CHILLA/BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES
Rol
C-8069-2021
Fecha
20 de octubre de 2022
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 13 de octubre de 2021, don Jorge Luis Chilla Cortés, trabajador independiente, domiciliado para estos efectos en calle Huérfanos N°1373, oficina 1311, comuna de Santiago, deduce demanda de prescripción en juicio ordinario de menor cuantía en contra de Banco de Crédito e Inversiones, del giro de su denominación, representada por don Eugenio von Chrismar Carvajal, de quien expresó ignorar profesión u oficio, ambos domiciliados en Av. El Golf N°125, comuna de Las Condes, pretendiendo se declare la prescripción de las acciones cambiarias del pagaré que respalda la cuota morosa publicada en el Boletín de Informes Comerciales de la Cámara de Comercio de Santiago, con costas. Funda su pretensión en haber concurrido a una sucursal del Boletín de Informes comerciales a fin de solicitar un informe de Código: FXBXXBFWXSW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl deuda, constatando que estaba informada por la demandada una cuota morosa del pagaré número 5773, cuya fecha de protesto data del 3 de enero de 2017, por la suma de $586.875, ocurriendo que habría transcurrido un lapso superior a un año, contado desde que la obligación se hizo exigible, sin que se le haya notificado resolución alguna que lo requiera de pago y que interrumpiera el plazo de prescripción, encontrándose prescritas las acciones de pago, de conformidad con lo previsto en los artículos 2492, 2493, 2514 del Código Civil; y 98 de la Ley N°18.092. Con fecha 24 de febrero de 2022, habiendo vencido el plazo para contestar la demanda, se gestionó conciliación, la que no tuvo resultado positivo, según da cuenta la actuación de 9 de mayo del mismo año. Con fecha 11 de mayo de 2022, se recibió la causa a prueba, rindiéndose la que obra en el proceso. Con fecha 19 de octubre de 2022, se citó a las partes para oír sentencia.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el demandante, don Jorge Luis Chilla Cortés, deduce demanda de prescripción en juicio ordinario de menor cuantía en contra de Banco de Crédito e Inversiones, ambos ya singularizados, pretendiendo se declare la prescripción de las acciones cambiarias del pagaré que respalda la cuota morosa publicada en el Boletín de Informes Comerciales de la Código: FXBXXBFWXSW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Cámara de Comercio de Santiago, con costas, todo lo anterior de conformidad con los hechos y fundamentos de derecho relatados, latamente, en lo expositivo del presente fallo. SEGUNDO: Que la discusión esencial de las partes, conforme el silencio de la parte demandada, quien se ha encontrado en rebeldía durante el proceso, ha rondado en cuanto a si se verifican en autos el transcurso de los plazos legales y de los demás requisitos para que opere la prescripción ordinaria reclamada, sin que haya obrado suspensión o interrupción de tales plazos. TERCERO: Que para justificar sus pretensiones la parte demandante rindió la siguiente prueba documental: Copia de Informe Comercial del actor, emitido por la empresa Maat, agregado al proceso con fecha 13 de octubre de 2021 y 17 de mayo de 2022, no objetado. CUARTO: Que, por su parte, la demandada no rindió prueba alguna para desvirtuar los argumentos y antecedentes aportados por el actor. QUINTO: Que, así las cosas, corresponde valorar las probanzas rendidas por las partes, la que se ha limitado a un instrumento. En este sentido, no se registran impugnaciones, ni alegaciones respecto de la veracidad o integridad del documento privado acompañado. En consecuencia, habiendo emanado dicho instrumento de un tercero que no ha comparecido el Código: FXBXXBFWXSW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl proceso y sin intervención de las partes, se lo estimará como un indicio. SEXTO: Que de acuerdo a la documental presentada por el actor no desvirtuada de contrario por la demandada, se pueden presumir y establecer como hechos acreditados en la causa, las siguientes circunstancias: 1.- Que efectivamente la parte demandada es acreedora de un pagaré, número 5773, suscrito por él actor, protestado con fecha 3 de enero de 2017, por cuota morosa y por la suma de $586.875; 2.- Que dicho protesto fue publicado en el Boletín Comercial de la Cámara de Comercio de Santiago. SEPTIMO: Que, para poder resolver la cuestión debatida en autos, debe asentarse que la prescripción cambiaria emanada de los pagarés, se rige por lo previsto en el artículo 98 de la Ley N°18.092, que fija en un año el plazo de prescripción de dicha acción. OCTAVO: Que la prescripción es un modo de adquirir las cosas ajenas, o de extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse poseído las cosas o no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los demás requ
Fallo
se declara: Código: FXBXXBFWXSW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Que se acoge, sin costas, la demanda de lo principal del escrito de 13 de octubre de 2021, declarándose prescritas las acciones cambiarias derivadas del pagaré que respalda la cuota morosa publicada en el Boletín de Informes Comerciales de la Cámara de Comercio de Santiago. Anótese, regístrese y notifíquese. Pronunciada por doña Cecilia Pastén Pérez, Juez Suplente. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el Art.162 del C.P.C. en Santiago, a veinte de octubre de dos mil veintidós. Acb. Código: FXBXXBFWXSW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-10-20T14:45:01-0300
Texto Completo (Preview)
NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 24º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-8069-2021 CARATULADO : CHILLA/ BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES Santiago, a veinte de octubre de dos mil veintidós. VISTOS: Con fecha 13 de octubre de 2021, don Jorge Luis Chilla Cortés, trabajador independiente, domiciliado para estos efectos en calle Huérfanos N°1373, oficina 1311, comuna de Santiago, deduce dem
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica