23º Juzgado Civil de Santiago

BANCO CONSORCIO/GONZÁLEZ

Rol

C-17678-2020

Fecha

7 de octubre de 2022

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto: A folio 1 compareci Felipe Hern n Fr as Jones, abogado, domiciliadoó á í en Agustinas N 1291 Piso 6 oficina G, comuna y ciudad de Santiago, en su° calidad de mandatario judicial de Banco Consorcio, instituci n bancariaó representada por su Gerente General Ignacio Ossa Guzm n, factor deá comercio, ambos con domicilio en Avenida. El Bosque Sur N 130, piso° s ptimo, comuna de Las Condes de esta ciudad, quien interpuso demandaé ejecutiva de cobro de pagar en contra de Luis Rodrigo Gonz lez Curiante,é á cuya profesi n ignora, domiciliado(a) en Los Jazmines N 904 comuna deó ° Talagante. A folio 5 del cuaderno principal se orden despachar mandamientoó de ejecuci n y embargo.ó A folio 18 y 19 del cuaderno principal consta la notificaci n personaló y el requerimiento de pago a la parte ejecutada. A folio 6 compareci la parte ejecutada, quien opuso a la ejecuci nó ó las excepciones contenidas en el art culo 464 del C digo de Procedimientoí ó Civil, numerales 7 , 2 y 4 .° ° ° A folio 23 se tuvo por opuestas las excepciones y se confiri trasladoó de ellas al ejecutante. A folio 24 compareci la ejecutante evacuando el traslado conferidoó solicitando el rechazo de las excepciones opuestas. C-17678-2020 Foja: 1 A folio 25 se tuvo por evacuado el traslado de la ejecutante. A su vez se declararon admisibles las excepciones y se recibi la causa a prueba, poró el tiempo legal correspondiente, fij ndose con ello los hechos substanciales,á pertinentes y controvertidos sobre los cuales debi recaer, rindi ndoseó é aquella que consta en autos. Resoluci n interlocutoria debidamenteó notificada a ambas partes a folios 28 32 respectivamente. Encontr ndose suspendido el t rmino probatorio en virtud de loá é se alado en el art culo 6 de la Ley N 21.226, la reactivaci n del mismo fueñ í ° ° ó decretada a folio 27. A folio 34 se cit a las partes para o r sentencia. ó í Y

