Juzgado de Letras del Trabajo de Curicó

CISTERNAS/WISE RENTAL SPA

Rol

O-29-2023

Fecha

27 de mayo de 2023

Materia

Despido indirecto

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos no controvertidos los siguientes: (1) entre las partes existió una relación laboral que se inició con fecha 1 de agosto de 2021; (2) las labores ejercidas por el actor correspondieron a las de ayudante y transporte; (3) la remuneración del demandante ascendió a $437.500; (4) el contrato de trabajo era de duración indefinida. Luego se fijaron los hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos que se indican a continuación: (1) fecha y circunstancias del término de la relación laboral habida entre las partes; (2) en su caso, efectividad de haber cumplido el actor con las formalidades de su despido indirecto; (3) en su caso, efectividad de los hechos mencionados en la carta de despido indirecto del trabajador y que éstos configuran la causal invocada; (4) en su caso, efectividad de adeudarse las prestaciones reclamadas; en la afirmativa, monto de las mismas. 4°) Prueba del demandante. El actor a fin de acreditar sus pretensiones rindió la siguiente prueba. 1.- Documental: 1.1. Copia de 2 impresiones de pantalla extraídas desde la aplicación WhatsApp del teléfono celular del demandante. 1.2. Copia de 2 impresiones de pantalla extraídas desde la aplicación WhatsApp del teléfono celular del demandante, respecto a conversaciones de los meses de abril, junio y julio 2022. 1.3. Comprobante de licencia médica electrónica emitida al trabajador por el medico don José Esteban Guerrero Dávila de fecha 7 de febrero de 2022. 1.4. Copia de pantalla extraída del teléfono celular del trabajador en la cual consta registro de llamadas del trabajador. 1.5. Foto de uniforme invierno de empresa WiseRental, entregado por la empresa al trabajador. 1.7. Foto de uniforme verano de empresa WiseRental, entregado por la empresa al trabajador. 1.8. Copia de contrato de trabajo celebrado entre la empresa demandada y el trabajador con fecha 1 de agosto de 2021. 1.9. Copia de certificado de remuneraciones imponibles del trabajador emitido por AFP Modelo, de fecha 16 de enero de 2023.

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1°) Demanda. Con fecha 25 de enero de 2023, comparece don NELSON ESTEBAN CISTERNAS ESCOBAR, cédula de identidad N° 17.882.783-9, independiente, domiciliado en Valles de Romeral, Calle 3 N° 753, Romeral; e interpone acciones de despido indirecto, nulidad del despido y cobro de prestaciones, en contra de su ex empleador WISE RENTAL SPA, RUT 76.744.609-8, empresa del giro de su denominación, representada por don Jorge Andrés Herrera Moraga, cédula de identidad N° 13.350.780-9, empresario, ambos domiciliados en Lote 10, LT. 01, Hijuela Del Cerro IV, Quilvo Bajo, Romeral; de acuerdo a los fundamentos que se resumen a continuación. Refiere que comenzó a prestar servicios para la demandada el 1 de agosto de 2021, en labores de “ayudante y transporte”, junto con todas aquellas funciones inherentes al cargo, tanto en el domicilio laboral como personal de la empresa y su representante, y varios otros lugares de Chile a los que se debía trasladar para realizar los trabajos encomendados, principalmente, la realización de pozos profundos. La jornada ordinaria de trabajo se distribuía en 5 días a la semana, parcializados en 9 horas diarias. Sin embargo, en la realidad trabajaba incluso 14 horas diarias, las que hasta la fecha no han sido pagadas. Asimismo, menciona que su sueldo base era de $326.500, más una gratificación mensual de $81.625, de manera que su última remuneración para efectos del artículo 172 del Código del Trabajo correspondió a $437.500. Expresa que el 18 de enero de 2023 decidió poner término a su contrato de trabajo, enviando a la demandada la comunicación de rigor, con copia a la Inspección del Trabajo, atendido que la empleadora durante los meses de marzo 2022 a enero 2023, no pagó oportunamente sus remuneraciones, horas extras, ni cotizaciones previsionales en AFP Modelo S.A., FONASA y AFC Chile, desde marzo de 2022 y hasta el presente. Explica que esta situación comenzó en marzo de 2022, cuando su jefe por motivos de pandemia y falta de liquidez comenzó a retrasar el pago de sus remuneraciones y cotizaciones. Le decía que no se preocupara y que siguiera trabajando tranquilo ya que le pagaría todo. De esta manera, estuvo siempre a disposición de la empresa, realizando además diversas labores. En todo el tiempo conversón con su ex empleador recibiendo solo promesas de regularizar sus remuneraciones, lo que nunca ocurrió; por lo que debió buscar paralelamente trabajos a tiempo parcial. Prosigue indicando que solicitó los certificados de cotizaciones, enterándose de los retrasos en éstas por lo que tomó la decisión de poner término a su contrato, imputando a la empresa la causal del artículo 160 N° 7 del Código del Trabajo. Sostiene que se le adeudan las remuneraciones por $4.812.500; la compensación del feriado legal por $218.750 equivalentes a 15 días; la indemnización por años de servicios por $437.500; el recargo de esta última en un 50% por $218.750; la indemnización sustitutiva del aviso previo por $437.500; horas extra

Fallo

Por estas razones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 63, 73, 162, 171, 443, 445, 453, 454, 456, 458, 459, 461 y 462 del Código del Trabajo; y en el artículo 1698 del Código Civil; SE RESUELVE que: I.- Se hace lugar a la petición de la parte demandante de hacer efectivo el apercibimiento del artículo 453 N° 5 del Código del Trabajo por los documentos no exhibidos en la audiencia de juicio, en la forma indicada en la motivación octava de esta sentencia. II.- No se hace lugar a la acción de despido indirecto deducida en estos antecedentes por don Nelson Esteban Cisternas Escobar, cédula de identidad N° 17.882.783-9; en contra de Wise Rental SPA, RUT 76.744.609-8. III.- A la excepción de caducidad opuesta por la demandada Wise Rental SPA, RUT 76.744.609-8; estese a lo resuelto precedentemente. IV.- Se hace lugar a la excepción de prescripción opuesta por la demandada Wise Rental SPA, RUT 76.744.609-8, respecto de la acción de nulidad del despido ejercida por el actor don Nelson Esteban Cisternas Escobar, cédula de identidad N° 17.882.783-9; declarándose prescrita la antedicha acción. V.- No se hace lugar a la excepción de prescripción opuesta por la demandada Wise Rental SPA, RUT 76.744.609-8, respecto de la acción de cobro del feriado ejercido por el actor don Nelson Esteban Cisternas Escobar, cédula de identidad N° 17.882.783-9. VI.- Se hace lugar a la acción de cobro de prestaciones deducida en estos antecedentes por don Nelson Esteban Cisternas Escobar, cé

Texto Completo (Preview)

Curicó, veintisiete de mayo de dos mil veintitrés. VISTO, OÍDO Y CONSIDERANDO: 1°) Demanda. Con fecha 25 de enero de 2023, comparece don NELSON ESTEBAN CISTERNAS ESCOBAR, cédula de identidad N° 17.882.783-9, independiente, domiciliado en Valles de Romeral, Calle 3 N° 753, Romeral; e interpone acciones de despido indirecto, nulidad del despido y cobro de prestaciones, en contra de su ex empleador

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