesta por do a ñ Edita de Lourdes Molina Cum ní , en contra de Ilustre Municipalidad de Castro, representada legalmente por su alcalde don Juan Eduardo Vera Sanhueza, todos ya individualizados; en consecuencia, se declaran prescritos los derechos municipales impagos, correspondiente a la direcci n comercial ubicada F lixó é Garay F. N 838, comuna de Castro, desde el indicado como el Folio 273200 con° vencimiento el 31-07-1999, al Folio N 273226 con vencimiento el 31-07-2002, debiendo° la demandada eliminar de sus registros de morosos por tales tributos a las demandantes. II.- Que no se condena en costas a la demandada. Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í Pronunciada por don JORGE ANDR S IBARROLA VILAÉ Á , Juez Suplente del Juzgado de Letras de Castro. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Castro, veinticuatro de Octubre de dos mil veintid só Código: GFMXXBJXTWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1131-2022 Código: GFMXXBJXTWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-10-24T12:17:35-0300
Texto Completo (Preview)
C-1131-2022 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Castro CAUSA ROL : C-1131-2022 CARATULADO : MOLINA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CASTRO Castro, veinticuatro de Octubre de dos mil veintid só VISTOS: Que ante este tribunal, con fecha 1 de julio de 2022 compareci do a ó ñ Edita de Lourdes Molina Cum n, í c dula de identidad n mero 6.950.103-6, pensionada,é ú domiciliada en calle
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