Fundamentos

Considerando: Primero: Que compareci Felipe Hern n Fr as Jones, abogado,ó á í domiciliado en Agustinas N 1291 Piso 6 oficina G, comuna y ciudad de° Santiago, en su calidad de mandatario judicial de Banco Consorcio, instituci n bancaria representada por su Gerente General Ignacio Ossaó Guzm n, factor de comercio, ambos con domicilio en Avenida. El Bosqueá Sur N 130, piso s ptimo, comuna de Las Condes de esta ciudad, quien° é interpuso demanda ejecutiva de cobro de pagar en contra de Luis Rodrigoé Gonz lez Curiante, cuya profesi n ignora, domiciliado(a) en Los Jazminesá ó N 904 comuna de Talagante, solicitando se despache en su contra° mandamiento de ejecuci n y embargo por la suma de $5.716.765.- m só á intereses y costas, sigui ndose la ejecuci n hasta hacerse el Bancoé ó Consorcio, entero y cumplido pago de las sumas adeudadas. Expuso que el ejecutante es due o del pagar N 6010807964, porñ é º $6.292.564.- con vencimiento original el 5 de agosto de 2019, cuyo capital adeudado se pagar en pesos, moneda corriente nacional de curso legal. Aá contar de la fecha de este pagar y hasta la fecha de vencimiento de laé ltima cuota, el capital adeudado devengar intereses a la tasa de 1.60%ú á mensual. YD C-17678-2020 Foja: 1 El capital y los intereses adeudados se pagar an en 48 cuotasí mensuales de las cuales 47 son por la suma de $191.945.-, y una ltima, esú decir, la cuota N 48 por la suma de $191.966.-.º Este documento dej de ser pagado al vencimiento de la cuotaó correspondiente al 5 de marzo de 2020, quedando reducido a la suma de $5.716.765.- Por ltimo indic que la firma del suscriptor fue autorizada porú ó Notario, y la deuda consta de un t tulo ejecutivo, es l quida, actualmenteí í exigible y la acci n ejecutiva no se encuentra prescrita.ó Segundo: Que el ejecutado fund la excepci n del numeral 7ó ó , se alando que el t tulo invocado carece de m rito ejecutivo puesto que noñ í é consta el pago del impuesto que rige a dicho documento, en conformidad con el Decreto Ley 3.475, Ley sobre Impuesto de Timbres y Estampillas, agregando, adem s, que no cumple con los requisitos legales de timbrado yá numeraci n.ó Por su parte fund la excepci n del numeral 2 , esto es la falta deó ó ° “ capacidad del demandante o de personer a o representaci n legal del queí ó comparezca en su nombre se alando que es evidente que la demandante” ñ no acompa los documentos fundantes de su representaci n legal. En esteñó ó sentido, no es tolerable en nuestro sistema jur dico que una persona queí reclama tener un derecho sobre otra presente demandas en forma temeraria. Por ltimo fund la excepci n de numeral 4 en el hecho de que elú ó ó ° demandante de autos en la individualizaci n del demandado solo haceó alusi n al nombre y domicilio del ejecutado desconociendo lo solicitado poró el articulo 254 N 3, no indicando la profesi n u oficio del demandado.° ó Tercero: Que se recibi la causa a prueba por el t rmino legaló é correspondiente, fij ndose como hechos substanciales, perti

Fallo

se declararon admisibles las excepciones y se recibi la causa a prueba, poró el tiempo legal correspondiente, fij ndose con ello los hechos substanciales,á pertinentes y controvertidos sobre los cuales debi recaer, rindi ndoseó é aquella que consta en autos. Resoluci n interlocutoria debidamenteó notificada a ambas partes a folios 28 32 respectivamente. Encontr ndose suspendido el t rmino probatorio en virtud de loá é se alado en el art culo 6 de la Ley N 21.226, la reactivaci n del mismo fueñ í ° ° ó decretada a folio 27. A folio 34 se cit a las partes para o r sentencia. ó í Y Considerando: Primero: Que compareci Felipe Hern n Fr as Jones, abogado,ó á í domiciliado en Agustinas N 1291 Piso 6 oficina G, comuna y ciudad de° Santiago, en su calidad de mandatario judicial de Banco Consorcio, instituci n bancaria representada por su Gerente General Ignacio Ossaó Guzm n, factor de comercio, ambos con domicilio en Avenida. El Bosqueá Sur N 130, piso s ptimo, comuna de Las Condes de esta ciudad, quien° é interpuso demanda ejecutiva de cobro de pagar en contra de Luis Rodrigoé Gonz lez Curiante, cuya profesi n ignora, domiciliado(a) en Los Jazminesá ó N 904 comuna de Talagante, solicitando se despache en su contra° mandamiento de ejecuci n y embargo por la suma de $5.716.765.- m só á intereses y costas, sigui ndose la ejecuci n hasta hacerse el Bancoé ó Consorcio, entero y cumplido pago de las sumas adeudadas. Expuso que el ejecutante es due o del pagar N 6010807964, porñ é º $6.

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C-17678-2020 Foja: 1 FOJA: 22 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 23 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-17678-2020 CARATULADO : BANCO CONSORCIO/GONZ LEZÁ Santiago, siete de Octubre de dos mil veintid s.ó Visto: A folio 1 compareci Felipe Hern n Fr as Jones, abogado, domiciliadoó á í en Agustinas N 1291 Piso 6 oficina G, comuna y ciudad de Santiago, en su° calidad de mandatario judic

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