3º Juzgado de Letras de la Serena

PÉREZ/

Rol

V-183-2021

Fecha

5 de octubre de 2022

Materia

NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: En lo principal de la presentaci n de fecha 20 de mayo deó 2021, comparecen Bernardita Moran Risso y Eunice Epifani Villalobos, abogadas, ambas domiciliadas en calle Aldunate Nº1160, tercer piso de la ciudad de Coquimbo, en representaci n de ó Claudio Andr s P rez vilaé é Á , chileno, casado, asesor inform tico, domiciliado ená pasaje Per Nº2.699, sector Las Compa as, La Serena, solicitandoú ñí cambio de nombre y rectificaci n de partida de nacimiento de maneraó que pasen de ser “Claudio Andr s P rez vila” a “Andrewsé é Á Anggell Rike Hebe”, por los argumentos que pasa a exponer. Se alan que como consta en el certificado de nacimiento queñ acompa an en su presentaci n, el actual nombre de su representado esñ ó Claudio Andr s P rez vila, c dula nacional de identidad Nºé é Á é 17.938.540-6, nacido el 1 de diciembre del a o 1991, en lañ circunscripci n de Antofagasta, n mero de inscripci n 3.551 Registro Só ú ó del a o1991.ñ Refieren desde que ten a 12 a os, el peticionario fue conocidoí ñ dentro de entorno social m s cercano y dentro de todos los aspectos deá su vida como Andrews Anggell Rike Hebe, el que si bien es un nombre poco usual, es con el cual se identifica y el que se adecua m sá a su personalidad. Código: XFGTXBBZWMQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Indican que su representado nunca fue feliz llevando el mismo nombre que su padre “Claudio Andr s”, ni su apellido, dado queé nunca tuvieron una buena relaci n ni fue una persona que estuvoó presente durante su desarrollo, a n tras su muerte, sostienen que elú solicitante se sent a fuertemente afectado cuando algunas personas loí llamaran “Claudio Chico”. Por lo que declaran que el solicitante ha sido conocido socialmente hace m s de 5 a os con el nombre Andrews Anggell Rikeá ñ Hebe, siendo ese el nombre que desea llevar por el resto de su vida, solicitando auxilio de la justicia para ello. Por lo que previas citas legales,

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que el solicitante acompa los siguientes documentos,ñó incorporados a la carpeta electr nica:ó 1.- Certificado de nacimiento de Claudio Andr s P rez vila,é é Á emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificaci n con fecha 18ó de mayo de 2021. 2.- Certificado de antecedentes de Claudio Andr s P rez vilaé é Á emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificaci n con fecha 11ó de mayo de 2021. Segundo: Que del m rito de la informaci n sumaria de losé ó testigos resulta acreditado, a juicio de esta sentenciadora que al solicitante de autos le provoca incomodidad y malestar usar sus dos nombres y apellidos “Claudio Andr s P rez D vila”, motivo por elé é á cual ha usado durante m s de 5 a os los nombres y apellidosá ñ “ANDREWS ANGGELL RIKE HEBE”. En tal sentido, previamente juramentada, la testigo Luc aí Genoveva Gallardo Segura, declar que conoce al solicitante hace m só á de cinco a os y que “nunca se ha sentido identificado con el nombreñ que sus padres le han otorgado a su nacimiento (…)”, y agrega que “(…) lo he aconsejado que se atreviera a dar un gran paso en su vida, que ser a una gran decisi n que tomar, ya que nunca se haí ó sentido identificado con el nombre de Claudio siempre se presenta como Andrews”. Por otra parte, Victoria Francisca Nathaly Opazo Blanco se alañ que “conozco a Andrews Anggell Rike Hebe, desde hace siete a os, yñ desde que lo conozco nunca se ha presentado como Claudio, ya que se acompleja mucho con su nombre. S que nunca tuvo una buenaé relaci n con su fallecido padre quien llevaba el mismo nombre queó l”. Luego mencion que “Hemos sido amigos durante siete a os y alé ó ñ Código: XFGTXBBZWMQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 pasar de los a os siempre ha utilizado el nombre Andrews, tanto en elñ entorno laboral y de amistad”. Por ltimo, Juan Manuel Opazo Mery declar que “Conozco aú ó Andrews Anggell Rike Hebe, hace siete a os. l es amigo de mi hijañ É Victoria y cuando lo conoc fue por el nombre Andrews. Es un jovení muy educado y siempre al pendiente de los dem s”. á Tercero: Que efectuada la publicaci n en el Diario Oficial, de laó solicitud de autos, no se formul oposici n alguna a la solicitud deó ó cambio de nombre, seg n da cuenta la certificaci n de fecha 25 deú ó agosto de 2022. Cuarto: Que el Servicio de Registro Civil e Identificaci n en suó informe N°4288 de 7 de septiembre de 2022, consign que eló nacimiento N°3551, Registro S, del a o 1991, de la circunscripci n deñ ó Antofagasta, corresponde a Claudio Andr s P rez vila, nacido el 1 deé é Á diciembre de 1991; figurando en el rubro del padre Claudio Andr sé P rez Past n, y en el correspondiente a la madre Mar a Eugenia vilaé é í Á Galleguillos; y que la inscripci n de nacimiento no contieneó subinscripciones ni rectificaciones. Tambi n se informa que el peticionario de autos est registradoé á en el Servicio de Registro Civil e Identificaci n com

Fallo

Por estas consideraciones y visto, adem s, lo dispuesto en losá art culos 1, 2 y 4 de la Ley Nº 17.344; 817 y siguientes del C digoí ó de Procedimiento Civil, se declara: Que ha lugar a lo solicitado en lo principal de la presentaci nó de fecha 20 de mayo de 2021 y en consecuencia, se autoriza el cambio de nombre solicitado por Claudio Andr s P rez vila, c dula deé é Á é Código: XFGTXBBZWMQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 identidad N°17.938.540-6, en el sentido de cambiar sus dos nombres y dos apellidos por el de Andrews Anggell Rike Hebe, debiendo el se orñ Oficial del Registro Civil rectificar la partida de nacimiento N°3.551, Registro S del a o 1991, de la Circunscripci n de Antofagasta, en lañ ó forma ya indicada, quedando el solicitante, en definitiva, con el nombre de ANDREWS ANGGELL RIKE HEBE. Reg strese, dese copia y arch vese la causa en su oportunidad. í í DICTADA POR DO A CECILIA ROJAS NOGEROL, JUEZÑ TITULAR Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en La Serena, cinco de Octubre de dos mil veintid só Código: XFGTXBBZWMQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-10-05T14:19:00-0300

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Foja: 1 FOJA: 20 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado de Letras de la Serenaº CAUSA ROL : V-183-2021 CARATULADO : P REZ/É La Serena, cinco de Octubre de dos mil veintid só VISTOS: En lo principal de la presentaci n de fecha 20 de mayo deó 2021, comparecen Bernardita Moran Risso y Eunice Epifani Villalobos, abogadas, ambas domiciliadas en calle Aldunate Nº1160, tercer piso de l

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