FISCO DE CHILE (CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO)/BUGUEÑO LANAS LUIS MARCELO
Rol
C-2448-2019
Fecha
5 de octubre de 2022
Materia
HACIENDA,PROCED.CUANTÍA SUPERIOR ART.. 749 C.P.C
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Que con fecha 03 de julio de 2019, comparece don Carlos Alberto Vega Araya, abogado procurador fiscal de La Serena, por el Fisco de Chile. Corporaci nó de Derecho P blico, ambos domiciliados en calle Eduardo de La Barra N° 336,ú Oficina N° 301, La Serena, interponiendo demanda de restituci n de inmuebleó fiscal en contra de don Luis Marcelo Bugue o Lanas, se ignora su profesi n uñ ó oficio, domiciliado la localidad de Tahuinco, Casa 1, Poblaci n Nuevaó , Salamanca, en base a los siguientes antecedentes. Refiere que el Fisco de Chile es due o de un inmueble expropiado en elñ a o 2007, para la ejecuci n de la obra “Mejoramiento Ruta D-825, Limahuida-ñ ó Almendrillo, sector Tahuinco-Salamanca, km. 12,14000 a km. 23,49783, II Etapa”. Dicho bien corresponde al Lote N° 33-B, kms. 13,32867 al 13,36717, el que se encuentra ubicado en la Provincia de Choapa. La expropiaci n se realiz medianteó ó Decreto Supremo N° 290 del 30 de abril de 2007, del Ministerio de Obras P blicas, publicado en el Diario Oficial del 15 de junio de ese a o, con unaú ñ superficie de 306,06 metros cuadrados. Agrega que adquiri el dominio del mismo en virtud de lo dispuesto en eló art culo 20 del Decreto Ley N° 2186, que expresa que consignada a la orden delí tribunal el total de la indemnizaci n provisional, en caso de no haber acuerdo, “Eló dominio del bien expropiado se quedar radicado, de pleno derecho, a t tuloá í originario en el patrimonio del expropiante y nadie tendr acci n o derechoá ó respecto del dominio, posesi n o tenencia del bien expropiado por causa existenteó con anterioridad”. En este caso, la consignaci n de la indemnizaci n provisional seó ó realiz el d a 26 de junio de 2007 en la cuenta corriente de este tribunal,ó í originando la Causa Rol V-403-2007. La individualizaci n del Lote 33B aparece en los planos y cuadro deó expropiaci n elaborados por la Direcci n de Vialidad; documento oficial anexo aló ó Código: XMCXXBXFSMQ Este documento tiene firma electrónica y su or
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el actor, en orden a acreditar su pretensi n, alleg laó ó siguiente prueba documental: En el primer otros de la demanda de fecha í 03 de julio de 2019: 1.- Copia autorizada de inscripci n de dominio a favor del Fisco.ó 2.- Copia de Decreto Supremo N° 290 del 30 de abril de 2008, del Ministerio de Obras P blicas.ú 3.- Copia del plano de expropiaciones correspondiente a la obra “Mejoramiento Ruta D-825, Limahuida-Almendrillo, sector Tahuinco-Salamanca”. 4.- Copia del plano de expropiaciones correspondiente a la obra “Mejoramiento Ruta D-825, Limahuida-Almendrillo, sector Tahuinco-Salamanca”. 5.- Copia de plano elaborado por la Direcci n de Vialidad donde se indicanó los deslindes del Lote N° 33B. En la presentaci n de fecha 27 de diciembre de 2021:ó -Copia del plano del Proyecto de “Mejoramiento Ruta D-825, Limahuida- Almendrillo, sector Tahuinco”, elaborado por la Direcci n Regional de Vialidad.ó SEGUNDO: Que asimismo, con fecha 27 de diciembre de 2021, la parte demandante rindi prueba testimonial, compareciendo don Luis Felipe Escuderoó Camus, quien se al ser efectivo que el demandado ocupa la propiedad expropiada,ñ ó por cuanto en su labor como fiscal regional del Ministerio de Obras P blicasú constat que en el sector hay unas construcciones con galp n, con un cerramientoó ó del Sr. Bugue o Lamas.