Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta

CARMONA CON SERVICIO NACIONAL DEL ADULTO MAYOR

Rol

O-32-2023

Fecha

5 de junio de 2023

Materia

Despido injustificado, Otras Indemnizaciones, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos no controvertidos: 1° El actor comenzó a prestar servicios para la denunciada a contar del día 8 de mayo del año 2019, en calidad de Coordinador Regional de Servicio Nacional del Adulto Mayor, Región Antofagasta. 2° A su respecto mediaron los años 2020, 2021 y 2022, tres renovaciones de contrata. 3°La remuneración o contraprestación en dinero percibida por el demandante con ocasión de sus servicios prestados ascendía a la suma de $3.119.632.- 4° A la época de servicios del actor se adeudaba feriado legal correspondiente al período al cual prestó servicios. Recibida la causa a prueba, si fijaron los siguientes hechos a probar: 1° Hechos y circunstancias que permitan determinar que entre las partes existió una relación de carácter laboral. Elementos esenciales y fecha de término de los servicios prestados. 2° En la afirmativa de lo anterior, hechos y circunstancias que permitan determinar que el despido del actor cumplió con las formalidades legales y fue procedente de conformidad a las causales de término establecidas en el Código del Trabajo. 3° Procedencia de los montos cobrados a título de horas extraordinarias y feriados adeudados. 4° Hechos y circunstancias que permitan determinar la procedencia de los montos reclamados a título de indemnización por lucro cesante. CUARTO: La parte demandante incorporó los siguientes medios de prueba: I. Documental: 1. Documento que contiene la prórroga de contrato hasta 31-12-2022. 2. Documento que contiene correos electrónicos cuyo contenido dicen relación con la solicitud de renuncia voluntaria y 44 días de vacaciones no otorgados. 3. Documentos que contienen solicitud de horas compensatorias de horas extra de: 26-4-22, por horas extra de 27-4-2022; por 15 días y el anterior por 1 día. 4. Documento con resumen de horas extra de 29 de abril 2022. 5. Documento que contiene el rechazo de las horas compensatorias de 29 de abril de 2022. 6. Correos electrónicos de 26 abril 2022, recordatorio de aprobación remitida a doña C

Fundamentos

fundamentos de dicho acto administrativo, se expuso la necesidad de contar con un profesional que cumpla la función de Coordinador Regional de Antofagasta. Las razones +tienen que ver con ser el Servicio descentralizado funcionalmente, sin perjuicio de lo cual, cuenta en cada una de las regiones del país con Coordinaciones Regionales, constituidas por un conjunto de funcionarios, profesionales y administrativos, contratados bajo la modalidad de planta y contrata, así como profesionales y expertos, contratados a honorarios a suma alzada, que son los encargados de la ejecución de los programas del Servicio en las regiones. Luego, mediante Resolución Exenta N°871 del 22 de mayo de 2019, se informó excepcionalidad de la autoridad de no aplicar procedimiento de reclutamiento y selección de acuerdo con el artículo 14° de la Resolución N°01 de fecha 11 de mayo de 2017 de la Dirección Nacional del Servicio Civil; y, por Resolución Exenta RA N° 865/136/2020, de fecha 24 de enero de 2020, se le encomendó como PROFESIONAL grado 8° de la planta de PROFESIONALES en el SERVICIO NACIONAL DEL ADULTO MAYOR, para ejercer funciones directivas de COORDINADOR REGIONAL DE ANTOFAGASTA a contar del 8 de mayo de 2019 y hasta el 31 de diciembre de 2020. Como fundamento, se expuso que por necesidades de buen servicio es imprescindible asignar y delegar funciones directivas a los funcionarios de calidad jurídica Contrata que cumplen roles de responsabilidad frente al quehacer institucional- entre otras- La renovación de la contrata se llevó a cabo a través de Resolución Exenta RA N° 865/3/2020, de 9 de enero de 2020, del Servicio Nacional del Adulto Mayor, a contar de 1 de enero de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2020. Posteriormente, la renovación para el período presupuestario 2021, se llevó a cabo a través de Resolución Exenta RA N° 865/17/2021, de 14 de enero de 2022, a contar de 1 de enero de 2021 y hasta el 31 de diciembre de 2021. Por Resolución Exenta RA N° 865/31/2021, de 21 de enero de 2021, La renovación de la contrata expuesta para el período presupuestario 2022, se llevó a cabo a través de Resolución Exenta RA N° 865/17/2022, de fecha 07 de enero de 2022, a contar de 1 de enero de 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2022. Por Resolución Exenta RA N° 865/105/2022, de 18 de enero de 2022, SENAMA encomendó al actor para ejercer funciones directivas de COORDINADOR/A REGIONAL ANTOGAGASTA a contar del 1 de enero de 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2022. Finalmente, mediante Resolución Exenta RA N° 865/353/2022, de fecha 25 de abril de 2022, procedió a poner término anticipado de designación a la contrata señalada, mediante carta certificada de 25 de abril de 2022, a razón de los fundamentos que transcribe. Asimismo, aclara que la Resolución de término anticipado fue dictada por quien se desempeñaba como Directora Nacional (S) del Servicio Nacional del Adulto Mayor, conforme a Decreto Exento N° 22, de fecha 27 de abril de 2022, del Ministerio de Desarrollo S

Fallo

se resuelve, que: I.- Se rechaza la demanda de declaración de existencia de relación laboral y despido “incausado” interpuesta en representación de JOSÉ LUIS CARMONA CARVAJAL, en contra del SERVICIO NACIONAL DEL ADULTO MAYOR, SENAMA. II.- Se acoge la demanda de cobro de prestaciones, sólo en cuanto se dispone que la demandada SENAMA deberá pagar al actor antes individualizado la suma de $4.575.458.- por concepto de feriados adeudados. III.- Cada parte pagará sus costas. Comuníquese, regístrese y archívese en su oportunidad. RIT O-32-2023 RUC 23- 4-0452547-6 Dictada por ELENA DEL PILAR PEREZ CASTRO, Jueza Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta. En Antofagasta, a cinco de junio de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución precedente y se remitieron los correos electrónicos a las partes. 16

Texto Completo (Preview)

PROCEDIMIENTO: Ordinario. Aplicación General. MATERIA: Declaración de relación laboral, despido incausado y cobro de prestaciones e indmnizaciones. DEMANDANTE: JOSÉ LUIS CARMONA CARVAJAL. DEMANDADA: SERVICIO NACIONAL DEL ADULTO MAYOR. RIT: O-32-2023 RUC: 23- 4-0452547-6 ___________________________________________________________ Antofagasta, cinco de junio de dos mil veintitrés. PRIMERO: Se co

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