Juzgado de Letras del Trabajo de Osorno

TRIDENTE SPA/INSPECCION PROVINCIAL DEL TRABAJO DE OSORNO

Rol

I-84-2022

Fecha

29 de mayo de 2023

Materia

Costas, Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

antecedentes de hecho y de derecho que expone y las pruebas que rendirá en la oportunidad procesal correspondiente, se rebaje dicha multa y la ajuste conforme a derecho, según la decisión que se estime conveniente, conforme a los siguientes

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Reclamo. PABLO URETA EDWARDS, empresario, cédula nacional de identidad N° 10.602.128-7, en representación de la empresa TRIDENTE SPA, RUT 76.749.192-1, ambos domiciliados en Fundo Río Grande, Camino Real Km 4, Sector Las Vegas, comuna de Osorno, de conformidad al inciso tercero del artículo 503 del Código del Trabajo, en armonía con lo dispuesto en los artículos 446 y siguientes del mismo cuerpo legal, deduce demanda de reclamación judicial en contra de la Resolución de Multa Administrativa N° 8356/22/59, de fecha 22 de noviembre de 2022, la cual fue aplicada por el fiscalizador Sr. Gustavo M. Vega Gómez, dependiente de la INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE OSORNO, cuyo Inspector Jefe y

Fallo

por tanto representante es el Sr. JUAN ANTONIO SÁNCHEZ PINTO, cédula nacional de identidad N° 12.478.798-K, ambos domiciliados en calle Freire N° 1117, comuna de Osorno, solicitando que con el mérito de los antecedentes de hecho y de derecho que expone y las pruebas que rendirá en la oportunidad procesal correspondiente, se rebaje dicha multa y la ajuste conforme a derecho, según la decisión que se estime conveniente, conforme a los siguientes fundamentos: HECHOS: 1. A través de la Resolución N° 8356/22/59, de fecha 22 de noviembre de 2022, la Inspección Provincial del Trabajo de Osorno cursó una multa a la empresa Tridente SpA. La resolución fue dictada a raíz de una fiscalización efectuada por el funcionario Gustavo M. Vega Gómez, la que estaba relacionada con el hecho de que cuatro trabajadores de la reclamante no contaban con licencia de conducir Clase D para el desempeño de sus funciones. 2. La multa utiliza como fundamento que la trabajadora Rosa González Quinchahual no contaba con licencia de conducir Clase D, pese a estar conduciendo en el lugar de trabajo un tractor. La resolución agrega que los trabajadores Daniela Mancilla Imilan, Mariela Currian Cumian y Raúl Pailanca Tapia tampoco contaban con ese tipo de licencia de conducir, pese a que “se constató que habitualmente conducen maquinaria agrícola, en especial tractores, según registro de combustible tenido a la vista”. 3. En la resolución se estableció que los hechos descritos configuran la infracción que se en

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Osorno, veintinueve de mayo de dos mil veintitrés. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Reclamo. PABLO URETA EDWARDS, empresario, cédula nacional de identidad N° 10.602.128-7, en representación de la empresa TRIDENTE SPA, RUT 76.749.192-1, ambos domiciliados en Fundo Río Grande, Camino Real Km 4, Sector Las Vegas, comuna de Osorno, de conformidad al inciso tercero del artículo 503 del Código de

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