LOYOLA/
Rol
V-57-2022
Fecha
13 de octubre de 2022
Materia
BIENES RAÍCES, AUTORIZACIÓN ENAJENAR
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: En folio 1, LUIS ELBEL LOYOLA BURGOS, sin indicación de profesión u oficio, domiciliado en calle Clemente Escobar n.º 1066, de esta ciudad, como curador de su cónyuge ADA TILDA RODRIGUEZ MOREIRA, solicitó autorización para enajenar inmueble inscrito a fojas 445 vuelta, bajo el número 521 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Valdivia, correspondiente al año 1972, que se encuentra ubicado en calle Picarte números 1563 y 1565, de esta comuna, rol de avalúo fiscal número 92-13, Valdivia, propiedad de la sociedad conyugal habida con su cónyuge. Indicó que por sentencia dictada en causa rol V-220-2021 del Primer Juzgado Civil de esta ciudad, se declaró interdicta por demencia a Ada Tilda Rodríguez Moreira, nombrándosele como su curador y que actualmente la discapacitada permanece en “Residencia Huellas”, ubicada en la comuna de San José de la Mariquina. Agregó que es de gran utilidad que la referida propiedad se enajene, pues su venta contribuiría a mejorar la calidad de vida suya y de su cónyuge, en virtud de los gastos asociados al cuidado de ella y que con su precaria jubilación no puede costear. En folio 11, indicó que existe un comprador interesado que ha ofrecido la suma de $500.000.000 como precio por la compra del inmueble y que la venta en pública subasta haría onerosa su venta dado que el probable beneficio podría diluirse
Fundamentos
considerando el excesivo tiempo de tramitación de un proceso de subasta pública. En folio 6, rola información sumaria de los testigos de Luzmira Loyola Rodríguez, Flavio Ulloa Nauto y Felipe Caamaño Loyola, declarando la primera ser hija del solicitante y la discapacitada, por lo cual sabe que con las pensiones de sus padres se solventa parcialmente el alto costo de la casa de reposo donde se encuentra su madre, al que también aporta, teniendo conocimiento además de Código: RXZSXBSQBPT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 los costos de medicamentos, pañales y útiles de aseos que se le deben suministrar; el segundo declaró que conoce al solicitante hace veinte años al haber iniciado una relación de pareja con su hija, razón por la cual tiene conocimiento que sus ingresos no le permiten solventar todos los gastos que tiene, fundamentalmente el de la casa de reposo que va entre $ 600.000 a $ 700.000; finalmente, el tercero declaró que es nieto del solicitante, por lo cual sabe de su situación económica delicada. En folio 13, evacuó informe el defensor público, Alfonso Banda Vergara, expresando que no existe inconveniente para otorgar la autorización solicitada, salvo mejor parecer de este sentenciador sobre la materia. En folio 20, quedaron los autos para fallo. Y teniendo presente el mérito de los documentos acompañados a los autos, entre ellos la copia de la inscripción de fojas 1107 vuelta, N.° 975 del Registro de Prohibiciones del Conservador de Bienes Raíces de Valdivia del año 2022, relativa a la inscripción de la resolución judicial emanada del Primer Juzgado Civil de Valdivia que declaró interdicta a Ada Tilda Rodriguez Moreira, designándose como curador a Luis Elbel Loyola Burgos; el certificado de matrimonio del solicitante con la discapacitada, del que fluye la existencia de sociedad conyugal a contar del 6 de agosto de 1965; la copia de la inscripción de fojas 445 vuelta, N.° 521 Registro de Propiedad del año 1972 del Conservador de Bienes Raíces de Valdivia, de la que consta que la referida sociedad conyugal es dueña del Lote a, del predio de calle Picarte, ubicado en calle Picarte N.° 1563 y 1565, de esta ciudad; que de los antecedentes de la causa ha resultado acreditado que la venta presenta utilidad para la interdicta; que la autorización para enajenar solicitada recae sobre las acciones y derechos de la discapacitada y tratándose de un acto de administración por parte del curador, de conformidad al artículo 150 inciso 2° del Código Orgánico de Tribunales, es competente este tribunal para conocer del asunto; que atendido lo dispuesto en el artículo 394 del Código Civil la venta de los bienes enumerados en el artículo 393 del mismo cuerpo legal debe hacerse en pública subasta; que según el certificado de avalúo fiscal actualizado agregado a los autos, el inmueble tiene una valoración fiscal de $ 107.142.098; que según ha expresado el solicitante exist
Fallo
se declara: Que se autoriza a LUIS ELBEL LOYOLA BURGOS, para que en representación de ADA TILDA RODRIGUEZ MOREIRA, en pública subasta, Código: RXZSXBSQBPT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 enajene las acciones y derechos de su pupila, sobre el inmueble ubicado en calle Picarte N.° 1563 y 1565, de esta ciudad, inscrito a fojas 445 vuelta, bajo el número 521 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Valdivia, correspondiente al año 1972, en el monto mínimo de $200.000.000.- Queda habilitada la posibilidad, si hubiere interés en ello, para que el solicitante enajene sus derechos sobre el inmueble, conjuntamente con los derechos de la discapacitada, en la misma pública subasta. Esta autorización tendrá vigencia por un año. Anótese, regístrese y notifíquese por correo electrónico. Rol V-57-2022 Dictada por Nibaldo Cabezas López, Juez titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Valdivia, trece de Octubre de dos mil veintid s.ó Código: RXZSXBSQBPT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-10-13T14:50:38-0300
Texto Completo (Preview)
RIT« » Foja: 1 FOJA: 19 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Valdiviaº CAUSA ROL : V-57-2022 CARATULADO : LOYOLA/ Valdivia, trece de Octubre de dos mil veintid s.ó Vistos: En folio 1, LUIS ELBEL LOYOLA BURGOS, sin indicación de profesión u oficio, domiciliado en calle Clemente Escobar n.º 1066, de esta ciudad, como curador de su cónyuge ADA TILDA RODRIGUEZ MOREIRA, so
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