SEPÚLVEDA/I. MUNICIPALIDAD DE QUILLOTA
Rol
C-1910-2020
Fecha
17 de octubre de 2022
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Con fecha diecisiete de octubre de dos mil veinte comparece HORACIO ORLANDO SEPULVEDA VIDAL, trabajador, domiciliado en Calle La Feria N° 405, Villa Las Palmas, comuna de Quillota, región de Valparaíso, cédula nacional de identidad N° 14.549.280-7.-, e interpone demanda de prescripción extintiva en contra de la Ilustre Municipalidad Quillota, corporación de Derecho Público, R.U.T. N° 69.060.100-1.-, representada legalmente por don LUIS MELLA GAJARDO, chileno, ignora estado civil, ignoro profesión u oficio, cédula nacional de identidad N° 9.004.430-3.-, ambos domiciliados para estos efectos en Maipú N° 330, comuna de Quillota, Región de Valparaíso, y solicita acceder a lo solicitado en ella, declarando la prescripción de los cobros de los permisos de circulación de los años 2013- 2014- 2015- 2016- 2017, atendido lo que expone. Con fecha trece de abril del dos mil veintiuno, consta la notificación de la demanda de inicio a la parte demandada. Con fecha veintisiete de agosto de dos mil veintiuno consta audiencia de conciliación, la que no se produjo. Con fecha treinta de agosto de dos mil veintiuno se recibe la causa a prueba. Con fecha diez de agosto de dos mil veintidós, las partes de común acuerdo, se notifican de la resolución que recibe la causa a prueba, renuncian al término probatorio y piden se cite a las partes a oír sentencia. C-1910-2020 Foja: 1 Con fecha cinco de septiembre de dos mil veintidós, se cita a las partes a oír sentencia.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha diecisiete de octubre de dos mil veinte comparece HORACIO ORLANDO SEPULVEDA VIDAL, trabajador, domiciliado en Calle La Feria N° 405, Villa Las Palmas, comuna de Quillota, región de Valparaíso, cédula nacional de identidad N° 14.549.280-7.-, e interpone demanda de prescripción extintiva en contra de la Ilustre Municipalidad Quillota, corporación de Derecho Público, R.U.T. N° 69.060.100-1.-, representada legalmente por don LUIS MELLA GAJARDO, chileno, ignora estado civil, ignoro profesión u oficio, cédula nacional de identidad N° 9.004.430-3.-, ambos domiciliados para estos efectos en Maipú N° 330, comuna de Quillota, Región de Valparaíso, y solicita acceder a lo solicitado en ella, declarando la prescripción de los cobros de los permisos de circulación de los años 2013- 2014- 2015- 2016- 2017, atendido lo que expone. Funda su demanda diciendo que, es propietario del automóvil Marca Dodge, Modelo Caliber 2.0 STX AT, año 2009, Placa Patente BYBZ 46-1, respecto del cual actualmente no se han pagado los permisos de circulación por los años 2013- 2014- 2015- 2016- 2017. Señala que, dicha situación se produjo debido a que a que al momento de adquirir el automóvil éste se encontraba en malas condiciones mecánicas, lo cual le hizo posible su adquisición ya que se le hizo una oferta muy conveniente atendido a que con su situación económica jamás hubiera podido aspirar a adquirir un automóvil; debido a que no pudo costear arreglos este vehículo, no se pudo tampoco pagar el permiso de circulación, tampoco contó con revisión técnica y con seguro obligatorio de accidentes personales. Expresa que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2.521 del Código Civil, las acciones en favor o en contra del Fisco y de las Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos, prescriben en tres años y de acuerdo al artículo 2.523 del mismo cuerpo legal esta prescripción no admite suspensión y sólo se interrumpe en caso de existir pagare u obligación escrita, concesión de plazo por el acreedor o requerimiento para el pago; situaciones que no se han verificado en este caso. Agrega que, concluyendo la obligación al pago de los permisos de circulación de los años 2013- 2014- 2015- 2016- 2017, están prescritos. Por lo anterior, solicita acceder a la demanda de prescripción extintiva interpuesta en contra de la Ilustre Municipalidad de Quillota, Corporación de Derecho Público, representada legalmente por don Luis Mella Gajardo, ambos ya individualizados, accediendo a lo solicitado, declarando la prescripción de los C-1910-2020 Foja: 1 cobros de los permisos de circulación de los años 2013- 2014- 2015- 2016- 2017, atendido lo anteriormente expuesto. SEGUNDO: Que, notificada legalmente de la demanda de inicio, la demandada no contestó la demanda. TERCERO: Que, con fecha veintisiete de agosto de dos mil veintiuno consta audiencia de conciliación, la que no se produjo; con fecha treinta de agosto de dos mil veintiuno se recibió la cau
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1698, 2492, 2493, 2497, 2514, 2515 y 2518, 2521, del Código Civil; 144, 160, 162, 170 y 313 del Código de Procedimiento Civil, se declara: I.- Que, HA LUGAR a lo solicitado en la demanda de inicio, deducida por HORACIO ORLANDO SEPULVEDA VIDAL, en contra de la Ilustre Municipalidad de Quillota, todos ya individualizados, y en consecuencia se declara la prescripción de las acciones que la demandada tenía para el cobro de los permiso de circulación insolutos respecto del automóvil marca Dodge, modelo Caliber 2.0 STX AT, placa patente e inscripción en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados BYBZ 46-1, cuyo dominio favorece a la demandante, correspondiente al período que corre entre el año 2013 al 2017, ambos inclusive. II.- Que cada parte soportará sus costas, por no haber existido oposición por la demandada. Anótese, regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. Rol C-1910-2020. Dictada por don Rolando Alvear Valenzuela, Juez Titular. Autoriza doña Nilda Soto Lemus, Secretaria Subrogante. C-1910-2020 Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Quillota, diecisiete de Octubre de dos mil veintid só Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 11 de septiembre de 2022, la hora visualizada corresponde al horario de verano e
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C-1910-2020 Foja: 1 FOJA: 28 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Quillotaº CAUSA ROL : C-1910-2020 CARATULADO : SEP LVEDA/I. MUNICIPALIDAD DEÚ QUILLOTA Rol Nº : C-1910-2020. Código : P18A. Materia : Prescripción, extinción de acciones, adquisición de derechos y otros. Partes : SEPULVEDA VIDAL, HORACIO ORLANDO con Ilustre Municipalidad de Quillota. Fecha de inicio
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