ITAU CORPBANCA S.A./BARRERA
Rol
C-9068-2021
Fecha
4 de octubre de 2022
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Con fecha 15 de noviembre de 2021, don Luis Felipe Abogabir Said, c dula nacional de identidad N 6.362.280-K, y don é º Miguel Oyarzun Villalon, c dulaé nacional de identidad N 16.434.025-2, ambos abogados, domiciliados para estos efectosº en Santa Luc a 330 piso 1, comuna y ciudad de Santiago, Regi n Metropolitana, ení ó representaci n convencional, en su calidad de mandatarios judiciales, de ó ITAÚ CORPBANCA, sociedad an nima bancaria, RUT N 97.023.000-9, cuyo Gerenteó º General y Representante Legal es don Gabriel Amado de Moura, brasile o, casado,ñ c dula de identidad de extranjero N 25.345.916-6, ambos con domicilio en Presidenteé ° Riesco N 5.537, piso 20, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Regi nº ó Metropolitana, interponiendo demanda en juicio ejecutivo en contra de don PABLO ENRIQUE BARRERA D AZÍ , chileno, ignoro estado civil, ignoran profesi n u oficio,ó c dula de identidad N 13.550.617-6, en su calidad de deudor principal con domicilio ené º Manquehue Norte 1.789, depto. 202, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, Regi nó Metropolitana. Fundan su demanda en los siguientes pagar s, suscritos en representaci n delé ó ejecutado a la orden del ejecutante, los que no fueron pagados a la fecha de su vencimiento: 1.- Pagar é N 5598001100030431º , suscrito a la vista y a la orden de Itaú Corpbanca, por el banco en representaci n del deudor, por la suma de ó $18.870.161.- cantidad que se oblig a pagar el d a 3 de noviembre de 2021.ó í 2.- Pagar é N 477694º , suscrito a la vista y a la orden de Ita Corpbanca, por elú banco en representaci n del deudor, por la suma de ó $23.219.580.- cantidad que se oblig a pagar el d a 3 de noviembre de 2021.ó í Refiere el ejecutante que a la llegada de la fecha de vencimiento de los pagar s,é esto es, el d a 3 de noviembre de 2021, el demandado no efectu el pago, ni lo haí ó efectuado a la fecha, raz n por la cual se encuentra en mora en el cumplimiento de laó obligaci n contenida en los pagar s, y adeuda por su
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que banco ITA CORPBANCAÚ , representada legalmente por don Gabriel Amado de Moura, interpone demanda ejecutiva en contra de don PABLO ENRIQUE BARRERA D AZÍ , todos ya individualizados, que sustenta en dos pagar sé suscritos por el ejecutado a la orden del ejecutante, por las sumas de $18.870.161.- y $23.219.580.- respectivamente, solicitando se despache mandamiento de ejecuci n yó Código: XDKXXBRXTDQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-9068-2021 embargo por las sumas indicadas e intereses, sigui ndose adelante con la ejecuci n hastaé ó hacerse entero y cumplido pago de lo adeudado, con costas. SEGUNDO: Que, notificado y requerido legalmente de pago, el ejecutado opuso las excepciones contenidas en los n meros 6, 14 y 17 del art culo 464 del C digo deú í ó Procedimiento Civil. TERCERO: Que, como primera excepci n, el demandado opone la del n meroó ú 6 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, esto es; í ó la falsedad de t tulo“ í ”, sustentada en que el t tulo que se invoca como fundamento de la ejecuci n resultar a serí ó í ideol gica y materialmente falso,
Fallo
se declararon admisibles las excepciones opuestas y se reciben a prueba. Con fecha 04 de agosto de 2022, se cit a las partes a o r sentencia.ó í CONSIDERANDO: PRIMERO: Que banco ITA CORPBANCAÚ , representada legalmente por don Gabriel Amado de Moura, interpone demanda ejecutiva en contra de don PABLO ENRIQUE BARRERA D AZÍ , todos ya individualizados, que sustenta en dos pagar sé suscritos por el ejecutado a la orden del ejecutante, por las sumas de $18.870.161.- y $23.219.580.- respectivamente, solicitando se despache mandamiento de ejecuci n yó Código: XDKXXBRXTDQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-9068-2021 embargo por las sumas indicadas e intereses, sigui ndose adelante con la ejecuci n hastaé ó hacerse entero y cumplido pago de lo adeudado, con costas. SEGUNDO: Que, notificado y requerido legalmente de pago, el ejecutado opuso las excepciones contenidas en los n meros 6, 14 y 17 del art culo 464 del C digo deú í ó Procedimiento Civil. TERCERO: Que, como primera excepci n, el demandado opone la del n meroó ú 6 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, esto es; í ó la falsedad de t tulo“ í ”, sustentada en que el t tulo que se invoca como fundamento de la ejecuci n resultar a serí ó í ideol gica y materialmente falso, por tanto, nula todas y cada una de las obligacionesó que dicho documento pretende representar. Aduce que los pagar s habr an sido firmadosé í en virtud de sendos mandatos exten
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C-9068-2021 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-9068-2021 CARATULADO : ITAU CORPBANCA S.A./BARRERA Santiago, cuatro de Octubre de dos mil veintid s.ó VISTO: Con fecha 15 de noviembre de 2021, don Luis Felipe Abogabir Said, c dula nacional de identidad N 6.362.280-K, y don é º Miguel Oyarzun Villalon, c dulaé nacional de identidad N 16.434.025-2, amb
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