3º Juzgado de Letras de Calama

GAMBOA/

Rol

V-493-2021

Fecha

13 de octubre de 2022

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: 1.- Que, a folio 1, con fecha 29 de marzo de 2021, se presenta don Felipe Gamboa Mandiola, chileno, abogado, soltero, c dula nacional de identidad N°é 18.125.055-0, domiciliado en calle Parque Conguillio Sur N° 9126, comuna de Pe alol n, Regi n Metropolitanañ é ó , quien solicit concesi n minera deó ó EXPLORACI NÓ , que denominar “á VIDA 21”, con una superficie de 300 hect reasá . 2.- Que, a folio 4, el solicitante de autos acompa a documentos. ñ 3.- Que, a folio 6, consta informe favorable del Servicio Nacional de Geolog a y Miner a de II Regi n, Antofagasta. í í ó 4.- Que, a folio 12, con fecha 06 de octubre de 2022, se trajeron los autos para resolver.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don Felipe Gamboa Mandiola, solicita constituir concesi nó minera de exploraci n, en terrenos ubicados en la provincia El Loa, comuna de Sanó Pedro de Atacama, Regi n de Antofagasta, sobre una superficie de 300 hect reas,ó á la que denominar “á VIDA 21”, conforme a los antecedentes presentados. SEGUNDO: Que, a folio 4, consta que el pedimento minero fue inscrito a fojas 1.789 bajo el N°1.006, del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Calama, con fecha 09 de abril del 2021. TERCERO: Que, dicho pedimento minero fue publicado con fecha 22 de abril del 2022, Diario Oficial, edici n Nº 42.936, seg n ejemplar acompa ado. ó ú ñ CUARTO: Que, el Servicio Nacional de Geolog a y Miner a II Regi n,í í ó Antofagasta, con fecha 03 de agosto del 2021, mediante ordinario N° 5094, inform consignando que los aspectos t cnicos relacionados con la solicitud y planoó é de la concesi n referida, se encuentran conforme con las disposiciones legalesó vigentes, en efecto, la forma, las dimensiones y orientaci n de la cara superficialó Código: XFLTXBXDBXT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de la concesi n solicitada se ajustan a la ley, y sta queda comprendida dentro deló é terreno pedido. QUINTO: Que, seg n figura a folio 4, el peticionario dio cumplimiento a laú obligaci n de pago de la tasa de pedimento y la patente proporcional. ó SEXTO: Que, en el plano de la concesi n minera de exploraci n, consta queó ó las coordenadas U.T.M. de cada uno de los v rtices de la cara superior delé pedimento minero denominada “VIDA 21”, con una superficie de 300 hect reas,á solicitadas y materia de esta concesi n son: ó V RTICEÉ NORTE (metros) ESTE (metros) P.M 7.446.500,00 578.500,00 V1 7.447.000,00 577.000,00 V2 7.447.000,00 580.000,00 V3 7.446.000,00 580.000,00 V4 7.446.000,00 577.000,00 S PTIMOÉ : Que, del an lisis de los antecedentes que obran en autos y elá m rito del informe t cnico del Servicio Nacional de Geolog a y Miner a, la presenteé é í í causa se ajusta plenamente a la Ley, sin que existan vicios procesales, ni otras causales que ameriten la denegaci n de la concesi n de exploraci n o la declaraci nó ó ó ó de caducidad, raz n por la cual este tribunal acoger la solicitud impetrada enó á autos. Y, VISTO adem s, lo dispuesto en los art culos 34, 35, 43, 47, 48, 51, 52,á í 55, 56, 57, 58, 87 y 90 del C digo de Miner a en vigencia y lo establecido en losó í art culos 42, 43, 44 y 94 del Reglamento de dicho texto legal,

Fallo

se resuelve: í I.- Que, se aprueba el plano de la concesi n minera de exploraci nó ó denominada “VIDA 21”. II.- Que, se declara constituida la concesi n minera de exploraci n “ó ó VIDA 21”, con una superficie total de 300 hect reas a favor de don á Felipe Gamboa Mandiola, c dula nacional de identidad N° 18.125.055-0é , domiciliado en calle Parque Conguillio Sur N° 9126, comuna de Pe alol n, Regi n Metropolitanañ é ó . III.- Una vez certificada -a petici n de la interesada- la ejecutoriedad de laó presente sentencia, rem tase -por este Juzgado- dicha certificaci n, junto a laí ó sentencia constitutiva y copia digital del plano aprobado por Sernageomin, al correo electr nico proporcionado por el Conservador de Minas para tal efecto. ó Código: XFLTXBXDBXT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl IV.- Inscr base la sentencia, dentro del plazo legal en el Registro delí Conservador de Minas de El Loa Calama. Archívese un ejemplar del plano en el registro respectivo del Conservador de Minas. Con este objeto, la concesionaria deber requerir el inicio del tr mite alá á siguiente correo electr nico del Conservador de Minas:ó conservadorminas@notariavaras.cl . V.- Pract quese la publicaci n legal extractada en conformidad a lo dispuestoí ó en el art culo 89 y 90 del C digo de Miner a y 43 del reglamento.í ó í VI.- Rem tase -por este Tribunal- copia de los antecedentes referidos en elí punto III a Sernageomin, al correo ele

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NOMENCLATURA : 1. [40] Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado de Letras de Calama CAUSA ROL : V-493-2021 CARATULADO : GAMBOA/ Calama, trece de Octubre de dos mil veintid só VISTO: 1.- Que, a folio 1, con fecha 29 de marzo de 2021, se presenta don Felipe Gamboa Mandiola, chileno, abogado, soltero, c dula nacional de identidad N°é 18.125.055-0, domiciliado en calle Parque Conguillio Sur N° 9126, comuna de P

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