1º Juzgado de Letras de Quillota

JORQUERA/I. MUNICIPALIDAD DE QUILLOTA

Rol

C-591-2022

Fecha

17 de octubre de 2022

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: A folio 1, con fecha diecisiete de mayo de 2022, se presenta YARELA YOVANNA JORQUERA AGUILERA, pensionada, domiciliada en calle Merced N° 556, casa 6, Quillota, e interpone demanda en Juicio Ordinario de Prescripción, solicitando se declare la prescripción extintiva de cuotas insolutas de aseo que afectan al inmueble del cual es poseedora y que constituye su domicilio, ubicado en calle Merced N° 556, casa 6, rol de avalúo 161-0144 en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE QUILLOTA, representada por su Alcalde don Oscar Rodolfo Calderón Sánchez, asistente social, domiciliado en calle Maipú N° 330, Quillota, para que en definitiva se sirva acogerla, declarando prescritas las cuotas señaladas, desde el año 2011 hasta la cuota N° 1 del año 2017. A folio 8, con fecha veintisiete de mayo de 2022 se tuvo por notificada a la demandada expresamente de la demanda de inicio. A folio 9, con fecha dos de junio de 2022, la demandada contesta la demanda, solicitando se tenga por allanado al Municipio de Quillota en lo efectivamente alcanzado por la prescripción, esto es, los derechos devengados desde el año 2011 hasta la cuota N° 1 del año 2017, sin costas. A folio 19, con fecha diecisiete de agosto de 2022, se llama a las partes a conciliación, la que no se produce. Foja: 1 A folio 21, con fecha seis de septiembre de 2022 se cita a las partes a oír sentencia.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, con fecha diecisiete de mayo de 2022, se presenta YARELA YOVANNA JORQUERA AGUILERA, pensionada, domiciliada en calle Merced N° 556, casa 6, Quillota, e interpone demanda en Juicio Ordinario de Prescripción, solicitando se declare la prescripción extintiva de cuotas insolutas de aseo que afectan al inmueble del cual es poseedora y que constituye su domicilio, ubicado en calle Merced N° 556, casa 6, rol de avalúo 161-0144 en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE QUILLOTA, representada por su Alcalde don Oscar Rodolfo Calderón Sánchez, asistente social, domiciliado en calle Maipú N° 330, Quillota, para que en definitiva se sirva acogerla, declarando prescritas las cuotas señaladas, desde el año 2011 hasta la cuota N° 1 del año 2017. Fundamenta tal petición exponiendo que en los registros municipales, en las nóminas de cuotas de aseo, se registra deuda por tal concepto, que afecta al inmueble referido, desde el año 2011 a la fecha. Los artículos 2514 y 2415 del Código Civil, permiten la extinción de los derechos y acciones, siendo, para el caso de las acciones ordinarias, el plazo de 5 años desde que la obligación se haya hecho exigible. Por ello solicita la prescripción de las cuotas insolutas por concepto de aseo domiciliario, desde el año 2011 a la cuota N° 1 del año 2017, por cuanto, ha transcurrido el plazo legal para que dichas obligaciones prescriban, señalado la norma legal citada. SEGUNDO: Que, la parte la demandada contesta la acción deducida en su contra, solicitando se tenga por allanado el municipio de Quillota al libelo en lo efectivamente alcanzado por la prescripción, es decir, los derechos devengados desde el año 2011 hasta la cuota N° 1 del año 2017, sin costas. En efecto, expone que el inmueble ubicado en calle Merced N° 556, casa 6, Quillota, registra cuotas de aseo impagas desde al año 2011. El artículo 2521 del Código Civil que dispone que prescriben en tres años las acciones en contra de las Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos, no es aplicable en la especie pues los derechos municipales por aseo domiciliario no constituyen impuestos. En efecto, lo que caracteriza un impuesto es la carga pecuniaria que la ley impone a un Foja: 1 contribuyente que se halla en una situación o ejecuta un hecho gravado, determinados por el mismo legislador y cuyo pago no está asociado a un propósito o fin determinado, ya que la recaudación de los impuestos se destina a los fines generales del Estado. Los derechos municipales por extracción de basura son la contraprestación económica por el servicio público sanitario que se recibe, de manera que no cabe sujetarlos a la prescripción extintiva de corto tiempo del artículo 2521 del Código Civil, sino que a falta de norma especial, a la prescripción extintiva ordinaria del artículo 2515 del Código Civil, que fija en cinco años el plazo de inactividad del acreedor. Finaliza señalando en cuanto a los derechos municipales insolutos devengados

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1698, 2492, 2493, 2497, 2514, 2515 y 2518, del Código Civil; 144, 160, 162, 170 y 313 del Código de Procedimiento Civil, se declara: Que, HA LUGAR a lo solicitado, y se acoge la demanda de inicio, deducida por YARELA YOVANNA JORQUERA AGUILERA en contra de la Ilustre Municipalidad de Quillota, todos ya individualizados, y en consecuencia se declaran prescritas las cuotas de aseo municipal correspondientes al período comprendido entre el 30 de abril del año 2011, y hasta el 30 de abril del año 2017, ambos inclusive, y que se relacionan con el inmueble ubicado en calle Merced N° 556, casa 6, Quillota, rol de avalúo N° 161-00144. Que cada parte soportará sus costas, por no haber existido oposición por la demandada. Anótese, regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. Rol N° C-591-2022. Dictada por don Rolando Alvear Valenzuela, Juez Titular. Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Quillota, diecisiete de Octubre de dos mil veintid só Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 11 de septiembre de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficia

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Foja: 1 FOJA: 23 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Quillotaº CAUSA ROL : C-591-2022 CARATULADO : JORQUERA/I. MUNICIPALIDAD DE QUILLOTA Rol Nº C-591-2022 Código: P18A Materia: Prescrip. extinción de acciones, adquisición de derechos y ot Partes: Jorquera Aguilera, Yarela Yovanna con Ilustre Municipalidad de Quillota Fecha de inicio: 17 de mayo del año 2022 Fecha

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