3º Juzgado de Letras de Calama

ALARCÓN/

Rol

V-623-2022

Fecha

13 de octubre de 2022

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: 1.- Que, a folio 1, con fecha 02 de junio de 2022, se presenta don Marco Antonio Castillo Romero, chileno, soltero, abogado, c dula nacional de identidadé Nº 13.047.307-5, en representaci n de don ó Rafael Ernesto Alarc n Rodr guezó í , chileno, casado, Ingeniero Civil de Minas, c dula nacional de identidad Nºé 5.890.571-2, ambos domiciliados en Av. Juan Moya Morales N° 236, comuna de u oa, SantiagoÑ ñ , quien solicit para su mandante concesi n minera deó ó EXPLORACI NÓ , que denominar “á KORITIKA 12”, con una superficie de 300 hect reasá . 2.- Que, a folio 1 y 4, el solicitante de autos acompa a documentos. ñ 3.- Que, a folio 6, consta informe favorable del Servicio Nacional de Geolog a y Miner a de II Regi n, Antofagasta. í í ó 4.- Que, a folio 7, con fecha 06 de octubre de 2022, se trajeron los autos para resolver.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don Marco Antonio Castillo Romero, solicita constituir para su mandante, concesi n minera de exploraci n, en terrenos ubicados en la provinciaó ó El Loa, comuna de San Pedro de Atacama, Regi n de Antofagasta, sobre unaó superficie de 300 hect reas, la que denominar “á á KORITIKA 12”, conforme a los antecedentes presentados. SEGUNDO: Que, a folio 4, consta que el pedimento minero fue inscrito a fojas 2.015 bajo el N°1.177, del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Calama, con fecha 08 de junio del 2022. TERCERO: Que, dicho pedimento minero fue publicado con fecha 20 de junio del 2022, Diario Oficial, edici n Nº 43.283, seg n ejemplar acompa ado. ó ú ñ CUARTO: Que, el Servicio Nacional de Geolog a y Miner a II Regi n,í í ó Antofagasta, con fecha 04 de octubre del 2022, mediante ordinario N° 5517, Código: XXGGXBRNMJT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl inform consignando que los aspectos t cnicos relacionados con la solicitud y planoó é de la concesi n referida, se encuentran conforme con las disposiciones legalesó vigentes, en efecto, la forma, las dimensiones y orientaci n de la cara superficialó de la concesi n solicitada se ajustan a la ley, y sta queda comprendida dentro deló é terreno pedido. QUINTO: Que, seg n figura a folio 4, el peticionario dio cumplimiento a laú obligaci n de pago de la tasa de pedimento y la patente proporcional. ó SEXTO: Que, en el plano de la concesi n minera de exploraci n, consta queó ó las coordenadas U.T.M. de cada uno de los v rtices de la cara superior delé pedimento minero denominada “KORITIKA 12”, con una superficie de 300 hect reas, solicitadas y materia de esta concesi n son: á ó V RTICEÉ NORTE (metros) ESTE (metros) P.M 7.377.500,00 670.500,00 V1 7.379.000,00 670.000,00 V2 7.379.000,00 671.000,00 V3 7.376.000,00 671.000,00 V4 7.376.000,00 670.000,00 S PTIMOÉ : Que, del an lisis de los antecedentes que obran en autos y elá m rito del informe t cnico del Servicio Nacional de Geolog a y Miner a, la presenteé é í í causa se ajusta plenamente a la Ley, sin que existan vicios procesales, ni otras causales que ameriten la denegaci n de la concesi n de exploraci n o la declaraci nó ó ó ó de caducidad, raz n por la cual este tribunal acoger la solicitud impetrada enó á autos. Y, VISTO adem s, lo dispuesto en los art culos 34, 35, 43, 47, 48, 51, 52,á í 55, 56, 57, 58, 87 y 90 del C digo de Miner a en vigencia y lo establecido en losó í art culos 42, 43, 44 y 94 del Reglamento de dicho texto legal,

Fallo

se resuelve: í I.- Que, se aprueba el plano de la concesi n minera de exploraci nó ó denominada “KORITIKA 12”. II.- Que, se declara constituida la concesi n minera de exploraci nó ó “KORITIKA 12”, con una superficie total de 300 hect reas a favor de doná Rafael Ernesto Alarc n Rodr guezó í , chileno, casado, Ingeniero Civil de Minas, c dula nacional de identidad Nº 5.890.571-2, con domicilio en Av. Juan Moyaé Morales N° 236, comuna de u oa, SantiagoÑ ñ . III.- Una vez certificada -a petici n de la interesada- la ejecutoriedad de laó presente sentencia, rem tase -por este Juzgado- dicha certificaci n, junto a laí ó Código: XXGGXBRNMJT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl sentencia constitutiva y copia digital del plano aprobado por Sernageomin, al correo electr nico proporcionado por el Conservador de Minas para tal efecto. ó IV.- Inscr base la sentencia, dentro del plazo legal en el Registro delí Conservador de Minas de El Loa Calama. Archívese un ejemplar del plano en el registro respectivo del Conservador de Minas. Con este objeto, la concesionaria deber requerir el inicio del tr mite alá á siguiente correo electr nico del Conservador de Minas:ó conservadorminas@notariavaras.cl . V.- Pract quese la publicaci n legal extractada en conformidad a lo dispuestoí ó en el art culo 89 y 90 del C digo de Miner a y 43 del reglamento.í ó í VI.- Rem tase -por este Tribunal- copia de los antecedentes referidos en elí p

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NOMENCLATURA : 1. [40] Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado de Letras de Calama CAUSA ROL : V-623-2022 CARATULADO : ALARC N/Ó Calama, trece de Octubre de dos mil veintid só VISTO: 1.- Que, a folio 1, con fecha 02 de junio de 2022, se presenta don Marco Antonio Castillo Romero, chileno, soltero, abogado, c dula nacional de identidadé Nº 13.047.307-5, en representaci n de don ó Rafael Ernesto Alarc n Rodr

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