2º Juzgado Civil de Viña del Mar

MORALES/NÚÑEZ

Rol

C-640-2022

Fecha

24 de octubre de 2022

Materia

ARRENDAMIENTO,COBRO RENTA BS.RAICES URBANOS

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: Con fecha 08 de marzo de 2022, comparece don PEDRO FERNANDO MORALES HERN NDEZ, Á pensionado, con domicilio en Calle Ojos de Agua N°400, Belloto, Quilpu , quien viene en é deducir demanda de terminaci n deó contrato de arrendamiento por no pago de rentas y servicios b sicosá , y en subsidio demanda de desahucio del contrato de arrendamiento en contra de do a ñ SONIA DEL ROSARIO N EZ VARGASÚÑ , se desconoce profesi n uó oficio, con domicilio en Calle Concepci n N°427, Nueva Aurora, Vi a del Mar.ó ñ Con fecha 08 de marzo de 2022 y 08 de septiembre de 2022 el demandante acompa documentos.ñó Con fecha 26 de mayo de 2022 y 08 de septiembre de 2022, se tuvo por contestada la demanda en rebeld a de la demandada, í se llev a efecto eló comparendo de estilo. Se hizo el llamado a conciliaci n la cual no se produjo y seó recibi la causa a prueba.ó Con fecha 08 de septiembre de 2022 el demandante rindi pruebaó testimonial. Se cit a las partes a o r sentencia.ó í

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que, con fecha 08 de marzo de 2022, comparece don PEDRO FERNANDO MORALES HERN NDEZ, Á pensionado, con domicilio en Calle Ojos de Agua N°400, Belloto, Quilpu , quien viene en é deducir demanda de terminaci n de contrato de arrendamiento por no pago de rentasó , y en subsidio demanda de desahucio del contrato de arrendamiento en contra de do a ñ SONIA DEL ROSARIO N EZ VARGASÚÑ , se desconoce profesi n uó oficio, con domicilio en Calle Concepci n N°427, Nueva Aurora, Vi a del Mar.ó ñ Sostiene que, el 11 de agosto de 2008 celebr contrato de arriendo con laó demandada de autos, reca do sobre inmueble ubicado en Calle Concepci n N°427,í ó Nueva Aurora, Vi a del Mar, por una duraci n indefinida, pact ndose por conceptoñ ó á de renta la suma de $100.000.- mensuales, pagadera los cinco primeros d as deí cada mes, a adiendo que este contrato comenz a regir el mes de septiembre deñ ó 2008 y se mantiene vigente hasta la actualidad. Código: SGGXXBCFPWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Hace presente que si bien no se fij una medida de reajustabilidad deló canon de arriendo, al d a de la demanda la demandada pagaba la suma deí $160.000.- pero que a la fecha la arrendataria no ha pagado los meses de febrero y marzo de 2022. Refiere que luego en el a o 2017,ñ en el mismo inmueble ya singularizado precedentemente es due o de unos locales comerciales que dan a la calle (ya queñ la casa habitaci n se encuentra m s atr s), de los cuales tambi n arrend uno deó á á é ó ellos a la demandada, esto a partir del 12 de julio del a o 2017, fij ndose comoñ á renta la suma de $90.00.- mensuales, pagaderos los 05 primeros d as de cada mes,í reajustables seg n la variaci n que experimentar el IPC anualmente, y al igual queú ó á la obligaci n de pago de la renta de arriendo de la casa habitaci n, el canonó ó mensual respecto del local comercial, se encuentra impago respecto de los meses de febrero y marzo de 2022, considerando que la renta reajustada al d a de hoyí asciende a la suma de $110.000.- Se ala que con posterioridad al segundo contrato donde arrend a lañ ó demandada un local comercial, desde el 15 de junio de 2020 construy unaó peque a casa habitaci n en el mismo terreno antes mencionado de Calle Concepci nñ ó ó N°427, Nueva Aurora, por el cual fij una renta mensual de $110.000, sinó embargo, dicha convenci n fue solo de palabra, ya que nunca se escritur , pero laó ó demandada pagaba sus c nones de arriendo, a trav s de transferencia electr nica, oá é ó por mano en dinero en efectivo. Hace presente que de igual forma los c nones deá arriendo de los meses de febrero y marzo de 2022 no se encuentran pagados. Indica que, remiti carta certificada a la demandada, con el objeto deó informar su intenci n de poner t rmino a los ó é 3 contratos de arriendo que hab aní celebrado, a trav s de notaria, sin embargo, no est la intenci n de la contraria deé á ó irse del lugar, sino q

Fallo

por tanto, se hace necesario poner t rmino alá é contrato de arriendo entre las partes. Solicita tener por interpuesta demanda de t rmino de contrato deé arrendamiento en contra de do a Sonia Del Rosario N ez Vargas, yañ úñ individualizada, acogerla a tramitaci n y, en definitiva, declarar y/o condenar seg nó ú corresponda: 1) Terminados los contratos de arrendamiento celebrados el 11 de agosto de 2008 respecto de la casa habitaci n, el 12 de julio de 2017 respecto aó un local comercial y el 15 de junio de 2020 respecto a la casa habitaci n; ó 2) Ordenar a la demandada al pago de las rentas y gastos impagos a la fecha actual, esto es $320.000.- respecto a la casa habitaci n arrendada desde agosto de 2008;ó $220.000 respecto al local comercial arrendado desde julio de 2017; y $220.000 respecto a la peque a casa habitaci n arrendada desde 15 de junio de 2020, queñ ó corresponden a los meses de febrero y marzo de 2022, adem s de aquellas que seá devenguen durante la tramitaci n del juicio y hasta que se efectu el pago, m s eló é á reajuste indicado en el art culo 21 de la Ley 18.101; í 3) Ordene la restituci n deó la propiedad, 4) Condenar la demandada en costas. Segundo: Que, en subsidio de la petici n principal y para el caso que eló demandado enervara la acci n de terminaci n de contrato de arrendamientoó ó Código: SGGXXBCFPWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 deducida pagando en la oportunidad lega

Texto Completo (Preview)

Foja: 1 FOJA: 64 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Vi a del Marº ñ CAUSA ROL : C-640-2022 CARATULADO : MORALES/N EZÚÑ Vi a del Marñ , veinticuatro de Octubre de dos mil veintid só VISTO: Con fecha 08 de marzo de 2022, comparece don PEDRO FERNANDO MORALES HERN NDEZ, Á pensionado, con domicilio en Calle Ojos de Agua N°400, Belloto, Quilpu , quien viene en é deducir d

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica