1º Juzgado Civil de Talcahuano

LAGOS/MARTÍNEZ

Rol

C-639-2022

Fecha

17 de octubre de 2022

Materia

PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto: Que a folio 1 comparece Luis Friz Alarc n abogado, en representaci nó ó convencional, de don Julio Esteban Lagos Quilodr ná , trabajador independiente, ambos domiciliados para estos efectos en calle Barros Arana 741, oficina 35, Concepci n e interpone demanda en procedimiento ordinario de menor cuant a deó í acci n redhibitoria con indemnizaci n de perjuicios, en contra de don ó ó Jos Miguelé Mart nez Lagosí , ingeniero, con domicilio en avenida Tierras Coloradas N° 9655, casa 18, San Andr s del Valle, Talcahuano, en base a los siguientes antecedentes.é Expone que su representado fue contactado telef nicamente el d a 5 deó í octubre de 2021 por el demandado, don Jos Mart nez Lagos, due o del autom vilé í ñ ó modelo Santa Fe, GLS 2.4, marca Hyundai, color plateado, placa patente FK.SR.70, del a o 2013, para ofrecer la venta de su veh culo, tras enterarse que suñ í representado hab a decidido, en conjunto con su familia, adquirir uno, tanto paraí uso familiar, como laboral, pues su representado ejerce su trabajo como independiente. Tras confirmar su inter s en dicho veh culo, su representado se dirigi alé í ó domicilio del demandado, lugar donde se encontraba estacionado el autom vil enó cuesti n y el vendedor le inform que se encontraba en perfecto estado deó ó funcionamiento y que no presentaba problema alguno, declarando adem s queá recientemente le habr a efectuado el cambio de aceite, y que se encontraba ení perfecto estado mec nico, condici n que su representado puso como requisito sineá ó qua non para celebrar la compraventa, pues lo necesitar a para su traslado diario.í Una vez mostrado el veh culo, el mismo d a, tanto comprador comoí í vendedor se dirigieron a la oficina del Registro Civil de Plaza del Tr bol, en dondeé celebraron la compraventa del veh culo modelo Santa Fe GLS 2.4 marca Hyundai,í color plateado, placa patente FKSR 70, del a o 2013, por el precio de $14.700.000.ñ El pago se efectu mediante dinero en efectivo por la suma de $300.000 y

Fundamentos

considerando que seg n lo declarado por el vendedor, ste se habr a cambiadoú é í recientemente, por lo que no deb a existir problema alguno al respecto. A loí anterior, acusa que al acelerar el veh culo tambi n se o an ruidos extra os en elí é í ñ motor. Por estos hechos, una vez que volvieron a casa, su representado revis losó niveles de aceite, advirtiendo que estaban dentro de las medidas normales, por lo que decidi que era conveniente llevar el autom vil a alg n taller mec nico paraó ó ú á descartar otro problema. Refiere, que el demandante se dirigi a un taller especializado ubicado en laó comuna de Concepci n, donde un mec nico le inform que era necesario realizaró á ó un esc ner para corroborar si exist an fallas, el que se efect o inmediatamente. Unaá í ú vez concluido, el profesional le explic al demandante que el resultado arroj unaó ó serie de anomal as tales como: ruidos extra os al acelerar (“cascabeleo” en elí ñ motor), se ales luminosas de aceite, check engine y ABS encendidas en el tablero,ñ sumado a graves deterioros en el motor, pues presentaba da os en el cig e al, enñ ü ñ pistones y en cilindros, adem s le inform que pudo apreciar que ten a piezasá ó í quebradas como la tapa del termostato, cadenas alternativas y diversos da os en elñ motor. En consideraci n a lo anterior, su representado decidi comunicarseó ó inmediatamente con el demandado, a fin de comentarle todas las fallas que present el autom vil, considerando que al momento de realizar la compra, nuncaó ó se le dio a conocer nada de esto. Sin embargo, luego de enviarle mensajes a trav sé de la aplicaci n WhatsApp, el demandado se desentendi de todo y se limit aó ó ó preguntar cu nto costar a la reparaci n, sin referirse a su responsabilidad de pagará í ó los repuestos y reparaciones, por lo que el demandante procedi a efectuar unaó denuncia con fecha 16 de noviembre de 2021 ante la Polic a de Investigaciones deí Chile, bajo el parte N° 3909, exponiendo los hechos ya relatados. As las cosas, estos vicios ocultos de los que adolec a el veh culo compradoí í í al demandado, oblig a su representado a desembolsar el monto de $2.823.274,ó desglosado en costos de repuestos e insumos por la suma de $1.823.274 y la suma de $1.000.000 por concepto de mano de obra. Sumado a lo anterior, hace presente que el veh culo ingres al taller tan solo 2 d as despu s de la compra, esto es, elí ó í é d a 7 de octubre de 2021, y le fue entregado reci n el d a 7 de enero de 2022,í é í por lo que durante esos 3 meses, la compra del autom vil s lo le significó ó ó perjuicios que se traducen en : - Da o emergente, consistente en la disminuci n del patrimonio de suñ ó representado, en este caso, referente a los costos de reparaci n del veh culo,ó í Código: MGXRXBNYZXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl ascendentes a la suma de $2.823.274, sumado a la p rdida patrimonialé consistente en la diferencia entre el valor del veh culo qu

Fallo

Por lo expuesto, niega el hecho de que en 30 kil metros repentinamente seó hayan encendido las referidas alertas y el que el actor le haya contactado de inmediato, por lo que manifiesta que ser carga de la demandante acreditar talesá alegaciones. Contin a indicando que con fecha 6 de octubre le contacta el compradorú indic ndole que el auto presentaba imperfecciones consistente en las luces, ABS yá sonido de motor sin aportar m s detalles. Le indic que pudo saber con antelaci ná ó ó dichos defectos en la especie, no obstante ello en virtud de la buena fe contractual subyacente en toda relaci n contractual, le di el n mero del mec nico que efectuó ó ú á ó el esc ner indicado, para que evaluara el problema y abordar el mismo entreá ambos. Dicho mec nico fue el que se encarg del auto, no solo ante suá ó requerimiento, sino tambi n a los del primer due o, por lo que ten a uné ñ í conocimiento acabado sobre el estado del bien y sus eventuales anomal as yí soluciones. Manifiesta que mientras el veh culo estuvo en su posesi n como delí ó antiguo propietario no se present inconveniente al andar. ó Código: MGXRXBNYZXX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Pese a lo anterior, el comprador decide asistir a las dependencias de otro taller, donde al cabo de unas horas comienza a mandarle fotos del veh culo desarmado yí con el motor afuera. Explica que le pareci desproporcionado el actuar de losó profesionales del referido ta

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Talcahuano CAUSA ROL : C-639-2022 CARATULADO : LAGOS/MART NEZÍ Talcahuano, diecisiete de Octubre de dos mil veintid só Visto: Que a folio 1 comparece Luis Friz Alarc n abogado, en representaci nó ó convencional, de don Julio Esteban Lagos Quilodr ná , trabajador independiente, ambos domiciliados para estos efectos en calle Barros Arana

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