27º Juzgado Civil de Santiago

FORUM SERVICIOS FINANCIEROS S.A./ZAMBRANO

Rol

C-10404-2020

Fecha

7 de octubre de 2022

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 9 de julio de 2020, comparece Hedy Matthei Fornet, abogada, en representación de Forum Servicios Financieros S.A., sociedad del giro de su denominación, legalmente representada por Mauricio Fuenzalida Espinoza, ingeniero comercial, domiciliados en avenida Isidora Goyenechea 3365, quien deduce demanda ejecutiva en contra de Daniel Alejandro Zambrano Rendon, cuya profesión u oficio ignora, domiciliado en calle Lord Cochrane 173, Santiago. Con fecha 24 de agosto de 2020, la demandada se opuso a la ejecución en virtud de las excepciones del artículo 464 números 2 y 7 del Código de Procedimiento Civil. Con fecha 2 de septiembre de 2020, la ejecutante evacuó el traslado conferido. Con fecha 8 de septiembre de 2020, se recibió la causa a prueba. Con fecha 20 de junio de 2022, se citó a las partes a oír sentencia.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el fundamento de la ejecución es el pagaré N°1274800, suscrito el 27 de diciembre de 2018, por la suma de $7.260.686, pagadero en 24 cuotas, según los vencimientos, montos e intereses establecidos en el título. Asimismo, se estableció que la falta de pago en cualquiera de las cuotas daría derecho al acreedor para exigir el total adeudado de forma anticipada, como si fuese de plazo vencido. En la especie, la demandada dejó de pagar desde la cuota número 13, con vencimiento al mes de febrero de 2020, por lo que adeuda a su representada la suma de $5.979.222, de forma que debe darse curso a la ejecución hasta obtener el pago íntegro de dicha suma, con intereses, reajustes y costas. SEGUNDO: Que, la demandada se opuso a la ejecución en virtud de las excepciones del artículo 464 números 2 y 7 del Código de Procedimiento Civil, Código: TETTXBXRCTR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl según se revisa a continuación. Respecto de la excepción de falta de capacidad o de personería señala que no consta que le hayan conferido patrocinio a la abogada compareciente. Sobre la falta de requisitos para que el título tenga fuerza ejecutiva, no consta el incumplimiento de su parte, por lo que no concurre la exigibilidad de la obligación y no se efectuó protesto alguno del pagaré.

Fallo

Por estas consideraciones, solicita se rechace la demanda ejecutiva, negándose la ejecución, con costas. TERCERO: Que, al evacuar el traslado conferido, la ejecutante solicita que se rechacen las excepciones opuestas, con costas, pues, los fundamentos alegados por la demandada, además de inexactos y falsos, no le restan fuerza ejecutiva al pagaré cuyo cobro se intenta. CUARTO: Que, para acreditar los presupuestos de su acción, la demandante acompañó prueba documental, consistente en el pagaré cuyo cobro se intenta y la tabla de desarrollo. Por su parte, la ejecutada no rindió probanza alguna. QUINTO: Que, la ejecutada, en primer lugar se opuso en virtud de la excepción número 2 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, esto es, la falta de capacidad del demandante o de personería o representación legal del que comparezca a su nombre, sobre lo que alegó que no consta que se haya conferido el patrocinio a la abogada compareciente, cuestión que no fundó en antecedente alguno y que es falsa, pues, consta el mandato judicial en virtud del cual comparece la abogada que ejerció la acción en representación de la demandante, razón suficiente para que la excepción en análisis deba ser rechazada, como se dirá en lo resolutivo. Respecto de la excepción del artículo 464 N°7 del Código de Procedimiento Civil, sostuvo que el título carece de los requisitos para que tenga fuerza ejecutiva, por falta de exigibilidad de la obligación y la falta de protesto del pagaré, lo afirmado

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 27 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-10404-2020 CARATULADO : FORUM SERVICIOS FINANCIEROS S.A./ZAMBRANO Santiago, siete de Octubre de dos mil veintid só VISTOS: Con fecha 9 de julio de 2020, comparece Hedy Matthei Fornet, abogada, en representación de Forum Servicios Financieros S.A., sociedad del giro de su denominación, legalmente representada por

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