1º Juzgado Civil de Temuco

BURGOS/TESORERIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE CHILE

Rol

C-87-2020

Fecha

17 de octubre de 2022

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que se present don CRISTIAN ROGERS BURGOS CASANOVA,ó dependiente, domiciliado para estos efectos en el domicilio de su abogado patrocinante, calle Arturo Prat N 696 oficina 422, de la comuna de Temuco, aº V.S. con respeto digo: Vengo en deducir demanda de prescripci n extintiva deó las acciones y derechos que se se alar n, en contra de la TESORERIAñ á GENERAL DE LA REPUBLICA, persona jur dica de derecho p blico,í ú representada legalmente por do a CLAUDIA ANDREA GUAJARDOñ ARRIAGADA, abogada, ambos con domicilio en calle Luis Claro Solar N 855,º primer piso, de la comuna y ciudad de Temuco, en m rito de antecedentes deé hecho y consideraciones de derecho que paso a exponer: ANTECEDENTES DE HECHO.- De acuerdo al certificado de deuda emanado de Tesorer a General deí la Republica al d a 06/12/2019, adeudo la suma de $6.709.203.- de acuerdo aí los folios N 1437494 cuya fecha de vencimiento es el 12/12/2012, folio Nº º 1437513 cuya fecha de vencimiento es el 14/01/2013, folio N 1439385 cuyaº fecha de vencimiento es el 12/03/2013, folio N 240407673 cuya fecha deº vencimiento es el 30/04/2013, folio N 904000301 y folio N 904001300 queº º tienen como fecha de vencimiento 00/00/0000, ello se explica porque corresponden a multas, sin perjuicio de lo anterior en ambos casos la fecha de su vencimiento es el 08/10/2016.- Como se ha indicado, dichos impuestos fueron girados en los a os 2012 y 2013, y las multas el a o 2016, por lo que, ha lañ ñ fecha han transcurrido m s de 6, 7 y 3 a os respectivamente desde que seá ñ hicieron exigibles.- CONSIDERACIONES DE DERECHO.- Al tenor del art culo 2492 del C digo Civil: í ó La prescripci n es un modo de adquirir las“ ó cosas ajenas, o de extinguir la acciones y derechos ajenos, por haberse pose doí las cosas o no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los dem s requisitos legales.- Una acci n o derecho seá ó dice prescribir cuando se extingue por la prescripci n .-ó ” A su turno,

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1 ) Que se dedujo demanda en juicio ordinario de prescripci n extintiva° ó de deuda fiscal en contra de la Tesorer a General De La Republica, solicitandoí que se declaren prescritas las deudas contenidas en los folios N 1437494 cuyaº fecha de vencimiento es el 12/12/2012, folio N 1437513 cuya fecha deº vencimiento es el 14/01/2013, folio N 1439385 cuya fecha de vencimiento es elº 12/03/2013, folio N 240407673 cuya fecha de vencimiento es el 30/04/2013,º folio N 904000301 y folio N 904001300 que tienen como fecha de vencimientoº º 00/00/0000, lo que se explica porque corresponden a multas, por la suma de $6.709.203, respectivamente, solicitando en definitiva que se declare que los folios singularizados se encuentran extinguidos, por haber prescrito la acci n deló Fisco para perseguir su cobro, al haber transcurrido m s de tres a o de plazo ená ñ que el Fisco de Chile tuvo acci n para hacer exigibles las obligacionesó contenidas en cada uno de ellos, y que se condene al Fisco al pago de las costas de la causa. 2 ) Que por su parte, el Fisco de Chile Servicio de Tesorerias, contest la° ó demanda, solicitando que sea rechazada en todas sus partes, con expresa condenaci n en costas.ó 3 ) Que conforme a las reglas del onus probandi, incumbe probar las° obligaciones o su extinci n al que alega aquellas o sta, de conformidad con loó é prescrito en el art culo 1698 del C digo Civil.í ó 4 ) Que para cumplir su carga procesal, el demandante acompa el siguiente° ñó medio de convicci n: De forma legal, sin que fuera objetado, certificado deó deuda de Tesorer a General de la Republica a nombre de CRISTIAN ROGERSí BURGOS CASANOVA, de fecha 6 de diciembre de 2019. 5 ) Que a su turno la demandada aport , copia de Sentencia de la Ilustr sima° ó í Corte de Apelaciones de Santiago Rol 170-2014, copia de expedientes administrativos roles 10040-2014 y 10147-2017. 6 ) Que en primer t rmino, corresponde determinar la procedencia o no de la° é prescripci n extintiva de la acci n cuya declaraci n se solicita, al tenor de laó ó ó contestaci n de la demanda. Para estos efectos se tendr especialmente presenteó á las probanzas acompa adas, y en particular el sustento normativo de la acci nñ ó intentada contenido en el art culo 2514 del C digo Civil que dispone: í ó "La prescripci n que extingue las acciones y derechos ajenos exige solamente ciertoó lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dicha acciones. Se cuenta este tiempo desde que la obligaci n se haya hecho exigible."ó ; y el texto de los art culos 200 y 201 del C digo Tributario, normas especiales aplicables al casoí ó subjudice. De esta forma el plazo otorgado al Fisco de Chile para ejercer la acci n de cobro de las obligaciones tributarias en dinero, es de tres o seis a osó ñ dependiendo de la situaci n jur dica en que se encuentre el contribuyente. Enó í consecuencia, prescribe dicha acci n de cobro si no es ejercida dentro de dichoó plazo contado desde que la obligaci n se hizo exigible.

Fallo

POR TANTO, En m ritoé de los argumentos de hecho y derecho referidos, disposiciones legales citadas y dem s pertinentes,á A V.S. PIDO, tener por interpuesta demanda de prescripci nó extintiva, en contra de la TESORERIA GENERAL DE LA REPUBLICA, representada legalmente por CLAUDIA ANDREA GUAJARDO ARRIAGADA, ambos ya individualizados, acogerla a tramitaci nó y en definitiva se declaren extinguidos por prescripci n, las acciones y derechos, enó contra de la Tesorer aí General de la Republica, respecto de todos y cada uno de los impuestos adeudados, sus intereses, reajustes y multas, que emanan de los folios N º 1437494, N 1437513, N 1439385, N 240407673, N 904000301, Nº º º º º 904001300, por haberse cumplido los requisitos exigidos en la ley, con costas.- Que contestando la demanda se present por el servicio demandado, donó GUIDO ANDR S FERN NDEZ GONZ LEZ, É Á Á abogado, quien expuso: I. ANTECEDENTES DE HECHO: La demanda interpuesta por don CRISTIAN ROGERS BURGOS CASANOVA, Rut 12.740.932-3 debidamente representado, pretende la declaraci n de prescripci n de los folios que se encuentranó ó contenidos en los siguientes expedientes administrativos que de acompa ar n enñ á la etapa procesal pertinente. Cabe se alar que los giros corresponden añ emisiones efectuadas, por el Servicio de Impuestos Internos y producto del no pago de stos en la oportunidad correspondiente, el Servicio de Tesorer a,é í procedi a demandar ejecutivamente a don CRISTIAN ROGERS BURGOSó CASANOVA, Rut 12.740.93

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Foja: 1 FOJA: 41 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : C-87-2020 CARATULADO : BURGOS/TESORERIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Temuco, diecisiete de Octubre de dos mil veintid só VISTOS: Que se present don CRISTIAN ROGERS BURGOS CASANOVA,ó dependiente, domiciliado para estos efectos en el domicilio de su abogado patrocinante, calle Arturo Prat N 69

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