SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA/COMERCIALIZADORA FELIPE ANDRES WENDT AVILES
Rol
C-9050-2020
Fecha
19 de octubre de 2022
Materia
PESCA Y ACUICULTURA, INFRACCIONES A LA LEY DE
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Al folio 2 comparece don Rodomil Alexis Espinoza Olgu n, Inspectorí del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura de la Regi n Metropolitana,ó domiciliado en Osvaldo Croquevielle Cardemil 2207, zona de carga puerta N 1, Aeropuerto Internacional Arturo Merino Ben tez, Pudahuel, Santiago,° í quien formula denuncia por infracci n a la normativa pesquera en contraó de Comercializadora Felipe Andr s Wendt Avil s, del giro de sué é denominaci n representada por don Felipe Andr s Wendt Avil s, ambosó é é domiciliados en La Gloria 34, departamento 1707, Las Condes, Santiago, solicitando sea acogida a tramitaci n y en definitiva sea condenado al pagoó del m ximo de las multas especialmente dispuestas en el art culo 119 de laá í Ley General de Pesca y Acuicultura, por la tenencia y transporte de productos hidrobiol gicos sin la acreditaci n de origen legal.ó ó Indica que como ministro de fe, certific que el 11 de octubre deó 2019 a las 12:44 horas, en compa a del funcionario de Sernapesca de lañí Regi n Metropolitana don Yuri Andr s Aliste Salazar, en control realizadoó é a terminal de carga y encomiendas Transportes Cruz del Sur Ltda, ubicada en Erasmo escala N 3096, Santiago, encontraron almacenados 140 kilos de° Carne de Jaiba congeladas, 35 kilos de Filete de merluza austral IQF y 57 kilos de centolla entera, congelada, cocida entre otros, los que estaban acompa ados de tres acreditaciones de origen legal N Z-6276-05729-19,ñ ° N Z6276-05729 y N E-6276-05733-19 junto a las gu as de despacho° ° í electr nicas N 136, N 137 y N 139, respectivamente, las que indicabanó ° ° ° Código: QQXTXBVXXGW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-9050-2020 Foja: 1 como emisor a Sociedad Wendtfish Limitada y como destinatario a la denunciada. Relata, que al revisar el detalle de las cantidades de producto hidrobiol gico, determinaban 100 Kgs. de Carne de Jaiba Congeladas, 25ó Kgs. de Filete de Merluza austral IQF, 40 Kg
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don Rodomil Alexis Espinoza Olgu n, Inspector del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura de la Regi ní ó Metropolitana, quien formula denuncia por infracci n a la normativaó pesquera en contra de Comercializadora Felipe Andr s Wendt Avil s, delé é giro de su denominaci n representada por don Felipe Andr s Wendt Avil s,ó é é solicitando sea acogida a tramitaci n y en definitiva sea condenado al pagoó del m ximo de las multas especialmente dispuestas en el art culo 119 de laá í Ley General de Pesca y Acuicultura, por la tenencia y transporte de productos hidrobiol gicos sin la acreditaci n de origen legal.ó ó Funda su pretensi n en los hechos y argumentos consignados en laó parte expositiva de esta sentencia; SEGUNDO: Que, en la audiencia decretada al efecto, comparece la denunciada formulando descargos solicitando sea ntegramente desestimadaí la denuncia formulada en su contra, con costas. Indica, como fundamento de su defensa, que la fiscalizaci n de losó funcionarios de Sernapesca se produjo en un terminal de buses, en un contexto en el que su representada no ten a conocimiento del pesaje de losí recursos y mucho menos de la explicaci n a la que se le interpelaba otorgaró en ese momento. Se ala que su representada no ten a los productos en suñ í poder, en tanto estos se encontraban en tr nsito, habi ndose enviado losá é productos por un tercero totalmente distinto a su representado y por el que Código: QQXTXBVXXGW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-9050-2020 Foja: 1 cual no se puede responder del modo que se pretende en la denuncia. Sostiene que, en este orden de eventos, su representada no ten a ni laí tenencia ni estaba a su cargo el traslado de los productos objeto de la presente denuncia. Seguidamente, alega respecto a las cantidades de los productos fiscalizados, que la determinaci n del peso de los mismos generaó incertidumbre, por no corresponder las fotograf as a los productosí fiscalizados, y finalmente, por no considerar el porcentaje de agua o glaseo que contienen los productos a fin de conservarlos frescos a efectos de su comercializaci n. Explica que la relevancia de este elemento radica en queó seg n instrucciones y normativa no debe incluirse dicha menci n en ning nú ó ú tipo de declaraci n, de modo que el pesaje total que arroja el productoó incluye al tiempo de la fiscalizaci n el peso neto de los productos m s eló á agua/glaseo que contienen, el que no
Fallo
se declara. Agrega que desde el 2021 se comenz a exigir la indicaci n del porcentaje de glaseo en lasó ó declaraciones de plantas, pero no a la poca de los hechos objeto delé presente juicio. As , a ade, la indicaci n del peso neto consignada en losí ñ ó embalajes no contendr a el peso del glaseado, por lo que evidentemente elí pesaje al momento de la fiscalizaci n diferir del consignado en losó á documentos tributarios, atribuyendo a este elemento la variaci n detectadaó en el pesaje realizado en el proceso de fiscalizaci n. ó Se ala, adem s, haber actuado de buena fe, en la convicci n deñ á ó realizar un acto enmarcado dentro de la normativa y del mbito de susá derechos, lo que estima le exime de toda responsabilidad infraccional. Finalmente, en cuanto al monto de la infracci n a aplicar, sostiene que noó se expresa en base a qu par metros deber estimarse las multas que seé á á solicitan aplicar y que en dicho proceso debe considerarse especialmente la capacidad econ mica del denunciado, por tratarse de una peque a EIRLó ñ que no obtuvo ninguna retribuci n por los productos objeto de la denuncia;ó TERCERO: Que, el denunciante acciona en procedimiento sumario especial por infracci n al art culo 125 N 1 y siguientes de la Ley Generaló í ° de Pesca y Acuicultura, en relaci n con el 107 el cual proh be capturar,ó í extraer, poseer, propagar, elaborar, transportar y comercializar recursos Código: QQXTXBVXXGW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validad
Texto Completo (Preview)
C-9050-2020 Foja: 1 FOJA: 30 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 7 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-9050-2020 CARATULADO : SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA/COMERCIALIZADORA FELIPE ANDRES WENDT AVILES Santiago, diecinueve de Octubre de dos mil veintid só Vistos: Al folio 2 comparece don Rodomil Alexis Espinoza Olgu n, Inspectorí del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultu
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica