BANCO DEL ESTADO DE CHIL/ROJAS
Rol
C-4077-2019
Fecha
6 de octubre de 2022
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: Al Folio 1, con fecha 12 de diciembre de 2019, se presenta don Maximiliano S nchez Derio, abogado, en representaci n judicial y convencional del Banco del Estadoá ó de Chile, empresa estatal, del giro de su nombre, domiciliado en Avda. Libertador Bernardo O Higgins 1111, Comuna de Santiago, deduciendo demanda ejecutiva en´ contra de don Felipe Andr s Rojas Medel, ignora profesi n u oficio, con domicilio en 25é ó sur A 0490, de la ciudad de Talca, por la deuda de que da cuenta el Pagar No½ é Reajustable N 00006504124 por la suma de $3.051.443, suscrito con fecha 26 de enero° de 2018. Indica que la deuda ten a pactada un inter s del 1,69000% mensual, que elí é deudor se oblig a pagar en 58 cuotas mensuales y sucesivas, de $ 83.698 cada una,ó salvo la ltima que ser a por un monto de $83.707, venciendo la primera de ellas el 01ú í de marzo de 2018 y las dem s, de vencimiento los d as 01 de los meses siguientes, ená í forma sucesiva. Adem s, expresa que se estableci que en caso deá ó no pago oportuno de una o m s cuotas, el deudor se oblig a pagar intereses penales equivalentes al m ximoá ó á convencional seg n las tasas que rijan a la fecha de suscripci n del documento, teniendoú ó facultad para hacer exigible el total de la deuda como si fuera de plazo vencido. Afirma el actor que el deudor dej de pagar desde la cuota con vencimiento aló d a 01 de agosto de 2019í ni ninguna de las siguientes, adeudando la suma de $3.448.769, m s los intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta elá completo pago de la deuda, con costas de la causa. Finaliza mencionando que la firma del suscriptor se encuentra autorizada por Notario, que la obligaci n es l quida, actualmente exigible y la acci n ejecutiva no seó í ó encuentra prescrita. Por ello, solicita se despache en su contra mandamiento de ejecuci n y embargo,ó por la suma de $3.448.769, m s intereses moratorios y costas.á Al Folio 20, de fecha 29 de julio de 2020, la demandada se opuso a la ejecuci nó a tr
Fundamentos
considerando: En cuanto a la objeci n de documentos:ó Primero: Que el ejecutado, en el tercer otros del folio 20, objet el pagarí ó é acompa ado por la ejecutante, que es el t tulo fundante de la ejecuci n, de acuerdo a loñ í ó dispuesto en el art culo 346 n 3 del C digo de Procedimiento Civil, pues no consta suí º ó autenticidad ni integridad, conforme lo expresado al oponer sus excepciones. Segundo: Que, el actor no evacu el traslado conferido en relaci n a la objeci nó ó ó ya referida. Código: MVXGXBGMTBR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-4077-2019 Foja: 1 Tercero: Que, en cuanto a la objeci n de documentos enderezada por laó ejecutada sta ser rechazada, por cuanto la manera de cuestionar el t tulo ejecutivo queé á í se cobra es a trav s de la oposici n de excepciones, cuesti n que el ejecutado realizé ó ó ó oportunamente en autos; adem s, los motivos en que se apoya escapan de losá fundamentos propios de una objeci n propiamente tal, lo que resulta inadmisible. ó En cuanto al fondo: Cuarto: Que, como se desprende de la demanda ejecutiva de autos, el actor se ha dirigido en contra de don Felipe Andr s Rojas Medel, cobrando la suma deé $3.448.769, m s intereses y costas,á las que derivar an del pagar que acompa a estaí é ñó causa. Quinto: Que, en la presente causa, la ejecutada se defendi a trav s de laó é excepci n N 7 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, esto es la falta deó ° í ó alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que dicho t tuloí tenga fuerza ejecutiva, sea absolutamente, sea con relaci n al demandado, que se indicó ó en la parte expositiva de la presente sentencia, por los fundamentos que se se alan, deñ manera que ser esa la discusi n en esta causa.á ó Sexto: Que la ejecutante acompa a estos autos, los siguientes medios de pruebañó para ser ponderados: A folio 1: 1. Copia simple del Pagar No Reajustable N 00006504124é ° , cuyo original se encuentra custodiado por este tribunal bajo el N 3108-2019.° 2. Delegaci n de Mandato y Mandato, de repertorio N 9127, suscrito ante notarioó ° p blico de Santiago, don lvaro Gonz lez Salinas, emitido con fecha 14 deú Á á febrero de 2019. S ptimoé : Que la ejecutada acompa a la causa los siguientes medios de pruebañó para ser ponderados por el tribunal: A folio 43: 1. Copia simple de sentencia de la Excma. Corte Suprema de fecha 19 de enero de 2010, dictada en causa Rol N 5548-08.° 2. Copia simple de sentencia del Primer Juzgado de Letras de Buin, en causa Rol 1963-2010 de fecha 30 de agosto de 2011. 3. Copia simple de sentencia del Primer Juzgado de Letras de Buin, en causa Rol 1517-2010, de fecha 22 de septiembre de 2011. Octavo: Que, en relaci n a la excepci n opuesta, esto es la del N 7 del art culo 464ó ó ° í del C digo de Procedimiento Civil, basada en la no autorizaci n de la firma de laó ó ejecutada en presencia de un Notario P blico, se debe tener presente, que el N 4 d
Fallo
se decide: I.- Que se rechaza la objeci n de documento promovida por el ejecutado en eló tercer otros del folio 20.í II.- Que se rechaza la excepci n del numeral 7 del art culo 464 del C digo deó í ó Procedimiento Civil opuesta por el ejecutado, don Felipe Andr s Rojas Medel, en elé primer otros del folio 20 y, en consecuencia, se ordena seguir adelante la ejecuci n ení ó su contra, hasta hacerse al ejecutante entero y cumplido pago de su acreencia en capital e intereses, conforme al tenor del t tulo fundante de la ejecuci n. í ó III.- Que se condena en costas a la parte ejecutada ya referida, por haber resultado totalmente vencida en juicio. Reg strese, notif quese y arch vese, en su oportunidad.í í í C-4077-2019. Código: MVXGXBGMTBR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-4077-2019 Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Talca, seis de Octubre de dos mil veintid s.ó Código: MVXGXBGMTBR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-10-06T12:56:56-0300
Texto Completo (Preview)
C-4077-2019 Foja: 1 FOJA: 44 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Talcaº CAUSA ROL : C-4077-2019 CARATULADO : BANCO DEL ESTADO DE CHIL/ROJAS Talca, seis de Octubre de dos mil veintid s.ó Visto: Al Folio 1, con fecha 12 de diciembre de 2019, se presenta don Maximiliano S nchez Derio, abogado, en representaci n judicial y convencional del Banco del Estadoá ó de Chil
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