PÉREZ/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PEDRO AGUIRRE CERDA
Rol
T-147-2022
Fecha
30 de mayo de 2023
Materia
Art. 19 Nº 1 CPR. Derecho a la vida y la integridad, Art. 19 Nº 16 CPR. Libertad de Trabajo y su protección, Art. 2 CT. Sobre actos de discriminación, Costas, Despido injustificado, Prestaciones, Reajustes e intereses
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que ante este Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, se llevó a efecto audiencia de juicio oral en los autos R.I.T. T-147-2022, RUC N° 22-4-0418264-5 por despido vulneratorio grave de derechos fundamentales y cobro de prestaciones, solicitado en procedimiento de tutela de dichos derechos; en subsidio, nulidad del despido, despido injustificado y cobro de prestaciones, solicitado conforme al procedimiento antes señalado. La demanda fue entablada por doña KARLA PEREZ PLAZA, cédula de identidad 14.195.992-1, profesora, domiciliada en Pasaje Las Urracas Nº 9451, de la comuna de La Cisterna, quien lo hizo asistida por la abogada doña Belén Riffo Cárdenas. Por su parte, la demandada ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PEDRO AGUIRRE CERDA, servicio público descentralizado, representada legalmente por don Luis Astudillo Pieretti, ambos domiciliados en Avenida Presidente Salvador Allende Gossens N°2029, comuna de Pedro Aguirre Cerda , quien compareció asistido por la abogada doña Myriam González Jaque. OIDOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que doña KARLA PEREZ PLAZA interpuso demanda- en procedimiento de aplicación general- en contra de ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PEDRO AGUIRRE CERDA, solicitando que
Fallo
se declarase que con ocasión del término de sus servicios por haberse declarado vacante el cargo que servía, dicha decisión resultaba ser vulneratoria de su derecho fundamental de no discriminación, lo que estima ha sido grave, de su derecho a la vida e integridad física y psíquica y su derecho a la libertad de trabajo y su protección, consagradas en la Constitución Política de la República, disponiendo la reincorporación a su puesto de trabajo y /o al pago de las compensaciones, indemnizaciones y demás prestaciones que a continuación se indicarán, todas las cuales se reclaman debidamente reajustadas, con intereses y las costas de la causa; a saber: 1.- $ 934.911 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo; 2.- $ 2.804.733 por concepto de indemnización por años de servicio; 3.- Remuneraciones y demás prestaciones derivadas de lo establecido en el artículo 162 del Código del Trabajo; 4.-$ 2.617.751 por concepto de feriado proporcional; 5.- $ 1.402.366 por concepto de recargo legal correspondiente al 50%; 6.- Indemnización adicional de conformidad a lo establecido en el artículo 489 del Código del Trabajo; 7.- Capacitar a la totalidad del equipo directivo en materia de derechos fundamentales; 8.- Oficiar a Chile Compras para que, de conformidad con lo establecido en el artículo 4° de la Ley N° 19.886, aquella elimine de sus registros a la denunciada dentro del plazo dispuesto por la Ley; 9.- Indemnización por daño moral correspondiente a 11 meses de su última rem
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PROCEDIMIENTO: Tutela de Derechos Fundamentales. MATERIA: Tutela de derechos fundamentales con ocasión del despido y cobro de prestaciones; subsidio, despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones. DEMANDANTE: Karla Pérez Plaza DEMANDADO: Ilustre Municipalidad de Pedro Aguirre Cerda. RUC: 22-4-0418264-5 RIT: T-147-2022 _________________________________________/ San Miguel, t
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