ñ Enseguida detall constarle que hay una ocupaci n ilegal de la propiedadó ó fiscal a contar del segundo semestre del a o 2014.ñ TERCERO: Que por otro lado, a objeto de sustentar su defensa, la parte demandada acompa la siguiente prueba documental:ñó En el primer otros de la presentaci n de fecha 24 de mayo de 2021:í ó Código: XMCXXBXFSMQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2448-2019 Foja: 1 1.- Copia autorizada de la inscripci n de dominio rolante a fojas 932 N°ó 525 en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Illapel,í correspondiente al a o 2014. ñ 2.- Copia autorizada del plano N° 04204-6471 SR, emitido por el Ministerio de Bienes Nacionales. CUARTO: Que el art culo 915 del C digo Civil dispone que “Las reglasí ó de este t tulo De la Reivindicaci n- se aplicar n contra el que poseyendo aí – ó á nombre ajeno retenga indebidamente una cosa ra z o mueble, aunque lo haga siní nimo de se or”. En efecto, la jurisprudencia parece inclinarse a considerar estaá ñ acci n como una reivindicatoria contra el mero tenedor, aplic ndola con amplitud aó á diversas categor as de tenedores y respecto de cualquier t tulo en que se funde suí í tenencia. En semejante situaci n, la Corte Suprema sostenido que “dentro deló sistema instituido por el C digo Civil sobre el dominio y posesi n inscrita de losó ó bienes ra ces, no cabe duda de que el due o y poseedor inscrito de un inmuebleí ñ tiene la aptitud jur dica para ejercitar la acci n reivindicatoria en contra de quiení ó detenta su posesi n material, como tambi n lo reconoce el art culo 915 de esaó é
Fallo
Por tanto, previas citas legales, solicita tener por interpuesta demanda de restituci n de bien fiscal e indemnizaci n en juicio de hacienda, en contra de donó ó Luis Marcelo Bugue o Lanas ya individualizado- y declarar:ñ – 1.- Que el demandado tiene la calidad de ocupante ilegal del inmueble fiscal ya singularizado, por lo que est obligado a restituirlo.á 2.- Ordenar la restituci n material del inmueble indicado en el cuerpo deó la demanda, libre de ocupantes, dentro de tercer d a de ejecutoriada la sentencia,í bajo apercibimiento de proceder al lanzamiento con auxilio de la fuerza p blica.ú 3.- Que se condene al demandado a indemnizar al Fisco de Chile los perjuicios por el tiempo de ocupaci n ilegal, reserv ndose el derecho para litigar, aó á su elecci n, acerca de la especie y el monto de los mencionados perjuicios en laó etapa de cumplimiento del fallo o en otro juicio diverso, de acuerdo a lo dispuesto en el art culo 173 del C digo de Procedimiento Civil.í ó 4.- Que se condena al demandado al pago de las costas del juicio. Que con fecha 24 de julio de 2019, se acogi a tramitaci n la demanda enó ó juicio ordinario de mayor cuant a.í Código: XMCXXBXFSMQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2448-2019 Foja: 1 Que con fecha 04 de mayo de 2021 se notific personalmente la demandaó a la contraria. Que con fecha 24 de mayo de 2021, el demandado contest el libeloó solicitando su rechazo con costas, por no ser su
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C-2448-2019 Foja: 1 FOJA: 45 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de la Serenaº CAUSA ROL : C-2448-2019 CARATULADO : FISCO DE CHILE (CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO)/BUGUE O LANAS LUIS MARCELOÑ La Serena, cinco de Octubre de dos mil veintid só Vistos: Que con fecha 03 de julio de 2019, comparece don Carlos Alberto Vega Araya, abogado procurador fiscal de La Serena, por
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