CASTILLO/SERVICIOS ANATOMOPATOLÓGICOS ELORZA Y CASTILLO LIMITADA
Rol
C-1132-2022
Fecha
3 de octubre de 2022
Materia
ARBITRO Y DERIVADOS, DESIGNACION DE
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Con el m rito de autos, y habi ndose realizado la audiencia de estilo ené é rebeld a de la demandada, no produci ndose en consecuencia acuerdo entre lasí é partes; y de conformidad a lo dispuesto en los art culos í 1317 del C digo Civil,ó art culos 222 y 227 N° 2 del C digo Org nico de Tribunalesí ó á , y art culos 414,í 415, 416 y 636 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil, se declara: Enó virtud de la n mina de jueces rbitros otorgada por la Ilustr sima Corte deó á í Apelaciones de La Serena, a o 2022, que se designa a la abogada do a PAMELAñ ñ ASTORGA P EZ, con domicilio en Balmaceda N°391, of. 316 edificio Italia, LaÁ Serena, correo electr nico ó pameastorgap@gmail.com , para que en calidad de rbitro Arbitrador, proceda a determinar la obligaci n de rendir cuenta y laÁ ó disoluci n de la sociedad existente entre la demandante y la demandada.ó P ngase el nombramiento en conocimiento de las partes para queó dentro de tercero d a deduzcan oposici n si tienen alguna incapacidad legalí ó que reclamar en contra de la nombrada. Notif quese a la profesional nombrada para la aceptaci n del cargo ení ó forma legal. An tese, notif quese y arch vese en su oportunidad.ó í í Dictada por do a Ghislaine Landerretche Sotomayor, Juez de Letras Titular.ñ Código: XPDXXBHVRJP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:pameastorgap@gmail.com C-1132-2022 Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en La Serena, tres de Octubre de dos mil veintid só Código: XPDXXBHVRJP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-10-03T16:02:20-0300
Fallo
se declara: Enó virtud de la n mina de jueces rbitros otorgada por la Ilustr sima Corte deó á í Apelaciones de La Serena, a o 2022, que se designa a la abogada do a PAMELAñ ñ ASTORGA P EZ, con domicilio en Balmaceda N°391, of. 316 edificio Italia, LaÁ Serena, correo electr nico ó pameastorgap@gmail.com , para que en calidad de rbitro Arbitrador, proceda a determinar la obligaci n de rendir cuenta y laÁ ó disoluci n de la sociedad existente entre la demandante y la demandada.ó P ngase el nombramiento en conocimiento de las partes para queó dentro de tercero d a deduzcan oposici n si tienen alguna incapacidad legalí ó que reclamar en contra de la nombrada. Notif quese a la profesional nombrada para la aceptaci n del cargo ení ó forma legal. An tese, notif quese y arch vese en su oportunidad.ó í í Dictada por do a Ghislaine Landerretche Sotomayor, Juez de Letras Titular.ñ Código: XPDXXBHVRJP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:pameastorgap@gmail.com C-1132-2022 Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en La Serena, tres de Octubre de dos mil veintid só Código: XPDXXBHVRJP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2022-10-03T16:02:20-0300
Texto Completo (Preview)
C-1132-2022 Foja: 1 FOJA: 15 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de la Serenaº CAUSA ROL : C-1132-2022 CARATULADO : CASTILLO/SERVICIOS ANATOMOPATOL GICOS ELORZA Y CASTILLO LIMITADAÓ La Serena, tres de Octubre de dos mil veintid só Vistos: Con el m rito de autos, y habi ndose realizado la audiencia de estilo ené é rebeld a de la demandada, no produci ndose en consecu
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