VARGAS/CAT ADMINISTRADORA DE TARJETAS S.A.
Rol
C-1361-2022
Fecha
3 de octubre de 2022
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 22 de febrero de 2022, comparece do a ñ Mirta Elena Vargas Meza, trabajadora dependiente, con domicilio para estos efectos en calle Hu rfanosé N 1373, oficina 1311, comuna de Santiago, quien interpone demanda en juicio° ordinario de prescripci n extintiva, en contra de ó CAT Administradora de Tarjetas S.A. (Cat Tarjeta Visa), persona jur dica del giro de su denominaci n, representadaí ó por don Luis Alberto Aubele Ram rez, ignora profesi n u oficio, ambos con domicilioí ó en Av. Vitacura N 2736, oficinas 1301 y 1302, comuna de Las Condes, a fin de que° se declare prescrita la acci n respecto del cr dito que indica.ó é Con fecha 25 de abril de 2022 se procedi a notificar la demanda a laó demandada, por medio de su representante legal, Por resoluci n de 15 de junio de 2022, se tuvo por notificada la demanda enó rebeld a de la demandada. í Con fecha 26 de julio de 2022, se efectu el llamado a conciliaci n, con la solaó ó asistencia de la parte demandante. Por resoluci n de 27 de julio de 2022, se procedi a recibir la causa a prueba. ó ó Con fecha 15 de septiembre de 2022, comparece la demandada, allan ndoseá en forma extempor nea a las pretensiones de la actora,
Fundamentos
motivos por los cuales y porá razones de econom a procesal, se cit a las partes a o r sentencia el 30 de dicho mes yí ó í a o. ñ CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, do a ñ Mirta Elena Vargas Meza interpone demanda en juicio ordinario de prescripci n extintiva, en contra de ó CAT Administradora de Tarjetas S.A. (Cat Tarjeta Visa), representada por don Luis Alberto Aubele Ram rez, en consideraci n a los fundamentos que a continuaci n se exponen.í ó ó Indica que luego de obtener un informe de deuda del Bolet n de Informesí Comerciales, tom conocimiento de una obligaci n exigible desde el 22 de julio deó ó 2019, pagar N 6555, por un total de $306.327. é ° Hace presente que la acci n ejecutiva para perseguir el cobro de dichaó obligaci n, se encuentra prescrita en conformidad al art culo 98 de la Ley N 18.092ó í ° en relaci n a los art culos 2492 y siguientes del C digo Civil. ó í ó Previas citas legales, solicita tener por interpuesta demanda en juicio ordinario de prescripci n extintiva, en contra deó CAT Administradora de Tarjetas S.A. (Cat RIT« » Foja: 1 Tarjeta Visa), representada por don Luis Alberto Aubele Ram rez, ambos yaí individualizados, admitirla a tramitaci n y, en definitiva, declarar la prescripci n de laó ó acci n para el cobro del pagar antes referido, con costas; ó é SEGUNDO: Que, si bien la demanda se tuvo por contestada en rebeld a deí la demandada, aquella concurri con posterioridad al procedimiento, el 15 deó septiembre de 2022, allan ndose a la pretensi n de la contraria, manifestando que laá ó publicaci n dice relaci n con el pagar N 3382906, por $325.199, suscrito el 20 deó ó é ° enero de 2022, cuya acci n ejecutiva para perseguir su cobro, se encuentra prescrita;ó TERCERO: Que la prescripci n es un modo de adquirir las cosas ajenas, oó de extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse pose do las cosas o noí haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los dem s requisitos legales, y se encuentra tratada en el C digo Civil,á ó en los art culos 2492 y siguientes;í CUARTO: Que la prescripci n se inserta en un sistema jur dico proteccionaló í que tiene como objetivo principal el otorgar certeza y seguridad a las relaciones jur dicas que ligan a los sujetos de derecho y la debida tutela o protecci n de losí ó mismos, instando en definitiva a que los part cipes de dichas relaciones no se hallení vinculadas en forma indefinida, provocando con ello incertidumbre y falta de consolidaci n de las diversas situaciones jur dicas. ó í Si bien el ordenamiento, por una parte otorga la protecci n al acreedor,ó facultando al sujeto activo para exigir de aquel que le garantice el ejercicio pac fico yí en definitiva la eficacia de su derecho; protege a su vez al sujeto pasivo de la relaci nó estableciendo con normas de orden p blico el real alcance y permanencia del deberú que de esta relaci n emana.ó La prescripci n extintiva o liberatoria, permite la estabilidad de los derechosó dando seguridad ju
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los art culos 1698, 2514, 2515í y 2516 del C digo Civil; 160, 170, 254 y 342 N 3 del C digo de Procedimientoó ° ó Civil; 98 y 107 de la Ley N 18.092, se declara que: ° I.- Que se acoge la demanda de 22 de febrero de 2022, declar ndoseá prescritas las acciones para el cobro del documento 6555 , por $306.327, en favor de“ ” Cat Tarjeta Visa, Retail, debiendo procederse en su oportunidad a su eliminaci n deó los registros comerciales; II.- Que cada parte pagar sus costasá . Reg strese, notif quese y arch vense los autos en su oportunidad. í í í Notif quese por í correo electr nicoó a las partes. ROL N C-1361-2022.° Pronunciada por do a ñ Soledad Araneda Undurraga, Juez Titular. Autoriza do a ñ Ximena del Pilar Andrade Hormaz balá , Secretaria Subrogante. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. En Santiago, tres de Octubre de dos mil veintid s.-ó 2022-10-03T13:21:53-0300
Texto Completo (Preview)
RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-1361-2022 CARATULADO : VARGAS/CAT ADMINISTRADORA DE TARJETAS S.A. Santiago, tres de octubre de dos mil veintid s.ó VISTOS: Con fecha 22 de febrero de 2022, comparece do a ñ Mirta Elena Vargas Meza, trabajadora dependiente, con domicilio para estos efectos en calle Hu rfanosé N 1373, oficina 1311, c
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